Comunicados
RENFE | 142 01/12/2023
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PATINETES FUERA. ¿PROBLEMAS DENTRO? Esta semana hemos sido conocedores de que a partir del 12 de diciembre se prohibirá acceder con patinetes eléctricos a todos los trenes de Renfe Viajeros (Cercanías, Regionales, Larga Distancia y Alta Velocidad). Las baterías que portan este tipo de dispositivos han ocasionado recientemente varios casos de explosiones e incendios en el transporte público. Esta determinación se toma en la línea de las efectuadas por otras regiones como Sevilla, Cataluña, Madrid y otras tantas a nivel europeo.
En el cuerpo de la noticia que ha difundido el departamento de comunicación de Renfe se recoge que “en las estaciones de Cercanías gestionadas por Renfe se informará de la prohibición” de viajar con patinetes eléctricos y que “igualmente se podrán hacer inspecciones aleatorias con interventores y agentes de seguridad”.
Nos parece bien que se difunda la medida en Cercanías… pero también es necesario que se difunda en el resto de servicios, ¿o es que no habrá problemas con este tema en un Media Distancia? ¿O en un control de acceso de AVE?
También es necesario que se incremente la presencia de personal de seguridad a bordo de los trenes, con patinetes o sin ellos, no se puede permitir que el colectivo de intervención esté sufriendo agresiones de todo tipo a diario y que su empresa no se preocupe por garantizar unas condiciones de trabajo seguras. Ejemplos tenemos a raudales en prensa y en las decenas de partes que l@s trabajador@s del colectivo hacen llegar a Renfe mes a mes.
Ahora Renfe tiene una buena oportunidad de demostrar que vela por sus emplead@s garantizando que la aplicación de esta medida no va a acarrear ningún problema a su plantilla. Porque, ojalá nos equivoquemos, la aplicación tan tajante de esta medida no será popular y va a generar más de una situación conflictiva.
La interoperabilidad tren / Vehículos de Movilidad Personal / bicicleta es algo positivo para l@s usuari@s del ferrocarril y para la sociedad (reducción de emisiones de CO2), pero ahora mismo Renfe debe primar la seguridad de trabajador@s y usuari@s. En CGT trabajaremos para que en el futuro pueda compaginarse el transporte de viajeros y estos vehículos de movilidad personal en las condiciones de confort y seguridad necesarias.
También aprovechamos la coyuntura para recordar que seguimos reclamando la necesidad de restituir la figura de agente de la autoridad al colectivo de intervención, una figura que estaba recogida en el Desarrollo Profesional de 2013 y que sucintamente se hizo desaparecer unos años más tarde. Esta figura haría que las agresiones que sufre el colectivo dejaran de salir gratis, protección de la gozan profesor@s o sanitari@s, por ejemplo.
Desde CGT nos hemos puesto en contacto con la dirección de Renfe Viajeros y con el departamento de RRHH para hacerles partícipes de nuestra postura y demandas.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 01/12/2023 | 141 ES EL MOMENTO DE AVANZAR EN DERECHOS | LOGIRAIL 30/11/2023 | 140 CGT APUESTA POR LO PÚBLICO |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE COM 106. RENFE. AGENTE DE LA AUTORIDAD | 106 2022-09-02 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 19 veces | CONDICIÓN DE AGENTE DE LA AUTORIDAD DEL PERSONAL FERROVIARIO
Desde CGT, hemos escrito una carta a la Ministra de Transportes, tras sus declaraciones sobre la condición de Agente de la Autoridad para el personal ferroviario.
CGT, reclamamos que se devuelva esta condición a los Supervisores a bordo e Interventores en Ruta (actualmente llamados OCN1/OCEN1), para que puedan ejercer correctamente sus funciones en cuestiones de Seguridad. Asimismo, pedimos que se haga extensiva esta medida para el personal de Conducción, ya que lo consideramos necesario, como se ha podido comprobar en los recientes incidentes.
El personal de Intervención ya poseía este carácter de Agente de la Autoridad, reconocido en el Real Decreto 810/2007, de 22 de junio. Posteriormente se perdió esta condición por la omisión en la redacción de la ley del Sector Ferroviario. Es un momento excelente para solucionar este grave olvido.
El personal de Intervención no solo realiza funciones comerciales, sino que tiene entre sus funciones la fiscalización de documentación y billetes, control de accesos, atención al cliente, seguridad en evacuaciones, formación de emergencia en túneles singulares, titulación de auxiliar de cabina, formación en el uso de desfibriladores a bordo, etc.
Estar en posesión de la consideración de Agente de la Autoridad también contribuiría a la disminución del número de agresiones que sufren Interventores y Maquinistas, como ya se ha hecho en colectivos sanitarios y educativos. Estas agresiones se dispararon con la pérdida de dicha condición, como atestiguan los datos que remite la Dirección de Seguridad y Salud del Grupo Renfe.
Paralelamente, hemos llamado su atención sobre otra necesidad, la de que todos los trenes de viajeros, lleven a bordo personal de Intervención. Los Interventores son imprescindibles para dar un servicio público de calidad, garantizar la seguridad de los viajeros y viajeras, que en muchas ocasiones se encuentran desamparados sin nadie a quien acudir si surge un problema a bordo.
CGT, LUCHANDO JUNTO A L@S TRABAJADORES/AS.
Comunicado Anexo 1

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