Comunicados
ADIF | 1 09/01/2026
|
|
EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS
¿Quién dijo que ya no se escribían cartas? El género epistolar triunfa en Adif. El Comité General de Empresa (CGE) se ha convertido en un gran escriba dedicado a redactar una cartita cada dos meses para presionar con fuerza a la empresa. La dirección ya siente su aliento en la nuca y se puede oler su pánico.
NO HAY PRISA, WAY
Nada menos que cerca de 700 firmas se han recogido en el colectivo de Mandos Intermedios, Cuadros y Estructura de Apoyo reclamando que el nuevo convenio recoja una serie de reivindicaciones históricas que llevan años lastrando a las personas que pertenecen a estas categorías.
Por esta razón, el SFF-CGT envió una carta solicitando una reunión urgente del CGE para tratar este tema, reunión que se celebró ayer. No era la primera vez que un colectivo reclamaba al CGE que defendiera sus derechos. Meses antes ya lo habían hecho l@s maquinistas. Que también recibieron una cartita de respuesta.
La mayoría del CGE (esa gran pinza, compuesta por CCOO, UGT y SCF) ha decidido que el malestar del colectivo de oficinas se alivia mandando un escrito a la empresa y esperando a que conteste. Vamos, exactamente lo mismo que se decidió en el anterior CGE: misiva al ministro y a esperar que el convenio nos caiga del cielo.
El SFF-CGT volvió a proponer comenzar de una vez las movilizaciones como comité general y plantear una comisión de conflictos para abordar posibles paros. También retomar una plataforma reivindicativa conjunta de todos los sindicatos que, con excusas poco claras, se quedó en el limbo a pesar de tener bastantes cuestiones ya avanzadas. Pero la pinza volvió a hacer de las suyas, votando en contra de todo. Y palmadita en la espalda al colectivo, como ocurrió con l@s maquinistas: tenéis toda la razón, pero no vamos a hacer nada.
MATRIX TE POSEE
Lo advertimos en la anterior reunión: la plantilla no aguanta más, la ordenación profesional es urgente y es necesario que el CGE, como voz de las personas trabajadoras, presione a la empresa para que cerremos de una vez un convenio que lleva dos años cocinándose a fuego más que lento.
Pero la realidad en la que se mueven la empresa y los “sindicatos de la pinza” es la de Matrix, exprimiendo la energía a la plantilla. Cada uno de los 450 días que han pasado desde que se empezó a negociar este III Convenio, cientos de personas trabajadoras de Adif se han levantado a las 5 a currar, han pasado la noche trabajando, han estado en el tajo 12 horas seguidas o han hecho funciones y asumido responsabilidades que no les correspondían. Y todo por el mismo precio. Pero ell@s se siguen mandando cartitas.
Seas o no afiliad@, conéctate a la videoasamblea abierta que realizaremos el lunes 12 a las 15h para saber más sobre la reunión del CGE y resolver tus dudas
https://us02web.zoom.us/j/6335197971?omn=82457630091
 COMUNICADO Anexo
|
 ADIF 30/12/2025 | 109 LA RULETA RUSA DEL ADIF | ADIF 18/12/2025 | 108 PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF LA AUDIENCIA NACIONAL DECLARA EL ABONO DE LOS 5 DÍAS DE 2018 COMO HORAS EXTRAORDINARIAS | 22 2020-02-19 |
| COMUNICADO
 | Leido: 20 veces | Gracias al Conflicto Colectivo interpuesto por CGT contra la decisión unilateral de la Dirección de la Empresa a abonar los cinco días de 2018 como descanso no disfrutado, la Audiencia Nacional ha venido a reconocer que este exceso de jornada debe abonarse como horas extraordinarias, aplicando el acuerdo de conciliación de 10 de septiembre de 2012.
Cabe recordar que este exceso de jornada nace de la aplicación de la Disposición Adicional 144 de la Ley 6/2018 de PGE por la que CGT se movilizó en solitario en 2018 para lograr su aplicación. Gracias a estas solitarias movilizaciones, el II Convenio Colectivo de Adif y Adif AV recogió en su Cláusula 8ª la aplicación de la Disposición, estableciendo la jornada anual en 1642 horas y abriendo un periodo de negociación para determinar la manera de aplicación en los diferentes ámbitos operativos de la empresa.
El 23 de Octubre de 2019 la Dirección, en una reunión con el Comité General de Empresa, propuso que la concreción de la aplicación correspondiente al periodo de 2018 se abonase con el valor recogido en las tablas salariales para los descansos no disfrutados. CGT junto al resto de organizaciones mostró su total desacuerdo solicitando el disfrute de estos días o el abono individual con el valor de la hora extraordinaria.
Como resumen de la Sentencia podemos concluir que la empresa abonó el exceso con un valor inferior al de la hora ordinara al considerar que se trataba de descansos no disfrutados, supuesto no presente en el caso que nos afecta, dado que los trabajadores han trabajado en exceso cinco días y no cabe duda que nos hallamos ante horas que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria.
Por ello la empresa debe abonar las diferencias producidas entre los conceptos salariales que abonaron como descanso no disfrutado en nómina de Noviembre de 2019 y las horas extraordinarias devengadas.
A pesar de esta decisión, no estamos conformes del todo con la sentencia puesto que no reconoce la posibilidad de elegir entre el disfrute del descanso de los cincos días realizados en exceso u optar por la opción del abono. La Audiencia Nacional entiende que con el primer abono que realizó la empresa como descanso no disfrutado ya se ha consumado el hecho y esto impide el disfrute del descanso, siendo únicamente posible como motivo del conflicto el valor del abono y no su eventual disfrute como descanso.
Por todo lo dicho, desde CGT esperamos que la empresa no recurra esta sentencia y exigimos se cumpla, abonando las jornadas extraordinarias realizadas en exceso para el año 2018, aunque seguimos defendiendo que la reducción de jornada debe favorecer la conciliación y por lo tanto disfrutarse.
CGT RECUPERANDO LO QUE TE PERTENECE
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |