Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF QUEREMOS TELETRABAJO EN BUENAS CONDICIONES. ESTE ACUERDO NO ES SUFICIENTE | 61 2021-06-18 |
| COMUNICADO
| Leido: 15 veces | El pasado 16 de junio, la dirección de ADIF firmó el acuerdo de trabajo a distancia con el apoyo de la mayoría de los sindicatos del Comité General de Empresa, incorporándose así al convenio colectivo y cuya aplicación comenzará a aplicarse cuando finalice la situación excepcional de crisis sanitaria.
El derecho a la modalidad de trabajo a distancia es una reivindicación muy sentida entre el colectivo de administración y gestión. Desde hace años, CGT apuesta por una regulación de esta modalidad organizativa en todos los puestos de trabajo en los que sea posible su establecimiento. Sin embargo, la dirección de la empresa se ha negado a regularlo porque prefería aplicarlo a dedo y sin regulación.
Desde CGT tenemos claro que este acuerdo supone un avance considerable y una mejora respecto a la situación de desregulación total de la que veníamos. Facilitando que cuando se supere la crisis sanitaria algunas personas trabajadoras puedan hacer teletrabajo, si su subdirección lo permite, se respete el horario, las retribuciones o el reconocimiento del derecho a la desconexión digital.
Sin embargo, el acuerdo también presenta importantes limitaciones. El acuerdo no recoge el compromiso de la empresa de elaborar junto con la representación de las personas trabajadoras un catálogo de puestos de trabajo en los que es posible el teletrabajo.
Desde CGT siempre hemos apostado por una transparencia total en el proceso con la publicación de un listado de puestos susceptibles de realizarse a distancia, además de incluir en los listados de las movilidades un apartado en el que se establezca que puestos tienen posibilidad de modalidad de trabajo a distancia. Motivo principal por el que nuestra afiliación se ha pronunciado en contra de la firma del acuerdo. En la práctica esto se traduce en que los subdirectores que estén a favor del teletrabajo permitirán realizarlo en sus equipos y quienes sean reacios, no lo permitirán.
Por otro lado, en cuanto a la dotación de medios, solo se mencionan los informáticos, pero no se tiene en cuenta el mobiliario adecuado (en especial una silla ergonómica), o material de primeros auxilios. Ni se hace mención de la compensación de otros gastos que se generan: luz, calefacción, teléfono, etc.
Desde la comisión de seguimiento seguiremos reclamando un teletrabajo en buenas condiciones, con derechos y garantías, y perseguiremos un catálogo de puestos que recoja los puestos que pueden realizarse en teletrabajo según criterios objetivos.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|