Comunicados
RENFE | 36 19/04/2024
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NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS La falta de suministros, repuestos, herramienta… en los talleres de Renfe sigue siendo crítica.
Se está trabajando con herramienta barata y de poca calidad, no se reparan y mantienen adecuadamente los caros medios que teníamos como “Calipri” y demás herramientas de metrología, teniendo que volver a los medios antiguos que ya están requeteamortizados y que no son acordes a las exigencias de precisión de la maquinaria moderna con la que trabajamos en algunos talleres (los bendecidos con presupuesto) hace años.
Pero incluso dentro de “los bendecidos” ya se ha cortado el grifo y parece ser que tenemos que irnos olvidando de recibir cambios, o eso pretenden que nos entre en la cabeza. Nos fuerzan a seguir trabajando con los medios del siglo pasado, pero con menos de la mitad de la plantilla de aquella época en la que la Renfe era Una, Grande y Pública.
Asistimos a una época en la que nunca hay de nada:
- Donde la empresa y l@s compañer@s, motu proprio, tienen que hacer pedidos en AliExpress (o Ali Espress según el ministro) para terminar su faena.
- Donde se filtran informaciones en las que suministradores de material como Alstom y otros cobran cinco y hasta diez veces más que el precio de mercado por los productos y dichas facturas se firman sin miramientos (por alguien con una venda en los ojos).
- Donde no hay dinero para guantes, pero sí para externalizar revisiones a precio de oro.
- Donde no hay para herramientas básicas, pero sí para que crezca el número de cargos con salarios superiores a los cien mil euros anuales.
- Donde no hay para contratar más personal de Renfe, pero sí para externalizar servicios y que empresas externas se lleven por persona lo que cobrarían tres currelas pero pagando las migajas a “su currela”.
¿Será que se acabó el dinero en la pandemia con aquel dispendio de gel hidroalcohólico que daría para llenar piscinas y con aquellas mascarillas cuyas gomas te flagelaban cada dos por tres al romperse cuando te las ibas a colocar?
Por todo esto nos pusimos en contacto hace diez días con los responsables de compras de Renfe Ingeniería y Mantenimiento exponiendo la situación y ofreciéndonos a buscar soluciones para abordar el problema. Hemos esperado, pero ni siquiera se han dignado a darnos respuesta. Exigimos un giro de ciento ochenta grados a las políticas de compras en un contexto de liberalización salvaje, para evitar la excusa del mal desempeño y que aparezca una empresa privada como un héroe de Marvel a “rescatarnos”.
Sí, sentimos ser pesad@s, ayer había que hablar con urgencia de las externalizaciones “sorpresa” y hoy de suministros, pero es que la inacción de nuestra empresa hace que surjan los problemas como setas. Como ayer, volvemos a avisar: Están avivando el fuego de la conflictividad laboral.
¡QUE VIENE EL LOBO! Y HEMOS AVISADO
COMUNICADO
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RENFE 18/04/2024 | 35 DESMANTELA LA RENFE Y HAZ QUE PAREZCA UN ACCIDENTE | ADIF 16/04/2024 | 34 516 DÍAS Y 516 NOCHES |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT RECUPERA UN DERECHO QUE LOS FIRMANTES DEL I CONVENIO COLECTIVO NOS ROBARON | 9 2020-01-22 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 64 veces | El pasado 21 de enero de 2020, el Tribunal Supremo estimó la demanda de CGT, notificada en la Sentencia del TS nº 857/2019, y en la que indica que los PREAVISOS de 48 h para los “DESCANSOS DETRAIBLES” en el colectivo de conducción en el servicio de viajeros, PASEN A SER COMO MÍNIMO 5 DÍAS, de acuerdo con el artículo 34.2 del ET.
Tal y como ya avisamos en el comunicado 21 de 22/02/2018, CGT interpuso demanda ante la AN impugnando el preaviso de los descansos detraibles, solicitando el aumento de éste hasta los 5 días mínimos establecidos en el artículo 34.2 del ET. e instando al resto de Sindicatos a que se sumaran a la reivindicación de un derecho que beneficia la vida de l@s trabajadores/as.
Pues bien, no sólo no se unieron al juicio, sino que SEMAF se opuso, junto a la Empresa RENFE en el Juicio al derecho planteado por CGT, llegando a impugnar el Recurso a la Sentencia; otro “logro” que sumar en su haber contra l@s maquinistas.
Es importante señalar el Fundamento de Derecho TERCERO punto 3, que dice:
“3.- La aplicación de la anterior doctrina al supuesto que examinamos debe conllevarla estimación del recurso, dado que, por una parte, estamos en presencia de un precepto convencional (el apartado 4.1.8º de la sección correspondiente al personal perteneciente al colectivo de conducción de Renfe Viajeros S.A. del acuerdo de desarrollo profesional publicado en el BOE de 27de febrero de 2013 que fue declarado expresamente vigente por la Cláusula 5ªb -Normativa- del I Convenio colectivo del Grupo de empresas RENFE publicado en el BOE de 29 de noviembre de 2019) que establece la posibilidad de que el empresario, unilateralmente, establezca una distribución irregular de la jornada en los términos ya expuestos y analizados. Consecuentemente a dicha posibilidad de distribución irregular le resulta aplicable el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 34 ET, especialmente –por lo que a los presentes efectos interesa- la exigencia de que el trabajador sea preavisado con cinco días de antelación al momento en que debe efectuar la prestación exigida por el empresario. Al no preverlo así el convenio colectivo que, únicamente, exige un preaviso de cuarenta y ocho horas de antelación, está estableciendo una regulación contraria a la ley que, por tanto, debe ser declarada nula, lo que implica la estimación de la demanda en este punto, único extremo que se ha formulado en el presente recurso de casación.”
Con esta sentencia, se anula el preaviso de 48 horas, pasando a ser este de 5 días para detraer el descanso, por lo que si la empresa no respeta la antelación debida no podrá detraerlo.
Era el año 2010, cuando en la negociación del acuerdo de Desarrollo Profesional de Conducción (ADPC), el tándem EMPRESA-SEMAF y sus adláteres, nos impusieron los famosos descansos detraibles para los servicios de viajeros. Estableciéndose así una norma que recortaba el derecho establecido en el Estatuto de los Trabajadores, en concreto, el artículo 34.2 del ET que fija un mínimo de 5 días de preaviso para conocer el día Y LA HORA, del servicio a realizar.
Una vez más, la Dirección de la Empresa contó con la complicidad sindical habitual y necesaria para sacar adelante sus pretensiones. Y una vez más, la reducción legal de 5 días a 2, supuso la suma de un perjuicio más a la conciliación de la vida familiar, social y laboral de l@s trabajadores/as.
Que nadie se llame ahora a engaño, los firmantes del Convenio ya conocían lo que había considerado el Tribunal Supremo como un derecho mínimo necesario que nunca puede aminorarse por medio de un acuerdo o convenio colectivo, por muchas mayorías que lo respalden, por lo que deberían haberse ajustado a derecho con un preaviso mínimo de CINCO DÍAS.
Los hechos y Fundamentos establecidos en esta Sentencia del TS para los descansos detraibles y jornada irregular de los Maquinistas que prestan servicio en Viajeros, son totalmente aplicables al personal de Conducción de Mercancías y a los Supervisores de Servicios a Bordo.
Desde CGT nos ponemos a extender y exigir este derecho que mejora la conciliación familiar a estos trabajadores.
NO SOSTENGAS A QUIENES VENDEN TUS DERECHOS
¡AFÍLIATE A CGT!
Comunicado Anexo 1
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