Comunicados
RENFE | 4 15/01/2026
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CGOS Y TALLERES: HABLAR, PERO NO CONCRETAR El ritmo de las negociaciones del convenio sigue siendo el mismo de siempre: de avance tan imperceptible que
prácticamente no se mueven. Hoy, día 14 de enero, se ha producido una Mesa de Personal para discutir el estado de
los CGO de Viajeros y las Brigadas y ATL de Ingeniería y Mantenimiento; nos gustaría poder decir que hay algo
sustancioso que contar, pero en su lugar consideramos más útil reflexionar sobre aquello que se omite —de forma
deliberada— y que debemos tener en cuenta.
Los CGO y el presupuesto de Schörindger
El desarrollo profesional de este colectivo es de suma importancia, no solo por la tarea que realizan (vertebrando la
operativa diaria del Grupo Renfe) sino por cuidar el estado del personal que saca adelante un trabajo tan complejo
en condiciones muy precarias en muchos territorios. Los CGO acusan la falta de personal, de formación, las directrices
claras y unas plantillas en constante rotación, algunas incluso sin garantizar el descanso necesario o con tiempos muy
reducido. Es por ello que ponemos en duda los avances mínimos que se producen en este tipo de reuniones pues hay
un tema que nunca se pone sobre la mesa: el presupuesto.
Definir las funciones, incluir mesas nuevas para mejorar el servicio o plantear las promociones desde nuestra
perspectiva no sirve de nada si no se habla de cuánto se va a invertir en todo esto. ¿Pueden quedarse en agua todas
las propuestas si se cae todo por un tema económico? La duda es razonable.
Brigadas y ATL y el camino de las buenas intenciones
“El camino hacia el infierno está lleno de buenas intenciones”. En este refrán es lo que podemos pensar cuando se
habla de la separación entre Brigadas y ATL. Sobre el papel, la normativa está clara y las funciones, a priori, definidas,
pero la realidad luego es bien distinta. Si se empieza a usar la ATL en situaciones no especiales, ¿qué ocurriría con las
Brigadas?
Su actuación en situaciones de fuerza mayor es de sentido común, el problema está en la consideración de la gravedad
y si en algunos territorios la normativa se pudiera interpretar de manera que beneficie o perjudique a algunas de las
partes. ¿Es una manera sutil de acabar con las Brigadas poco a poco? Esta misma cautela tenemos sobre el rol del jefe
de brigada, el cual consideramos que podría ser positivo pero cuya remuneración, idoneidad o rotación está aun en
unas fases muy primitivas de su desarrollo como para poder juzgar su incorporación desde un prisma positivo.
En el SFF-CGT consultamos, proponemos, negociamos
Desde nuestra organización no dejamos de realizar un trabajo de consulta a las bases (como la reciente vídeo para
analizar las propuestas a trasladar a la Mesa de Personal) para luego desarrollar las propuestas que presentamos y
que esperamos que incidan en la negociación colectiva. Seguimos abiertos al diálogo y nos sentaremos en las próximas
Mesas en las que, esperamos, se bajen a la tierra las propuestas y podamos concretar realidades sin la eterna excusa
de “no tenemos presupuesto”.  COMUNICADO Anexo
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 RENFE 13/01/2026 | 3 ABONO ÚNICO, PERO ¿A QUÉ PRECIO? | SECTOR 13/01/2026 | 2 RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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LOGIRAIL LICENCIAS RETRIBUIDAS POR ENFERMEDAD, TAMBIÉN EN LOGIRAIL | 91 2022-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 3 veces | En el año 2012, la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, relacionándolo con el RD 20/2012, y en la Orden del Ministerio de Hacienda HAP/2802/2012 se estableció:
“Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones
1. El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta normativa es de aplicación personal al servicio de la Administración del Estado y a los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma.”
Desde CGT consideramos desde la publicación de la Ley, que este derecho correspondía a las empresas de carácter público, reclamándolo antes en Renfe y ahora en Logirail, y por distintas razones:
1. Lo otorga una Ley que tiene rango superior al Convenio Colectivo.
2. Se aplica en el Grupo Renfe.
El pasado 7 de octubre del 2021, CGT remitimos un escrito a la Dirección de Logirail, solicitando que fuera de aplicación el derecho a disponer de estos 4 días de ausencia. Al no obtener respuesta positiva y tras varios intentos de negociación, interpusimos un Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional que ha venido a darnos la razón, estimando además la sala, temeridad e imponiendo una multa a Logirail de 1.000 €.
La AN declara: “Estimando la demanda interpuesta por CGT, UGT Y CCOO contra LOGIRAIL SME, declaramos el Derecho de los trabajadores de LOGIRAIL a disponer y disfrutar de cuatro días anuales de ausencia por enfermedad, que no den lugar a Incapacidad Temporal, pudiendo ser solo tres consecutivos, sin generar ningún descuento en la nómina del trabajador”. (Anexa)
Por lo tanto y a partir de ahora, toda la plantilla de Logirail tendrá ese derecho. Estando atentos al cumplimiento de esta sentencia y pendientes de las ocurrencias que puedan surgir del seno de una empresa a la que hay que sacarle los derechos mediante decisiones judiciales, en un claro ejemplo de falta de voluntad negociadora.
Una vez más, desde CGT velamos por el cumplimiento de los derechos adquiridos, además de reclamar aquellos que son de aplicación y a los que deberíamos tener acceso desde la negociación colectiva.
CGT, COMPROMISO, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.
Comunicado

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