Comunicados
RENFE | 103 08/08/2022
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CATEGORÍAS DE INGRESO. ¿SABÍAIS QUÉ…? L@s compañer@s Operadores de Ingreso N2 procedentes de la Oferta de Empleo Público 2022 (tanto del colectivo de Talleres como de Comercial) se están incorporando a lo largo de esta semana y de la pasada a sus residencias asignadas, iniciando su andadura profesional en el Grupo Renfe. Desde CGT queremos unirnos a su alegría y celebrar su incorporación a la empresa pública donde, en comparación con el salvaje oeste neoliberal que supone la empresa privada, contamos con unas condiciones laborales y salariales algo mejores.
Pero en CGT tenemos la transparencia como una de nuestras señas de identidad y no queremos engañar a nadie. Poneros las botas, compañer@s de Ingreso, que vamos a bajar al barro:
¿Sabíais que la merma de salario que percibís los dos primeros años respecto a la categoría de entrada (un 30% menos de salario durante los dos primeros años y un 15% menos durante los 6 meses siguientes) recogida en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe fue firmada por SEMAF, UGT y CCOO? ¿Sabíais que en el I CC la situación era todavía peor, que la merma de salario se prolongaba durante cinco años y que aquel convenio lo firmaron SEMAF, UGT, CCOO y SF?
Cuando sus representantes se pasen a visitaros por las taquillas y los talleres y os vendan la moto de que están trabajando y en el pasado han trabajado por mejorar vuestras condiciones laborales decidles que no sois tontos, que sabéis que desde el principio firmaron adaptar las retribuciones “a las condiciones actuales de mercado” (extracto literal del I CC), es decir, precarizar vuestros salarios. Pedidles que os expliquen por qué han firmado que personas que realizan las mismas funciones cobren salarios diferentes y luego nos contáis sus respuestas: Verlos sudar haciendo malabares dialécticos nos resulta muy divertido.
Y al respecto de las funciones queríamos comentar otro asunto: ¿Sabíais que la única diferencia entre las funciones de un Operador de Entrada y uno de Ingreso es que el de Entrada “tutelará la formación práctica de los Operadores de Ingreso”? Es decir, que un Operador de Ingreso no debería formar a sus compañer@s de Ingreso, es decir, a vosotr@s (enlace al desarrollo profesional).
La empresa apela a la solidaridad, a la costumbre, al buen hacer de sus profesionales, etc. Para tapar la doble injusticia que estáis sufriendo: Crearon la categoría de Ingreso para ahorrarse un buen porcentaje en vuestros salarios y ahora además os piden hacer las funciones que ni siquiera están en vuestro desarrollo profesional.
Mientras os hablaban del Código Ético, de Compliance, de transparencia… en vuestras recientes formaciones; piden a vuestr@s compañer@s, en privado y en voz baja, que os formen, que les hagan el favorcillo. Un poco feo, ¿no?
LOS MALABARISMOS PARA EL CIRCO,
CGT PARA TU REPRESENTACION SINDICAL
 COMUNICADO
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 ADIF 04/08/2022 | 102 RATIFICAN EL PACTO DE COLOCACIÓN | RENFE 29/07/2022 | 101 LA HIPOCRESÍA EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE INTERVENCIÓN: CGT PRESENTA DEMANDA DE IMPUGNACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO POR EL PREAVISO DE DESCANSOS DETRAIBLES DE LOS SSB. | 89 2020-07-14 |
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 | Leido: 4 veces | CGT ha presentado demanda ante la Audiencia Nacional impugnando parcialmente el vigente Convenio Colectivo del Grupo RENFE ante el incumplimiento de los plazos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores de cinco días mínimo, para avisar al trabajador de la distribución irregular de su jornada.
Los firmantes del actual Convenio Colectivo ignoraron este plazo, que constituye derecho mínimo, y sobre que el convenio puede mantener o mejorar, pero nunca empeorar, y no modificaron el texto que regula esta materia, y que desde CGT estamos intentando que se cumpla con lo establecido legalmente.
El artículo I.2 del Acuerdo de Desarrollo de la Cláusula 31ª del XIV Convenio Colectivo incorporado en la Cláusula 5º del XV Convenio Colectivo para los trabajadores de RENFE VIAJEROS, que regula la jornada irregular de los Supervisores Comerciales a Bordo establece, que se pueden detraer hasta 7 descansos anuales en los que la empresa te puede requerir para tareas directamente relacionadas con la producción o formación mediante “un preaviso mínimo de 48 horas de antelación a la prestación del servicio, o durante la jornada laboral del último día del ciclo de cinco días de trabajo cuando se trate del tercer descanso; debiendo recaer en el primer o tercer día del ciclo de tres descansos, cuando solamente se trate de un descanso”
Además, este acuerdo incluye que “La Dirección de la Empresa podrá requerir, con 48 horas de antelación, dos descansos juntos cuando las necesidades productivas consistan en dos turnos con pernoctación fuera de la residencia entre los dos turnos.
Este Acuerdo, no firmado por CGT, supone el incumplimiento de lo establecido en el Art 34.2 del ET que establece como plazo mínimo de aviso al trabajador de 5 días para conocer el día y la hora en la que se debe prestar servicio respecto a la regulación de la distribución de la jornada irregular de los trabajadores, lo que empeora claramente el derecho de conciliación de la vida familiar y laboral, dejando en manos de la empresa una potestad que el E.T. no permite.
Desde CGT entendemos que son de aplicación las Sentencias del Tribunal Supremo de fecha 14 de abril de 2014 y de 11 de diciembre de 2019, que dejan claro la obligación del cumplimiento del art 34.2 del ET, y por lo tanto, la nulidad de todo acuerdo que no respete estos mínimos.
CGT seguirá peleando para que los derechos de los trabajadores se respeten y en este caso, los SSB tengan derecho a una conciliación de la vida familiar y laboral digna.
CGT POR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
AFILIATE
Comunicado

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