Comunicados
ADIF | 102 05/12/2025
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EL ACUERDO JUAN PALOMO Y LOS EXPERIEMTNOS DEL ADIF EL “ACUERDO JUAN PALOMO” Y LOS EXPERIMENTOS DEL ADIF
Ayer Adif nos citó para firmar las nuevas tablas salariales que incluyen la actualización salarial firmada por los sindicatos mayoritarios y el Gobierno. Son puntos de vista, pero donde ell@s ven una subida salarial, el resto de las personas trabajadoras vemos que l@s de siempre han firmado una nueva pérdida de poder adquisitivo.
YO ME LO GUISO, YO ME LO COMO
El “acuerdo Juan Palomo” supone un nuevo capítulo en la larga lista de vulneraciones a la negociación colectiva. Patronal, Gobierno y sindicatos mayoritarios (ningun@ de ell@s son ferroviari@s y desconocen nuestra realidad) preparan sus recetas mientras el resto de fuerzas sindicales, que representamos a una parte muy significativa de la clase trabajadora, nos comemos el guiso sin posibilidad de negociar. Igual que ocurre con la ordenación profesional, ¿será Hacienda quien decida? Si es así, lo hará sin sentarse a la mesa. O en todo caso sentándose en reservados sin luz ni taquígrafos.
En definitiva, veremos en la nómina de diciembre una subida del 2,5% con carácter retroactivo desde enero (no saben si llegarán a tiempo para pagarla el día 19, pero han dado el día 22 como plazo máximo para abonarla) y el año que viene se subirá un 1,5% más, que se abonará desde la nómina de febrero, con efectos desde el 1 de enero. Solo desde enero de 2023, el IPC ha subido un 8,8%. Nos toman por idiotas.
OEP ADIF 2025 EXTRAORDINARIA: LA ERA DE LOS EXPERIMENTOS
Ayer también se nos informó de una oferta de OEP extraordinaria, con 200 plazas para personal de tropa y marinería (factores y factoras de entrada y controladores y controladoras) y para cubrir las 67 plazas que quedaron desiertas en la categoría de ayudante ferroviari@, en la rama de conservación y vigilancia de vía. Al preguntar sobre la convocatoria de plazas de discapacidad intelectual (con 103 plazas acumuladas desde 2022) se escuchó estridulación de grillos.
La empresa, en sus propias palabras, ha expresado que pondrá en marcha “un experimento”. Para intentar cubrir las plazas ha reducido el temario y se ha abierto el abanico de estudios requerido (bachillerato o cualquier FP). Vemos positiva la propuesta, siempre y cuando se amplíe la formación para evitar la desprofesionalización. Lo que nos parece una deriva peligrosa es hacer una convocatoria exclusivamente para Catalunya, secuestrando allí a las personas que accedan en esa convocatoria como mínimo 6 años (aquí sí pueden entrar en residencia definitiva), ya que no podrán participar durante ese tiempo ni en movilidad geográfica ni en reconversión fuera de Catalunya. A lo mejor, en vez de secuestrar a la gente, se podría incentivar cubrir estas plazas aprobando de una vez por todas una Ordenación Profesional que dignificara el salario de esta categoría.
En definitiva, corren malos tiempos para la clase trabajadora. Vendida por quienes tendrían que defenderla y amordazad@s y maniatad@s l@s que quieren luchar por ella. No nos extrañaría que, tras la firma de la infame Norma Marco de Movilidad y del “acuerdo de la vergüenza” de las 35 horas, se esté cocinando a fuego lento un convenio sin Ordenación Profesional en los despachos de Adif.
 COMUNICADO
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 RENFE 02/12/2025 | 101 ¿DE BUENA FE? | RENFE 28/11/2025 | 100 UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF UN PASO MUY IMPORTANTE EN LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EL TSJC DE CATALUÑA DA LA RAZÓN A CGT SOBRE EL DERECHO DE HUELGA DEL PERSONAL DE CIRCULACIÓN CON SERVICIOS MÍNIMOS | 76 2022-06-15 |
| COMUNICADO
 | Leido: 18 veces | Como todos sabemos la Empresa siempre va realizando acciones no permitidas por nuestra normativa laboral, ni por la legislación vigente, sabiendo que mayoritariamente se quedan en una queja o pataleta. Por eso este Sindicato, todo lo que no se pueda conseguir contra este tipo de actuaciones, con el esfuerzo colectivo (al resto de Sindicatos no les interesa nunca esa opción), recurre a la Inspección o a los Juzgados.
Hace un tiempo ya se ganaron una serie de sentencias contra un acoso laboral (que supuso un duro proceso para trabajador afectado) y dos casos de sustitución de trabajadores en huelga.
Recientemente hemos ganado una sentencia (avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) en la que se deja claro que la postura de la empresa, en el caso de huelgas, de que como en los servicios mínimos de ADIF no se establecen trenes, cualquier circulación que las operadoras establezcan debe ser garantizada, supone la vulneración de un derecho fundamental como es el de huelga. El caso que motivó esa demanda la Empresa no solo vulneró ese derecho, también actuó contra el trabajador afectado sancionándolo, en espera de juicio y que esta sentencia ayudará a su sobreseimiento.
Tras esta sentencia, loa trenes que no figuren en mínimos no deben de circular y si recibimos orden de que lo hagan, se deberá dar por escrito y así la debemos de exigir a efectos de que conste la vulneración del derecho de huelga. También recientemente hemos ganado una sentencia de sustitución de un trabajador de Circulación en huelga. La empresa no asignó nadie con servicios mínimos, y a la vez, querían que los trenes circulasen y buscaron a alguien para realizar el trabajo que le correspondía a ese trabajador en huelga.
Todas estas sentencias suponen un aval en defensa de los derechos de los trabajadores/as y suponen el abono de la correspondiente indemnización para el sindicato y también para el trabajador/a afectado. Eso sí, hay que tener la voluntad y poner el trabajo necesario para la presentación de la demanda con toda la argumentación y solidez necesaria (y ambas cosas solo la aporta CGT).
Os animamos a comunicar todo este tipo de situaciones, para poder asesoraros debidamente y actuar en consecuencia.
EL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA DEBE SER RESPETADO.
CGT SÍ LO HACE, EL RESTO NI ESTÁ NI SE LE ESPERA.AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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