Comunicados
RENFE | 34 06/04/2021
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CAMBIOS EN LA MOVILIDAD DE CONDUCCIÓN 2.0 Después de resaltar los puntos positivos (ya citados en el anterior comunicado) sobre el acuerdo alcanzado en la Comisión Negociadora del II Convenio del Grupo Renfe iniciada el 25 de marzo y donde se trata el Punto primero del acta de desconvocatoria de huelga de fecha 12 de febrero de 2021 promovida por SEMAF (cuyos beneficios darían para una temporada de “Expediente X”) procedemos a enumerar las pérdidas de derecho que se han producido y que son las razones por las que CGT no ha apoyado este acuerdo.
-Uso de un sondeo de intenciones como petición de movilidad, perjudicando claramente a todo el colectivo que no pudo participar en la movilidad de 2020 (ya que no hubo) y a l@s compañer@s cuya permanencia en tráficos transfronterizos termina próximamente.
-Perjuicio para l@s compañer@s que obtuvieron plaza en la resolución definitiva de la movilidad PO 15/2019 y que ven ahora como se adjudican plazas, que ellos solicitaron, a personal que permanecía en la lista de Reserva de dicho proceso y a los citados anteriormente del sondeo de intenciones.
Este “triunfo” solo ha sido posible gracias a la intervención de UGT y SEMAF. Desde CGT creemos que esta vulneración de los derechos sienta un peligroso precedente, y es además un ataque al colectivo en su conjunto con tal de que ganen unos pocos.
En CGT pensamos y así lo defendimos, que la mejor forma de proceder en la movilidad, era mediante la publicación de un nuevo proceso de movilidad de forma inmediata y su resolución se llevara a cabo con transparencia y celeridad.
Una vez más, l@s trabajadores/as serán los pagadores de las consecuencias de una Pandemia mal gestionada, que ha provocado retrasos injustificados y damnificad@s allá donde se mire. Por no hablar, del incumplimiento normativo que se está llevando a cabo y que se pretende tapar con un acuerdo in extremis por parte de una mínima mayoría de la representación sindical del CGE.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 06/04/2021 | 33 CAMBIOS EN LA MOVILIDAD DE CONDUCCIÓN 1.0 | ADIF 05/04/2021 | 32 EL 14 DE ABRIL ADIF DEBERÁ PUBLICAR EL REGISTRO SALARIAL POR CATEGORÍA Y SEXO |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DERECHO A LA CONCILIACIÓN FAMILIAR: ADAPTACIÓN DE JORNADA Y TELETRABAJO | 35 2020-03-06 |
| COMUNICADO
 | Leido: 2 veces | La CONCILIACIÓN es un derecho que aplica a trabajadores y trabajadoras de ADIF, RENFE y otras empresas; ya sean públicas o privadas; con contrato indefinido o temporal, a tiempo completo o tiempo parcial. Por supuesto, es un derecho igual para hombres y mujeres, porque cuidar a nuestros pequeños y a nuestros mayores es una responsabilidad de tod@s. Este derecho incluye la solicitud de un turno fijo (concreción de jornada) o hacer parte de la jornada en teletrabajo.
La adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo está recogida en el artículo 2 del RD-Ley 6/2019, que modifica el apartado 8 del artículo 34 del Estatuto de los trabajadores: “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.”
Este nuevo derecho de adaptación de la jornada sin reducción es compatible con el ya existente de reducción de jornada con deducción salarial. Es posible, por lo tanto, reducir la jornada en un 50% con reducción salarial y adaptar el resto de la jornada.
La forma de ejercer este derecho debe negociarse entre la empresa y la representación sindical, pero no es necesario esperar a su inclusión en el convenio para su disfrute. CGT ha reclamado a la dirección de la empresa que negocie una normativa concreta que establezca la forma de solicitar y ejecutar la adaptación de la jornada para los distintos puestos de trabajo.
Por otro lado, el teletrabajo es una medida de conciliación recogida en la cláusula 15ª del II Convenio Colectivo, “…con el fin de posibilitar en la mayor medida posible la incorporación laboral y los principios de conciliación familiar…”
Desde CGT y el resto de organizaciones, hemos reclamado a la dirección de Adif y Adif AV que negocie una normativa de teletrabajo, tal y como se comprometió en el II Convenio Colectivo. Han pasado varios meses y la dirección ni siquiera se ha dignado responder a la multitud de peticiones que hemos hecho para que se retomen esta y todas las negociaciones del II convenio colectivo, el cumplimiento de la legislación laboral y de los acuerdos firmados no está dentro de sus prioridades.
Ante esta situación, desde CGT seguiremos reclamando a la dirección que negocie la adaptación de la jornada y el teletrabajo, pero también animamos a los trabajadores y trabajadoras a que ejerzan sus derechos y aquellos que lo necesiten, soliciten la adaptación de la jornada para el cuidado de menores y familiares dependientes, incluyendo, para los casos en los que la naturaleza del puesto lo permita, la modalidad de teletrabajo.
Si estás interesad@ en solicitar la adaptación de la jornada por conciliación familiar, incluyendo en su caso la modalidad de teletrabajo, ponte en contacto con los/as delegados sindicales de CGT o escríbenos un correo a sff-cgt@cgt.es
CGT POR LA CONCILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT
Comunicado

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