Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN POR TÍTULO DERECHO RECUPERADO | 90 2022-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 32 veces | Cuando se produjo el ingreso del personal de la OEP 2020, desde el SFF-CGT nos dirigimos por carta a la Dirección General de Gestión de Personas para que restituyera el derecho al cobro de la Gratificación por Título (clave 032) que o bien no se había abonado o bien se abonó y posteriormente descontó. Un atropello, que también extendieron a las personas trabajadoras de la OEP 2021 1ª tanda.
Una vez más, con las directrices marcadas desde hace tiempo por parte de la actual Dirección General de recortar en todo tipo de derechos adquiridos históricamente, se volvió a despreciar a las personas trabajadoras de Adif, contestándonos que no existía derecho al cobro hasta que no estuviera el personal en sus dependencias de forma “efectiva”.
Como es lógico y ya anunciamos en su momento, CGT planteó Demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional para tratar de obtener en los tribunales lo que entendemos es de ley y se negaba por parte de una Dirección General de Gestión de Personas que DESPRECIA a sus trabajadores y trabajadoras.
Pues bien, la Audiencia Nacional, acumulando las demandas interpuestas por CGT, UGT y CCOO, ha estimado en su totalidad lo pretendido por nuestra parte y ha condenado a la Empresa mediante sentencia 103/2022 a reconocer el derecho de las personas representadas a percibir el abono de la clave 032, Gratificación por Título, desde el ingreso en la Empresa. El argumento es demoledor:
“Pues bien, siendo así que el complemento por título referido en el convenio colectivo, lo es para quienes ostenten títulos del sistema educativo y en concreto los así reconocidos para el acceso al concurso, nada justifica que el percibo de dicho complemento salarial cuya condición ya ostentan los aspirantes antes de concursar, se les posponga hasta la obtener tras la suscripción de sus contratos de trabajo la habilitación exigida en la Orden FOM/2872/2010, pues como hemos indicados dicha habilitación en el marco del deber de formación exigido al empresario no constituye la condición para el acceso al complemento por título fijado en el convenio."
Aunque la Sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, es ejecutoria y por tanto debe cumplirse, aunque se recurra. Es por ello que nos hemos dirigido por escrito a la “despótica” D. G. de Gestión de Personas para que realice el pago de oficio de las cantidades correspondientes en la próxima nómina, en algunos casos abonadas y descontadas, tanto al personal de la OEP 2020 como al de la OEP 2021.
Las Secciones Sindicales de CGT y sus delegados y delegadas estamos a disposición del personal afectado para que se inicien las reclamaciones individuales que en su caso serían preceptivas si la Empresa persiste en incumplir lo sentenciado.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

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