Comunicados
ADIF | 12 17/02/2026
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¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? En el acuerdo firmado por “los de siempre” y el Ministerio de Transportes no se habla ni una sola palabra del personal de circulación, un colectivo que, tras los últimos acontecimientos sufridos en la red ferroviaria y el colapso vivido, ha visto cómo su nivel de estrés aumenta hasta límites difícilmente sostenibles.
ACTUALIZAR LAS EVALUACIONES DE RIESGOS PSICOFISICOS
Las condiciones de trabajo del personal de circulación, que ya estaban tensionadas, han empeorado notablemente tras los accidentes de Adamuz y Gélida, incrementando el riesgo de error humano. El incremento de limitaciones temporales de velocidad así como de los trabajos en vía abren la puerta a brechas de seguridad originadas por las continuas pérdidas de atención que se producen al comunicarse con encargados de los trabajos y maquinistas.
Ante esta situación, desde el SFF-CGT hemos remitido una carta a la Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales exigiendo la actualización de las evaluaciones de riesgos psicosociales y la adopción de medidas correctoras.
Tanto la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 16.2, como el RD 39/1997 de Servicios de Prevención, en su artículo 4.2, establecen la obligación de revisar las evaluaciones de riesgos cuando se producen cambios significativos en las condiciones de trabajo. Y esos cambios se han producido.
¿QUÉ PEDIMOS?
Que, en puestos con elevada carga mental, se establezcan pausas adecuadas.
Que se garantice el cumplimiento del gráfico de trabajo mediante una dotación suficiente de personal.
Garantizar la pericia de las personas trabajadoras ante cualquier situación sobrevenida mediante formación suficiente y actualizada.
Rotación adecuada del personal por todos los puestos de CTC.
Hablar de seguridad ferroviaria exige actuar también sobre las condiciones reales en las que trabajan quienes gestionan la circulación. No puede exigirse máxima responsabilidad sin garantizar las condiciones necesarias para ejercerla.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 SECTOR 12/02/2026 | 11 LA RESPUESTA DEL SECTOR HA SIDO CLARA | SECTOR 09/02/2026 | 10 SFF-CGT MANTIENE LA HUELGA EN EL SECTOR |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE COM 106. RENFE. AGENTE DE LA AUTORIDAD | 106 2022-09-02 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 21 veces | CONDICIÓN DE AGENTE DE LA AUTORIDAD DEL PERSONAL FERROVIARIO
Desde CGT, hemos escrito una carta a la Ministra de Transportes, tras sus declaraciones sobre la condición de Agente de la Autoridad para el personal ferroviario.
CGT, reclamamos que se devuelva esta condición a los Supervisores a bordo e Interventores en Ruta (actualmente llamados OCN1/OCEN1), para que puedan ejercer correctamente sus funciones en cuestiones de Seguridad. Asimismo, pedimos que se haga extensiva esta medida para el personal de Conducción, ya que lo consideramos necesario, como se ha podido comprobar en los recientes incidentes.
El personal de Intervención ya poseía este carácter de Agente de la Autoridad, reconocido en el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio. Posteriormente se perdió esta condición por la omisión en la redacción de la ley del Sector Ferroviario. Es un momento excelente para solucionar este grave olvido.
El personal de Intervención no solo realiza funciones comerciales, sino que tiene entre sus funciones la fiscalización de documentación y billetes, control de accesos, atención al cliente, seguridad en evacuaciones, formación de emergencia en túneles singulares, titulación de auxiliar de cabina, formación en el uso de desfibriladores a bordo, etc.
Estar en posesión de la consideración de Agente de la Autoridad también contribuiría a la disminución del número de agresiones que sufren Interventores y Maquinistas, como ya se ha hecho en colectivos sanitarios y educativos. Estas agresiones se dispararon con la pérdida de dicha condición, como atestiguan los datos que remite la Dirección de Seguridad y Salud del Grupo Renfe.
Paralelamente, hemos llamado su atención sobre otra necesidad, la de que todos los trenes de viajeros, lleven a bordo personal de Intervención. Los Interventores son imprescindibles para dar un servicio público de calidad, garantizar la seguridad de los viajeros y viajeras, que en muchas ocasiones se encuentran desamparados sin nadie a quien acudir si surge un problema a bordo.
CGT, LUCHANDO JUNTO A L@S TRABAJADORES/AS.
Comunicado Anexo 1

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