Comunicados
RENFE | 58 02/07/2025
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NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO
Hoy se ha celebrado la Mesa Técnica General cuyo orden del día ha sido tratar la Desconexión Digital a propuesta del Grupo Renfe en la reunión del pasado 11 de junio con el objetivo de crear un Protocolo de Desconexión Digital.
Desde el SFF-CGT la hemos analizado en detalle. En líneas generales consideramos que la misma significa un buen punto de partida ya que su base normativa es sólida y se reconoce como un derecho fundamental vinculado al descanso, la salud y la conciliación. No obstante, profundizando en su contenido, este es insuficiente, ya que adolece de falta de obligatoriedad en su cumplimiento y ambiguo, al considerar ciertas excepciones pero sin especificaciones concretas. Además, queda patente una ausencia de mecanismos de control y sanción que pone de manifiesto un trato desigual en su aplicación según colectivos, por lo tanto, no garantiza de forma real y efectiva el cumplimiento de este derecho fundamental.
Hemos presentado una propuesta alternativa que refuerza este derecho como irrenunciable, universal y protegido frente a represalias, tal y como establece la legislación vigente y la jurisprudencia más reciente. No aceptamos que se introduzcan excepciones genéricas como “colectivos imprescindibles” sin criterios objetivos, ya que esto abre la puerta a la arbitrariedad y a la vulneración del principio de igualdad.
Además, exigimos que las medidas no sean meras recomendaciones, sino obligaciones vinculantes para toda la estructura del Grupo Renfe. La desconexión digital no puede depender de la voluntad individual de cada persona trabajadora o de interpretaciones de la Jefatura, sino que debe ser garantizada por la propia organización del trabajo y respaldada por herramientas técnicas y organizativas eficaces.
Nuestra propuesta incluye:
- Activación automática de funciones de desconexión fuera del horario laboral.
- Prohibición expresa de comunicaciones durante descansos y vacaciones.
- Formación obligatoria para mandos intermedios y personal directivo.
- Creación de una comisión de seguimiento con capacidad inspectora y sancionadora.
- Revisión periódica del protocolo y publicación de informes públicos.
El derecho al descanso, a la salud y a la conciliación no puede estar condicionado por las necesidades operativas de la empresa. Desconectar es vivir, es cuidar nuestra salud mental y física, y es también una forma de dignidad laboral.
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo un Protocolo que no deje a nadie atrás, que no permita abusos y que garantice que, fuera del horario laboral, nuestro tiempo es solo nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? | SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI ¿QUÉ OCURRE CON LA SUBROGACIÓN DE ILUNION A CLECE? | 96 2022-07-19 |
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 | Leido: 1 veces | La subrogación para l@s trabajadores/as del servicio Adif-Acerca, supone el cambio de la empresa Ilunion a la empresa CLECE. Un proceso regulado en el artículo 44 del estatuto de los trabajadores y que no supone ninguna modificación para la plantilla, ya que l@s trabajadores/as continúan con los mismos derechos, la misma jornada, el mismo contrato… todo igual. Por lo que no hay que preocuparse ya que no se pierde la antigüedad ni puede verse disminuido el salario.
En lo referente a vacaciones, días de asuntos propios, deudas, salarios impagados, etc., la empresa entrante (CLECE) tiene la obligación de hacerse cargo de estos, según el convenio colectivo, sentencia del Tribunal Supremo y sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Siendo totalmente falso lo que en algunos centros de trabajo se comenta y traslada a la plantilla por parte de algún responsable de RR.HH. y delegad@s sindicales sobre posibles despidos y otras mentiras. Hechos estos que, además de vergonzosos, suponen una actuación indigna y poco profesional, que desde CGT estudiaremos detenidamente por si son susceptibles de tomar medidas jurídicas.
De detectarse algún tipo de presión o mentiras como las descritas anteriormente, si el nuevo contrato no se corresponde con el que teníais o cualquier otra cuestión, no dudéis en poneros en contacto con nuestras delegadas o con los responsables de CGT (Madrid) en el teléfono que figura en el lateral de este comunicado.
Desde CGT, decimos adiós a la empresa saliente (Ilunion), esperando que la entrante (CLECE), no sea continuista de las malas formas, incumplimientos normativos y una falta de consideración hacia sus trabajadores/as, con el agravante de que una buena parte de la plantilla tiene capacidades especiales.
Desde la aparición de CGT en este servicio, se consiguió la mejora del anterior convenio, aumentan las denuncias a la inspección de trabajo denunciando la falta de elementos esenciales, se han interpuesto infinidad de reclamaciones de haberes por impago de salarios o mal abonados y un sinfín de problemas que corregiremos y que otros sindicatos olvidaron hacer.
CGT, EL ÚNICO SINDICATO CAPAZ DE CAMBIAR LAS COSAS.
AFÍLIATE
Comunicado

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