Comunicados
ADIF ACERCA/CLECE | 71 29/05/2023
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ADIF ACERCA O CÓMO MACHACAR A L@S TRABAJADORES Las condiciones en las que la empresa Clece (antes Ilunion) obliga a trabajar a l@s compañeras y compañeros del Servicio Adif Acerca continúan siendo propias de una época en la que no existían ni leyes ni derechos laborales. Todo bajo la connivencia de Adif.
Sancionadas por la Inspección de Trabajo
Desde 2021 las empresas adjudicatarias del Servicio Adif Acerca de Asistencia a Personas con Discapacidad y/o movilidad reducida han sido requeridas y sancionadas por la Inspección de Trabajo en diversas ocasiones por las condiciones laborales en las que trabaja la plantilla. Entre otras por:
• Ausencia de un local de descanso adecuado, donde poder ubicarse en los tiempos de espera, separada de la sala destinada a los usuarios de la estación.
• Vestuarios y taquillas que no cumplen con la normativa legal y reglamentaria aplicable que garanticen una utilización cómoda de los mismos y con asientos separados para hombres y mujeres.
A pesar de que estas deficiencias suponen un incumplimiento muy grave de las condiciones recogidas en el Contrato entre Clece y Adif, esta última, como empresa pública y responsable, ni adopta medidas ni insta a Clece al cumplimiento de los requerimientos.
Por todo lo expuesto, nos hemos dirigido mediante burofax al Gerente de Clece, al Director General de Negocio y Operaciones Comerciales y a la Subdirectora de Prevención de Riesgos Laborales de Adif para que inicien las tareas para corregir los defectos detectados, avisando que, de lo contrario, nos veremos en la obligación de interponer una demanda ante la Justicia contra ambas empresas.
Un servicio muy exigente
El servicio Adif Acerca requiere de un gran esfuerzo físico y mental por parte de l@s compañeros y compañeras. En muchas ocasiones es un trabajo desarrollado por personas con discapacidad, que en algunos casos no llegan ni a cobrar el salario mínimo.
Desde CGT consideramos que, tras más de 18 meses desde el primer requerimiento, la no subsanación de las deficiencias detectadas por la Inspección de Trabajo supone un principio de mala fe empresarial.
Desde CGT trabajaremos para que los compañeros y compañeras tengan las condiciones laborales que se merecen: sin explotación, sin discriminación, con todos los derechos.
ADIF ACERCA: ES EL MOMENTO DE CGT
 COMUNICADO
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 ADIF 26/05/2023 | 70 35 HORAS: INTRAHISTORIA DE UNA REUNIÓN | RENFE 26/05/2023 | 69 ¿JORNADA DE 35 HORAS? “PATADÓN Y P’ARRIBA” |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL FERROVIAL CONDENADA POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES POR DISCRIMINACIÓN. UNA AFILIADA A CGT DEBE SER INDEMNIZADA CON 3.000€. | 1 2021-01-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 16 veces | Ferrovial ha sido condenada recientemente por vulneración de derechos fundamentales a una compañera, afiliada a CGT, al obligarle a renunciar a su reducción de jornada concedida por cuidado de hijos menores para poder tomar posesión de la categoría de Jefa de Tripulación, que había obtenido al superar las pruebas exigidas en la convocatoria de ascenso en la que había participado.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 24 de Junio de 2020 dictó sentencia en la que se confirmaba la ya emitida por el Juzgado de lo Social de Madrid en fecha 29 de Junio de 2019, y que FERROVIAL había recurrido en suplicación. Sentencia que fue muy contundente a la hora de establecer la existencia de vulneración de derechos fundamentales, existiendo una clara discriminación hacia la trabajadora. Tras perder el recurso, y ante esta sentencia, la empresa ha decidido no interponer recurso de casación en unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, lo que supone la firmeza de la resolución judicial y una victoria contra los abusos de derechos a los que esta empresa, lamentablemente, nos tiene bastante acostumbrad@s a cometer.
La convocatoria para la cobertura de plazas de jefe/a de tripulación introducía una distribución irregular de las jornadas de trabajo, estableciendo en una de sus cláusulas, la renuncia a las concreciones de reducción y de adaptación de jornada que tuviese concedida previamente, y que la compañera disfrutaba por cuidado de sus hijos. La empresa obligaba a firmar un acuerdo individual a cada trabajador participante en la convocatoria, a lo que la trabajadora se negó, lo que produjo que la empresa le negase la categoría que había adquirido.
Desde CGT tuvimos claro de inmediato, junto a la compañera afectada, que no íbamos a dejar pasar un ataque de tal importancia ante derechos contemplados en la legislación laboral y que protegen a las progenitoras, en este caso a la madre, y por supuesto a los menores que deben tener una atención adecuada, sin que todo ello suponga discriminar o marginar a nadie del legítimo derecho a la promoción profesional.
Desde CGT celebramos esta victoria judicial y creemos que debe poner coto a los abusos empresariales que solo contemplan la producción, olvidando que las trabajadoras somos personas y gozamos de unos derechos fundamentales que no se pueden conculcar.
Por último, CGT hace un llamamiento a la plantilla de FERROVIAL para no tolerar estos abusos, reaccionando en bloque y dejando desiertos este tipo de concursos que abusan de nuestros derechos básicos.
CGT CONTRA LA DISCRIMINACIÓN Y POR TUS DERECHOS. LUCHA CON CGT
Comunicado

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