Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SERVICIOS MÍNIMOS INFRAESTRUCTURA… ¡UNA PROVOCACIÓN DELIRANTE! | 111 2020-10-08 |
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| Leido: 23 veces | En el día de ayer se reunió el Comité de Huelga de CGT con la empresa para intentar alcanzar un acuerdo en los Servicios Mínimos (SS.MM.), que afectarán a los paros convocados por el SFF-CGT para los meses de octubre y noviembre en Infraestructura.
Nuestra sorpresa y cabreo ha sido mayúsculo cuando hemos podido comprobar que la propuesta de la Empresa para los Servicios Mínimos introduce cambios sustanciales en la consideración de lo que se contempla como causas que motivan los SS.MM. que tienen una afectación brutal a la capacidad de incidencia del derecho a la huelga de los trabajadores y trabajadoras afectad@s. Nos referimos a la aparición por primera vez en la historia de los SS.MM en Adif de la obligación de realizar mantenimientos y trabajos programados. Según la propuesta, se nos va a obligar a realizar prácticamente todas las funciones de un día de trabajo normal, desarbolando toda nuestra capacidad de huelga. Es un ataque sin precedentes a un derecho fundamental que tanto nos ha costado conseguir a la clase trabajadora.
En todas y cada una de las propuestas de SS.MM. que ha presentado la empresa y que luego se convierten en Resoluciones Ministeriales de Servicios Mínimos, a las innumerables huelgas convocadas por CGT, desde que tenemos conocimiento histórico, nunca se han atrevido a ir más allá de lo que es la exploración y vigilancia de vía, atención de las averías, incidentes, accidentes que pudieran ocurrir en periodo de huelga y que necesitaran de una intervención del personal de Mantenimiento para asegurar la circulación de los trenes y maniobras. En el caso de que se valide esta maniobra caciquil por el Ministerio correspondiente, denunciaremos directamente al gobierno, formado por PSOE-Podemos, de maniobrar contra el derecho fundamental de l@s trabajadores/as, así como validar este modelo de FF.CC., en el que no les importa, ni la esquilmación de las arcas públicas con tal de satisfacer las ansias depredadoras de nuestros “empresarios modelos”, ni las condiciones laborales de la clase trabajadora, cada vez más precarias, ni el aumento de la accidentabilidad y su gravedad debido a las presiones que sufren l@s trabajadores/as de empresas externas, ni la defensa del FF.CC. público, social y sostenible.
Esta situación, sumada a las imposiciones de un nuevo modelo de mantenimiento e Instrucciones Técnicas, incluso al incumplimiento de los mismos Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares de las Licitaciones del Mantenimiento que el propio Adif publica como normas a cumplir antes y durante la adjudicación de los contratos de mantenimiento, y afectan a las funciones y responsabilidades del personal de Infraestructura de Adif y que son el origen de los paros convocados por CGT, supone un peligroso precedente del despotismo con el que la empresa pretende actuar en lo que respecta a las condiciones y derechos laborales de l@s trabajadores/as de ADIF.
Lejos de tratar de buscar un acuerdo, podemos contemplar que las intenciones de la empresa van en sentido contrario, el de aumentar la conflictividad.
Como no puede ser de otra manera, en CGT no nos vamos a arrugar y vamos a luchar con todas nuestras fuerzas hasta en el último estamento judicial estatal y europeo contra esta “cacicada”, empezando por solicitar medidas cautelares si es preciso, con el fin de restaurar el legítimo derecho de huelga de los trabajadores y trabajadoras de Adif. A su vez vamos a reclamar a la Empresa la compensación pertinente por el daño que por esto infringirá a los intereses legítimos de los y las trabajadoras de Adif y al propio sindicato.
NO VAMOS A DAR MARCHA ATRÁS Y NO CONSEGUIRÁN DETENERNOS.
CGT GARANTIZA TU SEGURIDAD Y TUS DERECHOS.
APOYA ESTAS MOVILIZACIONES
Comunicado
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