Comunicados
RENFE | 103 08/08/2022
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CATEGORÍAS DE INGRESO. ¿SABÍAIS QUÉ…? L@s compañer@s Operadores de Ingreso N2 procedentes de la Oferta de Empleo Público 2022 (tanto del colectivo de Talleres como de Comercial) se están incorporando a lo largo de esta semana y de la pasada a sus residencias asignadas, iniciando su andadura profesional en el Grupo Renfe. Desde CGT queremos unirnos a su alegría y celebrar su incorporación a la empresa pública donde, en comparación con el salvaje oeste neoliberal que supone la empresa privada, contamos con unas condiciones laborales y salariales algo mejores.
Pero en CGT tenemos la transparencia como una de nuestras señas de identidad y no queremos engañar a nadie. Poneros las botas, compañer@s de Ingreso, que vamos a bajar al barro:
¿Sabíais que la merma de salario que percibís los dos primeros años respecto a la categoría de entrada (un 30% menos de salario durante los dos primeros años y un 15% menos durante los 6 meses siguientes) recogida en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe fue firmada por SEMAF, UGT y CCOO? ¿Sabíais que en el I CC la situación era todavía peor, que la merma de salario se prolongaba durante cinco años y que aquel convenio lo firmaron SEMAF, UGT, CCOO y SF?
Cuando sus representantes se pasen a visitaros por las taquillas y los talleres y os vendan la moto de que están trabajando y en el pasado han trabajado por mejorar vuestras condiciones laborales decidles que no sois tontos, que sabéis que desde el principio firmaron adaptar las retribuciones “a las condiciones actuales de mercado” (extracto literal del I CC), es decir, precarizar vuestros salarios. Pedidles que os expliquen por qué han firmado que personas que realizan las mismas funciones cobren salarios diferentes y luego nos contáis sus respuestas: Verlos sudar haciendo malabares dialécticos nos resulta muy divertido.
Y al respecto de las funciones queríamos comentar otro asunto: ¿Sabíais que la única diferencia entre las funciones de un Operador de Entrada y uno de Ingreso es que el de Entrada “tutelará la formación práctica de los Operadores de Ingreso”? Es decir, que un Operador de Ingreso no debería formar a sus compañer@s de Ingreso, es decir, a vosotr@s (enlace al desarrollo profesional).
La empresa apela a la solidaridad, a la costumbre, al buen hacer de sus profesionales, etc. Para tapar la doble injusticia que estáis sufriendo: Crearon la categoría de Ingreso para ahorrarse un buen porcentaje en vuestros salarios y ahora además os piden hacer las funciones que ni siquiera están en vuestro desarrollo profesional.
Mientras os hablaban del Código Ético, de Compliance, de transparencia… en vuestras recientes formaciones; piden a vuestr@s compañer@s, en privado y en voz baja, que os formen, que les hagan el favorcillo. Un poco feo, ¿no?
LOS MALABARISMOS PARA EL CIRCO,
CGT PARA TU REPRESENTACION SINDICAL
 COMUNICADO
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 ADIF 04/08/2022 | 102 RATIFICAN EL PACTO DE COLOCACIÓN | RENFE 29/07/2022 | 101 LA HIPOCRESÍA EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DERECHO A LA CONCILIACIÓN FAMILIAR: ADAPTACIÓN DE JORNADA Y TELETRABAJO | 35 2020-03-06 |
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 | Leido: 12 veces | La CONCILIACIÓN es un derecho que aplica a trabajadores y trabajadoras de ADIF, RENFE y otras empresas; ya sean públicas o privadas; con contrato indefinido o temporal, a tiempo completo o tiempo parcial. Por supuesto, es un derecho igual para hombres y mujeres, porque cuidar a nuestros pequeños y a nuestros mayores es una responsabilidad de tod@s. Este derecho incluye la solicitud de un turno fijo (concreción de jornada) o hacer parte de la jornada en teletrabajo.
La adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo está recogida en el artículo 2 del RD-Ley 6/2019, que modifica el apartado 8 del artículo 34 del Estatuto de los trabajadores: “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.”
Este nuevo derecho de adaptación de la jornada sin reducción es compatible con el ya existente de reducción de jornada con deducción salarial. Es posible, por lo tanto, reducir la jornada en un 50% con reducción salarial y adaptar el resto de la jornada.
La forma de ejercer este derecho debe negociarse entre la empresa y la representación sindical, pero no es necesario esperar a su inclusión en el convenio para su disfrute. CGT ha reclamado a la dirección de la empresa que negocie una normativa concreta que establezca la forma de solicitar y ejecutar la adaptación de la jornada para los distintos puestos de trabajo.
Por otro lado, el teletrabajo es una medida de conciliación recogida en la cláusula 15ª del II Convenio Colectivo, “…con el fin de posibilitar en la mayor medida posible la incorporación laboral y los principios de conciliación familiar…”
Desde CGT y el resto de organizaciones, hemos reclamado a la dirección de Adif y Adif AV que negocie una normativa de teletrabajo, tal y como se comprometió en el II Convenio Colectivo. Han pasado varios meses y la dirección ni siquiera se ha dignado responder a la multitud de peticiones que hemos hecho para que se retomen esta y todas las negociaciones del II convenio colectivo, el cumplimiento de la legislación laboral y de los acuerdos firmados no está dentro de sus prioridades.
Ante esta situación, desde CGT seguiremos reclamando a la dirección que negocie la adaptación de la jornada y el teletrabajo, pero también animamos a los trabajadores y trabajadoras a que ejerzan sus derechos y aquellos que lo necesiten, soliciten la adaptación de la jornada para el cuidado de menores y familiares dependientes, incluyendo, para los casos en los que la naturaleza del puesto lo permita, la modalidad de teletrabajo.
Si estás interesad@ en solicitar la adaptación de la jornada por conciliación familiar, incluyendo en su caso la modalidad de teletrabajo, ponte en contacto con los/as delegados sindicales de CGT o escríbenos un correo a sff-cgt@cgt.es
CGT POR LA CONCILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT
Comunicado

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