Comunicados
SECTOR | 84 14/10/2025
|
MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR Como continuación a la carta remitida al Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, desde el SFF-CGT hemos remitido hoy una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social transmitiendo nuestra preocupación por el empeoramiento de las condiciones laborales del sector.
EN EL CONJUNTO DEL SECTOR FERROVIARIO
El proceso de liberalización y la creciente externalización está generando un aumento de las incidencias y un deterioro de la calidad del servicio. Como consecuencia las jornadas, lejos de adaptarse a los nuevos tiempos y reducirse, se alargan hasta las 10, 12, 16 o incluso 24 horas.
El aumento de los actos vandálicos y de las agresiones al personal ferroviario es también un reflejo de la falta de protección de quienes trabajan y viajan en el sistema. A ello se suma la ausencia de protocolos homogéneos y de dotaciones mínimas de personal a bordo de los trenes.
Igualmente, recordamos los compromisos anteriores de estudiar cambios legales que doten a determinado personal ferroviario de la consideración de agentes de la autoridad.
EN LAS EMPRESAS PRIVADAS
La negociación colectiva atraviesa un momento de dificultad. La presión por reducir costes se traduce en la parálisis de la negociación de los convenios colectivos. En algunos casos, hay personas que rozan el salario mínimo interprofesional, mientras las condiciones laborales se vuelven cada vez más flexibles y precarias, deteriorando la estabilidad de las plantillas y fomentando desigualdades entre las personas trabajadoras que desempeñan funciones similares bajo distintos empleadores.
EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS,
La falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha bloqueado durante meses la negociación y la aplicación de mejoras en los convenios colectivos. Esto ha provocado una pérdida acumulada de poder adquisitivo y la paralización de numerosos aspectos sujetos a la autorización del Ministerio de Hacienda. Esta ralentización injustificada en la adaptación de las condiciones laborales a las nuevas realidades del sector está generando frustración en las plantillas y retrasando avances imprescindibles en materias como jornada, salud laboral o conciliación.
QUÉ PROPONEMOS: MEDIDAS CONCRETAS
• Una homogeneización de las condiciones y normativas del conjunto de empresas operadoras, mediante una regulación que garantice mínimos comunes de derechos laborales y salariales, e impida el uso de la precariedad como herramienta de competencia empresarial a través de un convenio de sector.
• Una revisión del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, cuya obsolescencia permite alargar jornadas laborales y no contabilizar el trabajo de presencia como tiempo efectivo, con consecuencias directas sobre la salud física y mental, el descanso y la conciliación.
• La ampliación de los Planes de Empleo de las empresas públicas más allá de 2026, permitiendo la paulatina internalización de cargas de trabajo.
• La creación de un protocolo común de seguridad que abarque a todos los actores del sector, garantizando una respuesta coordinada y segura ante emergencias, así como una dotación mínima de personal a bordo de los trenes.
• Una revisión de las categorías penosas que incorpore factores de riesgo determinantes como los turnos rotativos, los trabajos a la intemperie en entornos de riesgo constante, las vibraciones, la exposición al polvo de sílice o la carga mental derivada del servicio.
SFF-CGT: POR UN FERROCARRIL PÚBLICO Y SOCIAL
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 13/10/2025 | 83 ¿Nuevo? Plan de Formación | RENFE 01/10/2025 | 81 RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE LICENCIAS RETRIBUIDAS OK. RESTO DEL RD 5/2023 NO OK | 128 2023-10-31 |
| COMUNICADO
 | Leido: 31 veces | En la línea habitual de convocatorias al Comité General de Empresa con asuntos sin definir, fuimos notificados la semana pasada para reunirnos ayer día 30 de octubre con el siguiente ambiguo orden del día: “Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio”.
Con nuestra bola de cristal (y ayudados por el Conflicto Colectivo interpuesto por CGT en relación con este asunto y con conciliación el pasado 25 de octubre) intuimos que Renfe quería incorporar a su normativa las numerosas modificaciones del Estatuto de l@s Trabajador@s propiciadas por el RD 5/2023.
Esto era cierto solo en parte: Es cierto que se ha modificado la Cláusula 8ª del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe mejorando el número de días de licencia retribuida en los supuestos de accidente o enfermedad grave e intervención quirúrgica con y sin hospitalización: Pasan a ser cinco días en varios supuestos.
Pero el regocijo termina aquí. En el acuerdo alcanzado ayer por SEMAF, CCOO y UGT se ha añadido a la cláusula 13ª del III Convenio Colectivo del Grupo Renfe un procedimiento para regular el artículo 34 apartado 8 del Estatuto de l@s Trabajador@s (relativo a la adaptación de jornada para hacer efectivo el derecho a la conciliación familiar y laboral), modificado igualmente por el RD 5/2023.
Una de las razones por las que CGT no ha suscrito este acuerdo es que entendemos que las organizaciones sindicales tenemos que pelear y suscribir acuerdos que mejoren los textos legales (en este caso ET), no que los embrollen y permitan a Renfe birlar a l@s trabajador@s sus derechos. A este respecto, el acuerdo del artículo 34.8 ET:
• Supedita los cambios de centro de trabajo a la resolución de procesos de Movilidad Geográfica, lo que implicará dilatar los procesos durante meses en casi todos los casos
• Impide que se disfrute exclusivamente de lunes a viernes cuando se trate de casos de reducción acumulada en jornadas completas, dejando sin sentido una de las principales motivaciones de estas solicitudes (cuidado de hij@s)
• Impone una temporalidad a las medidas de conciliación adoptadas que no recoge la redacción del Estatuto
También se ha recogido el nuevo artículo 48 bis… y de nuevo empeorando lo que recoge el redactado del RD 5/2023: Las personas trabajadoras que quieran disfrutar de este permiso parental necesitarán preavisar con quince días en vez de los diez que recoge el texto base. ¿Negociación colectiva? Para reforzar a la empresa, según algunos sindicatos.
Otro artículo modificado ha sido el 37.6 del Estatuto que actualmente recoge un extenso redactado relativo a la reducción de jornada para cuidado de menores, sacando los colores a la regulación adicional al respecto que recoge nuestra Normativa Laboral y, sorpresa, no se ha aprovechado la ocasión para plantear la actualización.
Tampoco se ha incluido la menor referencia relativa al nuevo derecho (retribuido hasta cuatro días al año) a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes. Y no será por las ocasiones en las que desde CGT lo hemos reclamado.
Aunque siendo optimistas y viendo los acuerdos que han firmado igual es positivo que no hayan incluido más cuestiones del Real Decreto en el anexo: Para empeorar lo recogido en el Estatuto que no toquen nada.
A grandes rasgos podríamos resumir la jornada tal que así: Se reconocen una serie de licencias retribuidas que el Grupo Renfe estaba obligado a reconocer, la empresa gana un redactado relativo al 34.8 realmente interesante para sus intereses (de un artículo de por sí muy benévolo para las empresas, que recoge el “derecho a solicitar”, no explícitamente a disfrutar) y por el camino se quedan varios puntos nuevos del RD 5/2023.
La guinda del día fue volver a presenciar las peores artes de la negociación colectiva: Las conversaciones para alcanzar un acuerdo se han desarrollado, en vez de en un restaurante (al estilo de las del III CC), en los pasillos que rodean la sala de reuniones donde estábamos convocad@s.
Desde CGT entendemos que este tipo de reuniones van acompañadas de una serie de formalismos que hacen que su desarrollo sea de todo menos ágil y por ello siempre solicitamos que los órdenes del día previos a las reuniones sean exhaustivos y con el material adjunto necesario para que las diferentes organizaciones sindicales podamos presentar propuestas de calidad y así evitar la injusta “negociación express pasillera”.
CGT LUCHA POR TUS DERECHOS. ¡ÚNETE!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |