Comunicados
RENFE | 58 02/07/2025
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NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO
Hoy se ha celebrado la Mesa Técnica General cuyo orden del día ha sido tratar la Desconexión Digital a propuesta del Grupo Renfe en la reunión del pasado 11 de junio con el objetivo de crear un Protocolo de Desconexión Digital.
Desde el SFF-CGT la hemos analizado en detalle. En líneas generales consideramos que la misma significa un buen punto de partida ya que su base normativa es sólida y se reconoce como un derecho fundamental vinculado al descanso, la salud y la conciliación. No obstante, profundizando en su contenido, este es insuficiente, ya que adolece de falta de obligatoriedad en su cumplimiento y ambiguo, al considerar ciertas excepciones pero sin especificaciones concretas. Además, queda patente una ausencia de mecanismos de control y sanción que pone de manifiesto un trato desigual en su aplicación según colectivos, por lo tanto, no garantiza de forma real y efectiva el cumplimiento de este derecho fundamental.
Hemos presentado una propuesta alternativa que refuerza este derecho como irrenunciable, universal y protegido frente a represalias, tal y como establece la legislación vigente y la jurisprudencia más reciente. No aceptamos que se introduzcan excepciones genéricas como “colectivos imprescindibles” sin criterios objetivos, ya que esto abre la puerta a la arbitrariedad y a la vulneración del principio de igualdad.
Además, exigimos que las medidas no sean meras recomendaciones, sino obligaciones vinculantes para toda la estructura del Grupo Renfe. La desconexión digital no puede depender de la voluntad individual de cada persona trabajadora o de interpretaciones de la Jefatura, sino que debe ser garantizada por la propia organización del trabajo y respaldada por herramientas técnicas y organizativas eficaces.
Nuestra propuesta incluye:
- Activación automática de funciones de desconexión fuera del horario laboral.
- Prohibición expresa de comunicaciones durante descansos y vacaciones.
- Formación obligatoria para mandos intermedios y personal directivo.
- Creación de una comisión de seguimiento con capacidad inspectora y sancionadora.
- Revisión periódica del protocolo y publicación de informes públicos.
El derecho al descanso, a la salud y a la conciliación no puede estar condicionado por las necesidades operativas de la empresa. Desconectar es vivir, es cuidar nuestra salud mental y física, y es también una forma de dignidad laboral.
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo un Protocolo que no deje a nadie atrás, que no permita abusos y que garantice que, fuera del horario laboral, nuestro tiempo es solo nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? | SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL III CONVENIO COLECTIVO DE NUNCA ACABAR | 96 2023-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 19 veces | De nuevo, y de manera similar a lo que ya sucedió el pasado 24 de mayo cuando, interpelados por la Secretaría de Estado de Función Pública, se realizaron algunas modificaciones al texto del Preacuerdo de III Convenio Colectivo (modificaciones no baladíes para CGT), el III Convenio Colectivo del Grupo Renfe ha vuelto a ser puesto en entredicho.
En esta ocasión ha sido la Subdirección General de Relaciones Laborales, perteneciente a la Dirección General de Trabajo de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, la que ha solicitado de manera urgente una serie de alegaciones y modificaciones a la Comisión Negociadora del Convenio, con objeto de proceder a su registro y publicación.
En esta ocasión las demandas efectuadas han sido las siguientes:
1. Inclusión de las tablas salariales actualizadas y firmadas.
2. Modificar el redactado de la cláusula 13ª en lo relativo al disfrute simultáneo del permiso por cuidado del menor lactante para personas trabajadoras del Grupo Renfe y constreñir a Renfe la limitación de este derecho.
3. También relativo a la cláusula 13ª: Revisar la redacción relativa a la exclusión de los días en los que existe una suspensión de la relación laboral de la liquidación de la Prima Variable (CGT ya demandó este hecho en enero).
4. Contestación a la impugnación del sindicato SF por entender que ciertas cláusulas del convenio “vulneran el derecho de libertad sindical en su vertiente de negociación colectiva” a las organizaciones no firmantes del Convenio. Esta cuestión, en su día, también la planteó jurídicamente CGT.
Las prisas con las que aquel 8 de noviembre algun@s firmaron el Preacuerdo de III Convenio Colectivo siguen pasando factura. Más de ocho meses más tarde seguimos sin tener el convenio publicado y este es el segundo toque de atención que recibe este acuerdo.
Aunque creemos que las modificaciones requeridas por la Subdirección General de Relaciones Laborales son oportunas, CGT sigue sin avalar con su firma un Convenio Colectivo que ha sido negociado a espaldas de organizaciones representativas de la
plantilla, como es nuestro caso, y que además:
• No ha mejorado un ápice la subida salarial otorgada a la función pública a pesar de que la inflación se comía esa subida salarial con creces.
• No eliminó las categorías de ingreso y las escalas salariales. A nosotr@s no nos valían promesas de un futuro mejor: Nos negábamos a avalar un documento que parchease lo que nunca debería haber existido.
• No ha propiciado una conciliación laboral y familiar real a través de la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas.
Modificación del redactado del artículo 552
El segundo punto del orden del día de ayer, también en el ámbito de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo, fue la modificación del artículo 552 de nuestra normativa laboral.
En concreto, la referencia genérica a enfermedad mental presente en el Anexo 1 del XII de Renfe, que actualmente dice: “No padecer enfermedad mental”, por lo siguiente: “No presentar patologías que impidan el desempeño de las funciones propias del puesto de
trabajo”.
Es cierto que el redactado existente era anacrónico y que necesitaba una revisión / ser desarrollado, pero desde CGT entendemos que la nueva redacción es tan ambigua que puede generar más problemas a l@s trabajador@s que la vieja redacción.
Porque en la práctica, ¿cuántas personas quedaban efectivamente fuera de los procesos selectivos por esta razón? No much@s médic@s firmarían que tener estrés, padecer una depresión o tener crisis de ansiedad es “padecer enfermedad mental”. ¿Cuántas personas
empezarán a quedar ahora fuera porque un gabinete médico considere que su patología “impide el desempeño de las funciones” de su cargo? Igual es@ médic@ ahora sí firma que el estrés, depresión, ansiedad, etc. impiden realizar bien su trabajo.
Somos firmes en nuestras convicciones: Si tenemos la mínima duda de que la clase trabajadora puede salir perdiendo, no suscribimos los cambios.
¿Firmas a la carrera? No, gracias.
Firmes en nuestras convicciones.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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