Comunicados
RENFE | 38 25/04/2024
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NUEVAS MOVILIDADES. NUEVA PANTOMIMA. VIEJOS PERJUICIOS Hoy han sido publicadas en Interesa las nuevas convocatorias de movilidad geográfica y funcional para Operador Comercial Especializado N2 de estaciones, de CGO y para intervención.
El pasado martes y tras diez horas de reunión, se cerraron tres de las cuatro convocatorias que se discutían. Diez horas en las que se vieron un montón de borradores (algunos incluso repetidos) y que terminaron con una firma rápida de SEMAF, CCOO, UGT y SF.
Afortunadamente se ha permitido a l@s compañer@s de Ingreso poder participar en la movilidad funcional para intervención y para CGO.
Desafortunadamente, el resto de puntos ya estaban presentes en anteriores convocatorias o, para nuestra organización, se plantean en términos negativos o, como poco, cuestionables. Allá vamos:
El número de plazas ofertadas en muchas residencias es irrisorio (pese a ser “la convocatoria más numerosa de los últimos años”) y varias gerencias territoriales ya nos están informando de que la empresa no ha respetado sus peticiones de medios humanos. Pero lo que es de traca es que en el desarrollo de toda la reunión se perjurara que no se tenía información sobre las plazas, que l@s firmantes estuvieran dispuestos a aceptar las convocatorias sin tener esa información y que, finalmente, más allá de las ocho de la tarde, aparecieran las plazas como por arte de magia y claro, sin posibilidad ni intención de ser analizadas o comentadas. Renfe juega con los miembros del Comité General de Empresa y se lo agradecen con su rúbrica.
Hace un par de meses vimos por primera vez esta nueva dinámica de no entregar el número de plazas a convocar en la reunión homóloga de talleres. Como ya explicamos, y al igual que en esta reunión, no entregaron las plazas hasta la firma de las convocatorias y el SFF-CGT ha sido el único sindicato en poner el grito en el cielo por esta nueva ocurrencia.
Tras el chapucero desarrollo de las últimas convocatorias de Supervisores y OCEN2 del colectivo comercial se ha abordado el problema de las plazas no cubiertas por “las necesidades urgentes y sobrevenidas” con una lista conformada por l@s participantes en las movilidades funcionales sin plaza. Durante seis meses se podrán cubrir las necesidades de manera temporal con este personal, peeeeeero…
- ¿Cómo se va a realizar la adjudicación? ¿Seguirán las llamadas de teléfono?
- ¿Se va a informar correctamente a la RLPT de cada movimiento?
- ¿Se va a justificar el tipo de necesidad de cada movimiento?
- ¿Qué necesidad real hay de organizar esta “lista ordenada” de carácter temporal? Si existen necesidades o hay carencias la solución ya existe y es bien conocida: Nueva convocatoria de movilidad.
Por cierto, la lista ordenada se parece mucho a las bolsas de reserva, ¿no?
¿La cláusula 14.6? ¿Que ha mejorado? ¡Si la redacción del acta es la misma que tuvimos en la Comisión Delegada del 31 de julio! ¡Palabra a palabra! L@s que hubieran adjudicado plaza en la anterior movilidad funcional pueden participar de nuevo en movilidad geográfica, l@s que hubieran adjudicado plaza en la anterior movilidad geográfica, no pueden volver a pedir en ésta.
L@s compañer@s que adjudiquen una plaza en los Centros de Gestión siguen teniendo un secuestro de 42 meses dentro del colectivo. Para que el personal no huya al ver las condiciones de muchos centros de trabajo es más cómodo (y más ruin) impedir la movilidad en las convocatorias que mejorar las condiciones de los mismos (¡hola Mesa de Comercial del III Convenio Colectivo!).
Y por mencionar otras cuestiones sensatas que no han sido valoradas ni incorporadas a las convocatorias a pesar de que, al menos nuestra organización las ha expuesto:
- Se deja fuera a l@s compañer@s de Ingeniería y Mantenimiento, a l@s que se venía permitiendo participar al menos en la movilidad funcional de CGO.
- Se deja fuera a l@s compañer@s de la OEP taquillas 2020 Cataluña (que firmaron el 5 de julio de 2021) por dos meses escasos.
- No se permite de ninguna manera la movilidad entre Operadores Comerciales Especializados N2 (de CGO a estaciones o viceversa) ni se permite su participación subsidiaria en intervención.
- Se reduce arbitrariamente el número de peticiones máximas de ocho a seis.
Además, se retrasa la movilidad geográfica de operadores comerciales de taquillas para dentro de quince días con la creíble excusa de que no tienen la información concreta de las plazas. Lástima que no se obrara otro milagro de “aparición de las plazas” a última hora.
Por todo ello, a nuestr@s compañer@s de viaje sindicales l@s decimos: La ventaja de no estar abonados al “sí” permanente, servil, de firma fácil es que podemos expresarnos libremente y con la cabeza alta. Como las convocatorias se siguen presentando en unos términos inaceptables para nosotr@s, no las apoyamos, criticamos sus aspectos negativos y visibilizamos vuestra falta de criterio.
SFF-CGT: LO QUE OTR@S NO TE CUENTAN
COMUNICADO
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IRYO 22/04/2024 | 37 IRYO ACEPTA LA APERTURA DE LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO | RENFE 19/04/2024 | 36 NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE EL ABONO, A LOS OCN1 DE LA RESIDENCIA DE BARCELONA SAC, DE LAS CLAVES 282 Y VARIABLE CLAVE 447, DE LOS TRENES AVANT | 18 2022-02-16 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
| Leido: 4 veces | CGT interpuso un Conflicto Colectivo en la residencia de Barcelona San Andrés Condal para lograr que los Operadores Comerciales N1 Especializados percibieran las claves correspondientes a los trenes de Alta Velocidad cuando prestan servicio en trenes Avant, que fue desestimado por el Juzgado de lo Social en primera instancia, al vincular el servicio de Alta Velocidad y Larga Distancia a la realización de trayectos de larga distancia, una interpretación basada en la distancia recorrida, no teniendo en cuenta la consideración de estos trenes como de Alta Velocidad.
Ante esta interpretación desde CGT interpusimos el correspondiente Recurso de Suplicación, en la que insistimos en que la propia regulación de estos trenes, con un servicio específico determinado a nivel profesional, con unas condiciones comerciales específicas, además de la inclusión de este tipo de trenes como de Alta Velocidad en la regulación de las variables a percibir por el personal de intervención, desmontaba la interpretación de la sentencia del juzgado de lo social.
Así mismo, si el criterio fuese exclusivamente por el de los kilómetros recorridos, la regulación de la retribución no incluiría Alta Velocidad, lo que como todos sabemos se encuentra definido en normativa
Así lo ha entendido el TSJC, en sentencia de 1 de febrero de 2022 que condena a la empresa a abonar la prima variable de comercial (clave 447) y el complemento de puesto de comercial (clave 282) en la cuantía prevista para los trenes de Alta Velocidad cada día que presten servicios en los trenes Avant así como los descansos devengados por esos días. Aunque todavía no es firme, al tratarse de una sentencia emanada de un conflicto colectivo es ejecutiva y debe de ser cumplimentada independientemente de que sea recurrida por la empresa.
Es una victoria importante, ya que vuelve a situar a RENFE como es, una empresa cicatera que obvia de forma consciente el abono de las retribuciones que debe pagar a sus trabajador@s y este pronunciamiento judicial abre la posibilidad a reclamar en todas las residencias donde no se perciban estas claves de forma adecuada las correspondientes diferencias.
Como siempre, al calor del trabajo de CGT se arriman otras organizaciones sindicales, que tratan de pescar en rio revuelto haciéndose responsables del trabajo que otros sí desarrollamos.
CGT se dirigirá a la Dirección de la Empresa para que regularice las nóminas de tod@s aquell@s compañer@s que se encuentren en la misma situación y nos ponemos a disposición para ayudar a tramitar las correspondientes reclamaciones de haberes.
QUE NO TE CUENTEN CUENTOS
ELIGE A QUIÉN LUCHA JUNTO A TI, ELIGE CGT
Comunicado Anexo 1 Anexo 2
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