Comunicados
SECTOR | 2 13/01/2026
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RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA RODALIES: LA PAZ SOCIAL SE PAGA
Ayer se constituyó oficialmente la nueva empresa Rodalies de Catalunya SME, S.A., destinada a asumir la gestión directa de las líneas de Cercanías y Regionales en Catalunya. Ya no hablamos de “debates”, de “intenciones” ni de “buenas palabras”: hablamos de hechos consumados.
Mientras nos pedían paciencia, mientras exigían calma a las plantillas y moderación a quienes defendíamos garantías reales, la parte política del acuerdo ya está en fase de ejecución.
UN CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN QUE HABLA POR SÍ SOLO
El nuevo Consejo de Administración estará compuesto por nueve consejeros o consejeras: cinco propuestos por la Generalitat de Catalunya y cuatro por Renfe Viajeros. Entre los propuestos por Renfe, se ha reservado además un asiento “rotatorio” para los sindicatos firmantes de la desconvocatoria de huelga de marzo de 2025 (UGT, CCOO y SEMAF), empezando por UGT. Los medios de comunicación ya presentan la entrada de “los representantes de lxs trabajadorxs”, como moneda de cambio por la desconvocatoria.
PLANIFICARÁN EL TRASPASO DE TRENES Y PERSONAL
Será ese Consejo de Administración quien diseñe el Plan Estratégico de la nueva empresa y que tiene previsto el traspaso de:
• 270 trenes, más los 110 nuevos que llegarán en los próximos meses.
• Cerca de 1.500 trabajadores y trabajadoras y más del 80% proceden de fuera de Catalunya, con expectativas legítimas de movilidad para volver a sus territorios.
• Queda pendiente el traspaso de la línea R1 del Maresme, pero aquí el mensaje político es todavía más claro: la Generalitat asegura que no habrá empresa mixta y que la infraestructura pasará al 100% a la Generalitat (Ifercat), sin calendario definido.
NO HAY DUDAS
Lo político no se detiene. Lo político ya está en ejecución. ¿Y lo nuestro?
¿Dónde está la defensa de las cargas de trabajo de Ingeniería y Mantenimiento, especialmente en remolcado como el taller de Miranda? ¿Dónde está el nuevo modelo que permita la mejora de las condiciones laborales de los Centros de Gestión? ¿Y el IV Convenio, más de 1 año después del inicio de la negociación? De la integridad de las empresas mejor no hablar…
SE HAN REÍDO DE QUIENES LUCHARON
Esta es la conclusión, se han reído del personal ferroviario que secundó huelgas, paros y concentraciones en marzo y abril. Porque el único futuro que ha quedado “blindado” ha sido el suyo: el asiento en el Consejo de Administración.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 09/01/2026 | 1 EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS | ADIF 30/12/2025 | 109 LA RULETA RUSA DEL ADIF |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO LA AUDIENCIA NACIONAL DA LA RAZÓN A CGT EN RESPUESTA AL CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO. | 63 2021-06-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 42 veces | Cómo recordareis, el pasado día 17 de noviembre de 2020 presentamos ante la Audiencia Nacional demanda sobre Conflicto Colectivo con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin que se amorticen días de descanso o festivos durante su cómputo.
RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienzan a contar los días de licencia los aplica a días naturales, sin tener en cuenta el gráfico del/la trabajador/a figurando estos permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
El objetivo de esta acción jurídica es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
La Audiencia Nacional ha sido muy clara fallando “el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8ª del II Convenio Colectivo del Grupo RENFE que mantiene de aplicación el Art. 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para l@s trabajadores/as afectad@s, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo, y demás festivos tienen la condición de laborables para quien tienen jornadas especiales y son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a las empresas demandadas a estar y pasar por esta declaración”
Al tratarse de una sentencia recaída sobre conflicto colectivo, es de inmediato cumplimiento según el art 160.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, independientemente que sea recurrida, por lo que nos hemos dirigido a la empresa para que haga efectiva la misma, y aplique los permisos retribuidos a días de trabajo efectivos, respetando descansos y festivos que pudiesen establecerse en gráfico una vez comenzado el cómputo de los mismos.
CGT está poniendo a RENFE en su sitio en materia de permisos retribuidos. Ya se vio obligada la empresa a acordar en Convenio el comienzo del cómputo de los permisos retribuidos al primer día laborable si el hecho causante se producía en días de descanso o festivo a raíz de una sentencia que CGT ganó en el Tribunal Supremo y ahora conseguimos que se respeten los que se produzcan durante su cómputo.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS. AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

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