Comunicados
ADIF | 70 26/05/2023
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35 HORAS: INTRAHISTORIA DE UNA REUNIÓN 35 HORAS: INTRAHISTORIA DE UNA TRAICIÓN
¡5 minutos! Eso es lo que dedicó la empresa a exponer su postura en un tema tan relevante para l@s trabajador@s como es el de la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas.
MALOS AUGURIOS
Ayer se reunió la Mesa de Jornada, que negocia la forma en que se aplicará la reducción de jornada a 35 horas en todas las áreas de la empresa. Adif contempla dos escenarios:
- Para personal a 3 turnos y descansos rotativos: cada Comité provincial negociaría nuevos gráficos de servicio con una jornada anual de 1536 horas. Pero, ¡atención!, desde el preacuerdo de jornada, ya no es obligatoria la jornada de 8 horas.
- Para el resto de personal: reducción de jornada en minutos, bien con jornadas diarias de 7 horas y media, bien con “jornada intensiva” en verano.
No nos sorprende: la propuesta de la empresa no contempla reducción en días. Así que nos tendrá enfrente.
INTRAHISTORIA DE UNA TRAICIÓN
Primero fue la Norma Marco de Movilidad, después, la figura del Coordinador/a de Trabajos… El 16 de marzo CCOO, UGT y SCF firmaron acabar con un derecho adquirido con mucho esfuerzo, como es la cláusula 8ª del Convenio Colectivo, que recogía una jornada de 8 horas.
Insisten en sus comunicados en que apuestan porque la reducción se aplique en días completos, pero la realidad es que firmando ese preacuerdo han puesto la bandeja de plata para que la empresa aplique la reducción de jornada a su antojo.
Tenemos memoria, y recordamos que hicieron lo mismo en Renfe, proclamando manzanas y firmando peras. Allí tragaron con la reducción de jornada en minutos. Y después, silbando, miraron para otro lado.
NO NOS MOVERÁN
En CGT, nuestra postura es muy clara:
• 14 días de reducción (los famosos RJ)
• que la Cláusula 8ª de nuestro convenio vuelva a reconocer que la jornada anual se computa en jornadas de 8 horas
• La negociación de la reducción no puede superar el 30 de junio como límite para alcanzar un acuerdo, en el Comité General de Empresa o en los comités provinciales.
Hemos sido transparentes: con el preacuerdo de marzo, CCOO-UGT-SCF permitían a la empresa establecer la reducción de jornada en minutos, justo lo que ahora está planteando Adif en la mesa de negociación (¡Oh, qué casualidad!). En CGT nos opusimos a ese preacuerdo y nos movilizamos en dos huelgas de 23 horas. Y volveremos a luchar si no nos dejan otra salida.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 26/05/2023 | 69 ¿JORNADA DE 35 HORAS? “PATADÓN Y P’ARRIBA” | RENFE 25/05/2023 | 68 EMPEORAN EL III CONVENIO COLECTIVO. GRATIS |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT PRESENTA CONFLICTO COLECTIVO POR LA JUBILACIÓN PARCIAL DEL PERSONAL DE TALLERES. | 90 2020-07-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 12 veces | Tal y como avanzamos en el comunicado nº 38 de fecha 16 de marzo de 2020, CGT ha presentado Demanda de Conflicto Colectivo en la que exigimos la aplicación del Real Decreto Ley 20/2018 para el personal de fabricación y mantenimiento, que implica una mejora respecto a los requisitos de edad para acceder a la jubilación parcial que el actual convenio colectivo no les reconoce y que fue “olvidado” por los firmantes.
Este Real Decreto Ley, de manera sintética, establece que al personal encuadrado en industrias manufactureras se le aplique la regulación anterior a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Y que por lo tanto, la edad de acceso a la jubilación parcial debe ser de 61 años, lejos de los 61 años y 10 meses de edad con 35 años o más, cotizados en el momento del hecho causante y de 62 años y 8 meses en el caso de tener cotizados 33 años en el momento del hecho causante que se contempla para el año 2020.
CGT siempre ha apostado por la aplicación de la jubilación parcial con contrato de relevo como la mejor forma de conseguir el rejuvenecimiento de la plantilla, a la vez que l@s trabajador@s más veteran@s llegan antes al merecido descanso tras muchos años de esfuerzo y de cotización. Nos movilizamos en solitario por ello, al resto les parece dar igual, y si existe base legal para que los trabajadores puedan acceder a ella debemos trabajar en este sentido, dado que la empresa no va a mover ni un dedo en mejorar nuestras condiciones de trabajo y de acceso a la jubilación.
Por lo tanto, si el trabajador que solicite el acceso a la jubilación parcial realiza directamente funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera y acredite un período de antigüedad en la empresa de, al menos, seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial, entendemos que debe ser reducida la edad de acceso a la jubilación parcial a los 61 años.
Toda vez que RENFE FABRICACIÓN Y MANTENIMIENTO tiene como actividad principal la fabricación, mantenimiento y transformación de material rodante, la reparación de componentes ferroviarios entre otras y que la empresa está clasificada, de acuerdo con el Código Nacional de Actividad Económica en la categoría 3020-Fabricación de Locomotoras y material ferroviario, entendemos que se circunscribe a la misma la aplicación del Real Decreto Ley. La empresa se ha negado a conciliar en la Dirección General de Trabajo, por lo que el Conflicto Colectivo se ha presentado para recuperar un derecho que al personal de talleres le corresponde.
CGT POR LOS DERECHOS DEL COLECTIVO DE TALLERES
AFÍLIATE A CGT
Comunicado

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