Comunicados
ADIF | 59 03/07/2025
|
EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL
La dirección de Adif ha impuesto una limitación temporal de velocidad de 5 Km/h al III convenio para todo su trayecto durante este medio año de negociaciones. Los osos pueden llegar a ser muy perezosos si se lo permitimos. Y de momento no están poniendo mucho empeño en conseguir el dinero de la ordenación profesional.
Las negociaciones no tienen concreción y no cubren las necesidades de una plantilla rejuvenecida que necesita de unas condiciones laborales no solo dignas, sino también adaptadas al siglo XXI. De momento, la empresa sigue priorizando la dilatación de la vida laboral de su personal jefe “sénior” sobre la mejora de los salarios de su plantilla.
EL TREN TIENE QUE EMPEZAR A ANDAR
Parece que la dirección ya ha llegado a su parada vacacional mientras la negociación del convenio espera ante la señal de salida. La reunión de ayer de la Comisión Negociadora del III Convenio volvió a ser una divagación abstracta sobre la ordenación profesional en el país de las maravillas. Mientras tanto, la plantilla sigue atrapada en lo concreto: cumplir día a día, sacando adelante una producción creciente a pesar de una normativa laboral inoperante y unas jefaturas ancladas 10 cuatrienios atrás. Y además lo hace de forma limpia y honesta.
En el SFF-CGT también nos movemos en el territorio de lo concreto: la mejora de las condiciones laborales y retributivas en el III Convenio Colectivo de Adif.
RACANEAN CON NUESTRO SALARIO Y ACAPARAN LO DE TODXS
No sabemos si esta dirección ha alcanzado tal grado de indiferencia acaparando tiempo en los telediarios con los retrasos diarios en Catalunya y la multiaventura del viaje entre Andalucía y Madrid que ya ni le afectan las noticias de corrupción, mordidas y fiestas de Torrente en Marbella a costa del erario público. No sabemos si es que se resiste a aceptar la urgencia del momento.
Las ferroviarias y ferroviarios odiamos ser protagonistas de los periódicos por culpa de sus tejemanejes, pero no nos va a temblar el pulso en hacer más ruido y movilizarnos para forzar a Adif a tomarse esta negociación ya en serio y dirigir el dinero público a su legítimo destino: el servicio público y social y los bolsillos de las trabajadoras y trabajadores.
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 02/07/2025 | 58 NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO | ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE ACUERDO TRABAJO A DISTANCIA: LAS PRISAS SON MALAS CONSEJERAS | 78 2021-07-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | El pasado 28 de julio se firmó el acuerdo de Trabajo a Distancia (TD) en el grupo Renfe entre la Dirección de la Empresa y la mayoría del CGE (CC.OO, UGT y SF). CGT no validó el acuerdo, que tampoco fue suscrito por SEMAF.
Los motivos fundamentales por los cuales CGT consideró insuficiente el acuerdo, a pesar de los avances producidos desde el primer borrador presentado por la empresa, son los siguientes:
• La figura de la persona autorizadora, la cual consideramos el talón de Aquiles de este acuerdo, sigue con plenos poderes para hacer lo que a la empresa le venga en gana y ante el inapelable Juicio de la persona Autorizadora poco pueden hacer l@s trabajad@res que voluntariamente soliciten trabajar a distancia.
Desde CGT propusimos sustituir esa figura por criterios más justos, recogidos en nuestra plataforma de TD: reconocimiento oficial de limitación de Movilidad, grado de discapacidad, incapacidad motora temporal, víctima de violencia de género, acoso laboral, necesidades conciliación familiar, distancia del domicilio al centro de trabajo, turnos rotativos cuando existan más personas que puestos, etc.
Ojalá nos equivoquemos, pero poco o nada cambiará. Aunque quien autorice sea un Gerente de Área o Director, la decisión motivada procederá de los superiores directos: aquellos cuyos criterios crearon injusticia e inequidad durante la pandemia y hasta la fecha en materia de TD.
• La ley 10/2021 exige que en el contrato que se celebre entre las partes firmantes recogerá los gastos de energía o internet, entre otros. Dichos gastos han de ser compensados a la persona trabajadora pero en el contrato incluido en el acuerdo firmado en Renfe no se recogen estos criterios contemplados en la Ley.
• Respecto a los derechos recogidos en el RDL 28/2020, tres de ellos son entregados gratuitamente por los firmantes del acuerdo: El derecho a la Formación, los derechos colectivos y el derecho a la compensación por los gastos de energía, conexión a Internet, consumibles, mobiliario, etc.
Conviene resaltar que en la anterior reunión sobre TD tanto UGT como CC.OO. reclamaron el derecho de compensación de gastos, pero, en esta última reunión se olvidaron de lo que una semana antes solicitaban.
Desde CGT entendemos, que un Derecho es algo que nadie te puede quitar, que más bien en la propia negociación se puede y se debe mejorar. Este era un mínimo que se debería tener en cuenta y por ello este acuerdo de TD debería incluir todos los recogidos en la legislación vigente.
Estas han sido las líneas rojas que desde CGT entendimos no se podían cruzar pero tampoco se pueden olvidar otras cuestiones importantes: reversibilidad del TD, la empresa exigía que fueran 180 días y CGT 30 días pues entendíamos que ante un cambio fortuito en la vida familiar, personal etc. 180 días era una espera demasiado prolongada, finalmente la empresa lo rebajó a 90 días. Para CGT sigue siendo un tiempo excesivo por los motivos expuestos anteriormente. Sobre las posibilidades para que las personas de nuevo ingreso puedan ejercer el TD, tendrán que esperar a cumplir 1 año de antigüedad, vulnerando así su derecho a acogerse al mismo.
Hay bastantes cuestiones más que se deberán intentar resolver en la Comisión de Seguimiento del acuerdo, solicitada en nuestra plataforma a la que finalmente se sumaron todas las organizaciones, ya que en el primer borrador no se contemplaba. Nos ha sorprendido enormemente que los sindicatos no firmantes del acuerdo estemos en la comisión de seguimiento. No es muy habitual. Hasta ahora siempre se lo guisaban los firmantes. Nos preguntamos por qué ahora sí (¿será el desconocimiento de lo que han firmado?).
Por último, conseguimos se retirasen o modificasen diferentes puntos del acuerdo, una de los más importantes, el punto 6 que hablaba del mantenimiento de todos los derechos, “salvo aquellos derivados de la presencia física en los centros de trabajo”. Con este extraño e inoportuno redactado interpretábamos que nos podrían quitar las Jornadas Partidas, tarjetas restaurante, etc.
De nuevo el colectivo de Administración y Gestión ha perdido la oportunidad de conseguir un buen acuerdo dadas las prisas de la empresa y los firmantes de validar la propuesta antes de irse de vacaciones. Las prisas son siempre malas consejeras.
Desde CGT estaremos atentos y vigilantes para poder denunciar ante la Comisión de seguimiento todas las irregularidades y problemas de todas las personas afectadas por el TD que nos comuniquéis o podamos detectar. Luchando por conseguir judicialmente los derechos que se han quedado en el tintero.
QUE NO TE VENDAN QUE ESTO ES LO MENOS MALO.
POR TUS DERECHOS, AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |