Comunicados
RENFE | 70 11/09/2025
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LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS Ayer fue un día duro para el Grupo Renfe. Se celebró la vista en la Audiencia Nacional por las medidas cautelares solicitadas por el SFF-CGT sobre el Conflicto Colectivo que interpusimos ante el atropello cometido por la Dirección de la Empresa y que negaba el ofrecimiento previo de las vacantes previstas para la Oferta de Empleo Público que para este colectivo fue puesta en marcha con la conformidad de UGT, CCOO y SEMAF.
En este acto llegamos a un acuerdo con la empresa en el que se estableció por escrito el compromiso de cumplimiento de la Normativa Laboral en la pretensión objeto de la demanda, que no era otro que el de velar por los derechos de la plantilla que ostenta preferencia ante los futuros ingresos respecto a las vacantes que se pretendan ofertar de forma externa.
Este acuerdo permite, siempre que se cumplan los requisitos que requieren los puestos, la participación a aquellas personas que lo habían solicitado y se les había denegado o ignorado y a todas aquellas que, viendo que los requisitos de la OPE establecían su exclusión por tener una relación laboral con Renfe, ni siquiera lo habían intentado. Por tanto, una vez se publiquen las vacantes a cubrir, estas se podrán solicitar de forma preferente a los ingresos, solicitud que la empresa deberá tener en cuenta adjudicando la que corresponda, siempre que se cumplan y acrediten los requisitos atendiendo a la ordenación de preferencia establecida en convenio y sin precisar examen.
El acuerdo ante la Audiencia Nacional tiene valor de sentencia, lo que obliga a la empresa a su cumplimiento, habiéndonos reservado el derecho de retomar las acciones jurídicas si la empresa no lo respeta. Así mismo, se abre la posibilidad para que de forma individual, si se produce alguna lesión de este derecho, también se pueda actuar en los Juzgados de lo Social.
Tenemos que felicitarnos por este logro, aunque insistimos en lamentar los continuos atropellos de derechos que la Dirección, ayudados en múltiples ocasiones por los sindicatos mayoritarios, ejercen contra la propia plantilla y que obligan a iniciar procedimientos jurídicos que podríamos ahorrarnos.
Desde el SFF-CGT no vamos a dejar de luchar porque se cumpla la normativa laboral existente, y que por tanto se protejan y ejerzan los derechos reconocidos a la plantilla, siendo los procesos de movilidad uno de los temas más importantes que suscita mucho desasosiego a todas las personas trabajadoras.
Conocemos nuestros derechos y los defendemos, por eso NO FIRMAMOS cualquier documento que Renfe nos ponga sobre la mesa. Afiliarse al SFF-CGT es garantía de éxito y protección.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN | RENFE 09/09/2025 | 68 EN EL IV CONVENIO COLECTIVO, CON PRISA Y CON PAUSA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE OBLIGAR A RENFE A SER TRANSPARENTE EN LAS MOVILIDADES LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA RAZÓN A CGT Y CONDENA A LA EMPRESA A LA PUBLICACIÓN DE LOS DATOS NECESARIOS PARA GARANTIZAR PROCESOS TRANSPARENTES | 20 2022-02-16 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 17 veces | La Audiencia Nacional da la razón a CGT y estima la demanda que interpusimos respecto de la transparencia que debe mediar en los procesos de movilidad tanto geográfica como funcional.
En junio de 2021, la empresa convocó al Comité General de Empresa de Grupo Renfe con objeto de informar de que, en los procesos de movilidad que se estaban llevando a cabo, la empresa iba a proceder a no publicar la información relativa a:
- Lista de peticiones de cada candidato. - Antigüedad en la categoría.
- Antigüedad en la empresa. - Fecha de nacimiento.
- Listados objetivados de admitidos y excluidos.
Siendo así, CGT nos pusimos en marcha con objeto de evitar que la opacidad no se impusiese en el Grupo Renfe, y procedimos a interponer papeleta de conciliación así como su posterior demanda de conflicto colectivo, todo ello con base en los artículos del EBEP que son de aplicación a los organismos públicos y que configuran la transparencia como un principio rector, que debe ser tenido en cuenta en cuenta por la empresa y también con la propia norma marco de movilidad.
La Audiencia nacional, ha dado la razón a CGT y ha declarado que “los trabajadores, que participan en los procesos de movilidad geográfica o funcional del Grupo Renfe, tienen derecho a que se publiquen las listas confeccionadas de manera completa, que contengan las siguientes informaciones: Lista de peticiones de cada candidato, antigüedad en la categoría, antigüedad en la empresa, Fecha de nacimiento. Listados objetivados de admitidos y excluidos, información necesaria para garantizar los principios de seguridad jurídica, publicidad y transparencia, significando que, el tratamiento de datos personales, en este caso, tiene una finalidad a lícita”.
Esto se suma, a la sentencia ganada por CGT que obliga a la empresa a retirar la Clausula 7, que fue firmada por la mayoría de los sindicatos, no por CGT. Gracias a esto, la empresa está obligada a publicar las plazas vacantes en las movilidades funcionales y geográficas.
El trabajo incansable de CGT va consiguiendo, poco a poco, que las movilidades no se conviertan en procesos oscuros y en “reinos de taifas” y que la publicidad, transparencia, igualdad y mérito estén presentes en todos los procesos. Nos dirigiremos por escrito a la empresa para exigir el cumplimiento inmediato de la sentencia.
POR UNAS MOVILIDADES JUSTAS Y TRANSPARENTES. POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. ÚNETE A CGT
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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