Comunicados
LOGIRAIL | 92 06/11/2025
|
|
SALARIOS DE OUTLET, DIRECCIÓN DE LUJO La situación en Logirail se ha vuelto insostenible. Mientras en los despachos se multiplicaban los contratos a dedo, los privilegios y los gastos superfluos, en los centros de trabajo la plantilla sigue soportando precariedad, desorganización y falta de respeto laboral. Una empresa pública que debería ser referente del ferrocarril público calidad, hoy es símbolo de la desigualdad entre la planta “noble” y la planta “baja”.
UNA EMPRESA PARALIZADA Y UNA PLANTILLA AL LÍMITE
• El III Convenio Colectivo sigue sin publicarse en el BOE por el bloqueo del Ministerio de Hacienda.
• La ordenación profesional continúa sin aplicarse, impidiendo que cada trabajadora conozca con claridad sus funciones y su remuneración.
• La jornada de 37,5 horas semanales, reconocida para el conjunto del sector público, tampoco se ha implantado.
• Y la última ocurrencia de la Dirección fue dejar de abonar el complemento ad personam, recortando aún más unas nóminas ya ajustadas al límite.
Mientras tanto, se sobrecarga a la plantilla con tareas que no le corresponden, se pierden trabajos en favor de empresas privadas, y se sustituyen personas por sistemas automatizados que lejos de mejorar la eficiencia, deshumanizan el trabajo y degradan la calidad del servicio.
DE LAS PROMESAS AL ABANDONO
Al principio, Logirail se presentaba como una oportunidad para recuperar cargas de trabajo y fomentar los territorios olvidados en la lucha contra la despoblación. Hoy, la realidad es otra: se pierden cargas, no se invierte en empleo público y se perpetúa el abandono de las zonas ferroviarias más castigadas. Una lógica que hace vivir a las plantillas con incertidumbre dentro de una empresa que presume de ser pública.
ORGANIZARSE PARA CAMBIAR LAS COSAS
Hay poner fin a esta deriva y volver a recuperar la dignidad de nuestras condiciones laborales, de recordar que Logirail pertenece al conjunto de la ciudadanía, no a una élite que vive de ella. Por eso, creemos que es el momento de que todas las organizaciones sindicales nos unamos en una lucha común y desde el SFF-CGT nos uniremos a la movilización convocada por UGT el próximo 11 de noviembre a las 12:00 horas ante el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Porque no nos avergüenza trabajar en Logirail; lo que nos avergüenza es cómo la gestionan. Porque somos profesionales, no plantillas de saldo. Porque el ferrocarril público no se vende, se defiende.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 05/11/2025 | 91 TODO SUBE… MENOS NUESTROS SALARIOS | ADIF 05/11/2025 | 90 L@S RALENTIZADORES |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE JUSTIFICACIÓN DÍAS MALOSOS IMPUESTA POR RENFE CGT INTERPONE CONFLICTO COLECTIVO. | 21 2020-02-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 17 veces | CGT ha interpuesto demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposición de la prescripción de reposo que impone el Grupo Renfe a los justificantes médicos en los casos de ausencia en el trabajo que no implique situación de baja laboral.
Como recordareis en fecha 12 de septiembre de 2018, la Audiencia Nacional en sentencia nº 143/2018 fallo a favor de las tesis defendidas de CGT que no eran otras que la aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Trigésimo Octava de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado que establecía “que la ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal, por parte del personal al que se refiere el artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, comportará la aplicación del mismo descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones Públicas”.
Añade esta disposición adicional que, “en el caso de la Administración del Estado, organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma y órganos constitucionales, el descuento a que se refiere el apartado anterior no se aplicará cuando el número de días de ausencia por enfermedad o accidente en el año natural no supere la cifra que se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y con los requisitos y condiciones determinados en la misma.
La orden que publicó el Ministerio de Hacienda desarrollando esta legislación establece en su art 3.1 que “El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
Esta orden, fue deliberadamente ignorada por el Grupo RENFE en otro intento más de cercenar los derechos de los trabajadores lo que frenó CGT ganando esta sentencia ante la pasividad absoluta del resto de sindicatos. La sentencia no fue recurrida y una vez firme, RENFE trasladó a sus jefaturas una orden interna en la que para la aplicación de estos días exige que el parte médico prescriba la recomendación de reposo.
Esto ha ocasionado un bloqueo evidente a la posibilidad de tener derecho a estos días ya que los médicos se niegan a la citada prescripción lo que hace que la empresa no contemple los citados días y exija el correspondiente parte de baja.
Entendemos que la empresa se extralimita imponiendo a los médicos lo que deben prescribir y saltándose la propia legislación, ya que se trata de una decisión unilateral impuesta sin ni siquiera utilizar la herramienta de la negociación colectiva.
CGT no va a permitir este nuevo atropello a los derechos de l@s trabajador@s y continúa luchando contra los continuados recortes e incumplimientos de las leyes que el GRUPO RENFE aplica para recortar cualquier derecho que nos asiste.
CGT CONTRA LOS RECORTES DE DERECHOS.
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |