Comunicados
S.AUX-AT.CLI | 17 25/02/2021
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1 AÑO MÁS TARDE En el día de hoy y casi un año después, se ha vuelto a reunir la Comisión Negociadora del V Convenio Sectorial Estatal de Servicios Auxiliares y Atención al Cliente.
Como era de esperar, AGESFER Y UNECOFE han planteado que desean un inicio de negociación en la que se tengan en cuenta las pérdidas económicas derivadas de la pandemia. Por nuestra parte, hemos planteado que, en nuestra realidad de clase trabajadora, los efectos de la pandemia también se han hecho patentes de una forma mucho más profunda y que desde esa realidad, no vamos a permitir que sean las trabajadoras las que vuelvan a pagar las consecuencias de esta crisis.
Desde CGT tenemos claro que no ha sido este año y fruto de la acción de la Covid-19 el único año “pandémico”, las trabajadoras venimos sufriendo pandemias año tras año y convenio tras convenio, con resultado de unas malas condiciones económicas, laborales y sociales. Por lo que a la Covid-19 le pondremos su vacuna y a nuestras pandemias un mejor convenio colectivo.
El próximo 12 de marzo se celebrará una nueva reunión en la que la patronal expondrá su valoración sobre las plataformas de convenio entregadas hace un año. Esperamos y deseamos, que su punto de partida para la negociación no esté a años luz de las demandas sociales y que no se basen principalmente en el aumento de las ganancias económicas por encima de cualquier otro principio.
Seguiremos informando e intentando negociar el mejor convenio posible que cubra las necesidades reales del colectivo y en el menor tiempo posible. Algo que conseguiremos si la unión sindical se mantiene, pues las plataformas reivindicativas presentadas hace un año así lo expresaban.
CON TU APOYO E IMPLICACIÓN LO CONSEGUIREMOS.
NO LO DUDES, AFÍLIATE A CGT.
 COMUNICADO
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 ADIF 24/02/2021 | 16 UNA NUEVA TRAICIÓN Y VAN ………… | ADIF 24/02/2021 | 15 CONTINUAMOS LAS CONCENTRACIONES POR EL DESPIDO DE UN COMPAÑERO TRAS SOLICITAR CONCILIACIÓN Y DENUNCIAR ACOSO LABORAL |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | 6 2021-01-18 |
| COMUNICADO
 | Leido: 10 veces | El Tribunal Supremo (TS), en reciente sentencia nº 1137/2020 de fecha 29 de Diciembre de 2020, resolviendo un recurso de casación para unificación de doctrina, ha modificado la posición que había mantenido hasta el momento en lo concerniente a los contratos de Obra y Servicio.
Dicha sentencia, viene a decir y de forma breve, que vincular la duración de los contratos temporales por Obra y Servicio determinado, suscritos con l@s trabajadores/as, con la duración concreta del contrato mercantil suscrito entre las empresas, principal y la contratista, es desnaturalizar la relación laboral (recordemos que el contrato típico es el indefinido). Lo que hasta ahora ha provocado, que el contrato indefinido se torne atípico (no común), facilitando unas tasas de temporalidad en nuestro mercado laboral que, de ninguna manera, es la pretensión del legislador y la Ley.
En concreto, el TS expone: “la autonomía e identidad de la contrata, justificativa de la contratación, se desdibuja al convertirse en una actividad que, por sus características de reiteración a través de sucesivas ampliaciones renegociaciones, evidencia que la empresa necesariamente ha incorporado ya a su habitual quehacer, pese a lo cual ha mantenido el mismo contrato de obra o servicio” y por tanto, plantea la ilicitud de “acudir a este tipo de contrato temporal cuando la actividad de la empresa no es otra que la de prestar servicios para terceros y, por consiguiente, desarrolla las relaciones mercantiles con los destinatarios de tales servicios a través de los oportunos contratos en cada caso”.
Así mismo, el TS se hace eco de la enorme tasa de temporalidad existente en el mercado laboral español y la vinculación de ésta a los contratos de Obra y Servicio determinado, que en multitud de casos, encierra la prestación de la actividad propia, regular y ordinaria de la empresa principal, careciendo por tanto la subcontratación de autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
El sector ferroviario es un claro ejemplo de este tipo de prácticas, donde las empresas privadas prestan servicios propios de las empresas matrices (RENFE y ADIF) y continuados en el tiempo, vinculados a una falsa temporalidad, siendo este un elemento indicativo de la precariedad laboral existente.
CGT se va a dirigir por escrito a las distintas empresas que prestan servicios licitados en el ámbito del sector ferroviario exigiendo la aplicación de esta nueva doctrina del TS a los contratos de sus trabajadores/as, que deben de pasar de temporales a indefinidos, poniéndonos a disposición de l@s trabajadores/as afectad@s para asesorar e interponer las actuaciones jurídicas necesarias de encontrase en esta situación.
CGT CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL.
ELIGE CGT
Comunicado

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