Comunicados
RENFE | 136 27/11/2023
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LOS ANTIPROCESOS DE MOVILIDAD EN RENFE El pasado 16 de noviembre Renfe hizo públicas las resoluciones definitivas de las convocatorias POI23-08/1589, correspondiente al proceso de movilidad funcional de Operador Comercial Especializado en Centros de Gestión, y POI23-08/1588, correspondiente al proceso de movilidad funcional de Operador Comercial Especializado N1 – Operador Comercial N1 – SSBB.
En un proceso realizado con transparencia, organización, diligencia y seriedad, los plazos se llevarían a cabo siguiendo un orden lógico a la altura de un organismo público. Sin embargo, cuando hablamos de RENFE, desgraciadamente sabemos que la realidad es otra.
El 14 de noviembre dio comienzo la formación para los CGO de Servicio Público en algunas dependencias: dos días antes de la publicación de los listados definitivos y sin haber comunicado a la representación de los trabajadores dicha decisión. La empresa comenzó a realizar llamadas y a enviar correos electrónicos a algunas personas ofreciendo plazas que habían quedado a resultas y comunicando a las personas que habían adjudicado plaza en ambas convocatorias la necesidad de tener que escoger una.
Ante esta forma tan caótica y opaca de hacer las cosas, CGT se puso en contacto con la empresa para pedir explicaciones y su respuesta fue que existe una necesidad imperiosa de formar a personal Comercial Especializado en CGO y N1.
Nos preguntamos cómo es posible que llevemos años reclamando la falta de personal, avisando de la problemática con la que nos vamos a encontrar y la empresa se eche las manos a la cabeza a estas alturas cuando la situación ya es insostenible.
En la reunión del pasado día 31 de julio, entre empresa y RLT, para negociar estas movilidades, los responsables de Servicio Público ni siquiera se presentaron a la misma trasladando la empresa que no era necesario ofertar las plazas porque las necesidades de la sociedad no eran imperativas. Ahora les entran las prisas, realizando los procesos, una vez más, tarde y mal.
Esta situación ha desembocado en trenes cancelados, personal que debe buscar un alquiler, rescindir el que ya tenga contratado o hacer una mudanza, sin tiempo para poder gestionarlo. Personal que tiene compromisos personales, responsabilidades y que necesita organizarse con la presión de tener que tomar decisiones que afectan a su futuro próximo en menos de 24 horas. Personal que ha sido convocado de un día para otro a formación estando de vacaciones o de días libres (recordamos el derecho a la desconexión digital).
Formamos parte de una empresa con una trayectoria y una proyección enorme no solo a nivel nacional, sino también a nivel internacional, con millones de clientes en todo el mundo, con miles de trabajador@s y que, por desgracia, demuestra una y otra vez que es incapaz de organizar una sola movilidad funcional con un mínimo de seriedad, de establecer plazos y cumplirlos, de tratar la información con transparencia y rigor, de ser consecuente con las decisiones que toma o de comprometerse con su plantilla.
Desde CGT seguiremos exigiendo que se realicen procesos de movilidad que cubran las necesidades reales de la empresa y que se cumplan los plazos en las diferentes fases del proceso.
POR UNAS MOVILIDADES TRANSPARENTES Y SERIAS
 COMUNICADO
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 SECTOR 23/11/2023 | 135 CGT SOMETERÁ EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA A SU AFILIACIÓN | SECTOR 23/11/2023 | 134 LA LUCHA ES DE TOD@S |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF NUEVA NORMA DE LA MARMOTA (NNM-AGM) | 34 2022-03-11 |
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 | Leido: 36 veces | En el día de ayer se reunió la Mesa Técnica de Empleo para exponer el enésimo documento sobre la Nueva Norma de Movilidad. La dirección nos trasladó para su análisis el 16º borrador. Sí, sí, decimosexto!! Lo mejor de todo: con unos cambios INsustanciales.
Mientras los sindicatos mayoritarios valoran aprobar una movilidad que puede ser de ámbito NO estatal pero acordada en cualquier caso por el CGE…, desde el SFF-CGT evidenciamos:
• Las cuentas. Nos hemos puesto a hacer números y, si la negociación se perpetúa en el tiempo, puede afectar hasta a 4.251 personas de una plantilla cercana a las 11.500 personas trabajadoras, lo que significa la increíble cifra del 37,1 % de la plantilla afectada por las Residencias Provisionales en el periodo 2022/2023.
• Los acuerdos. Hemos revisado el acuerdo de desconvocatoria de huelga por los sindicatos CCOO, UGT y SCF, por si estábamos equivocados en el año, pero NO: confirmamos que la NNM tenía que estar acordada a 30 de octubre de 2021.
• Nuestras reivindicaciones. Nos reiteramos en las alegaciones ya presentadas a anteriores borradores de la Norma Marco de Movilidad, puesto que el actual documento mantiene la pérdida de derechos recientes (NNM-2017): aflorar las plazas cubiertas en movilidad temporal; establecer para todas las convocatorias un ÚNICO ámbito geográfico y temporal, el estatal y para el conjunto de Adif y Adif AV; periodicidad máxima de un año entre convocatorias; eliminar en las condiciones de participación el requisito de antigüedad en la categoría; proceso de selección para el acceso a la categoría de Técnico en promoción o cambio de puesto objetivo, mediante oposición y valoración curricular; e identificación de todas las plazas vacantes al principio del proceso, siguiendo la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo en su Sentencia 1108/2021, de fecha 11 de noviembre de 2021.
Sobre las últimas alegaciones presentadas, destacamos:
• El último borrador aporta pocos cambios. La empresa insiste nuevamente en que este documento está en su última recta final pues es un acuerdo “maduro y con cuerpo completo”. Desde SFF-CGT lo vemos “verde y desnudo”.
• Sobre la sentencia ganada a Renfe por CGT en el Tribunal Supremo, en su Sentencia 1108/2021, respecto a la identificación de plazas a ofertar al inicio del proceso de movilidad, nos “explican” que NO es de aplicación para ADIF. Para nosotr@s esta sentencia SOLAMENTE significa dar transparencia a los procesos, vía negociación o judicial.
• Y claro, ni hablar de recuperar el NMM de 2017.
¡Ah! Fecha de la próxima reunión…esperanza!
Comunicado

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