Comunicados
RENFE | 103 08/08/2022
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CATEGORÍAS DE INGRESO. ¿SABÍAIS QUÉ…? L@s compañer@s Operadores de Ingreso N2 procedentes de la Oferta de Empleo Público 2022 (tanto del colectivo de Talleres como de Comercial) se están incorporando a lo largo de esta semana y de la pasada a sus residencias asignadas, iniciando su andadura profesional en el Grupo Renfe. Desde CGT queremos unirnos a su alegría y celebrar su incorporación a la empresa pública donde, en comparación con el salvaje oeste neoliberal que supone la empresa privada, contamos con unas condiciones laborales y salariales algo mejores.
Pero en CGT tenemos la transparencia como una de nuestras señas de identidad y no queremos engañar a nadie. Poneros las botas, compañer@s de Ingreso, que vamos a bajar al barro:
¿Sabíais que la merma de salario que percibís los dos primeros años respecto a la categoría de entrada (un 30% menos de salario durante los dos primeros años y un 15% menos durante los 6 meses siguientes) recogida en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe fue firmada por SEMAF, UGT y CCOO? ¿Sabíais que en el I CC la situación era todavía peor, que la merma de salario se prolongaba durante cinco años y que aquel convenio lo firmaron SEMAF, UGT, CCOO y SF?
Cuando sus representantes se pasen a visitaros por las taquillas y los talleres y os vendan la moto de que están trabajando y en el pasado han trabajado por mejorar vuestras condiciones laborales decidles que no sois tontos, que sabéis que desde el principio firmaron adaptar las retribuciones “a las condiciones actuales de mercado” (extracto literal del I CC), es decir, precarizar vuestros salarios. Pedidles que os expliquen por qué han firmado que personas que realizan las mismas funciones cobren salarios diferentes y luego nos contáis sus respuestas: Verlos sudar haciendo malabares dialécticos nos resulta muy divertido.
Y al respecto de las funciones queríamos comentar otro asunto: ¿Sabíais que la única diferencia entre las funciones de un Operador de Entrada y uno de Ingreso es que el de Entrada “tutelará la formación práctica de los Operadores de Ingreso”? Es decir, que un Operador de Ingreso no debería formar a sus compañer@s de Ingreso, es decir, a vosotr@s (enlace al desarrollo profesional).
La empresa apela a la solidaridad, a la costumbre, al buen hacer de sus profesionales, etc. Para tapar la doble injusticia que estáis sufriendo: Crearon la categoría de Ingreso para ahorrarse un buen porcentaje en vuestros salarios y ahora además os piden hacer las funciones que ni siquiera están en vuestro desarrollo profesional.
Mientras os hablaban del Código Ético, de Compliance, de transparencia… en vuestras recientes formaciones; piden a vuestr@s compañer@s, en privado y en voz baja, que os formen, que les hagan el favorcillo. Un poco feo, ¿no?
LOS MALABARISMOS PARA EL CIRCO,
CGT PARA TU REPRESENTACION SINDICAL
 COMUNICADO
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 ADIF 04/08/2022 | 102 RATIFICAN EL PACTO DE COLOCACIÓN | RENFE 29/07/2022 | 101 LA HIPOCRESÍA EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF CGT CONSIGUE EL DISFRUTE ÍNTEGRO DE LOS DÍAS DE LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS “LZ” | 5 2020-01-16 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 90 veces | En el año 2017, la empresa inició la aplicación de la norma, en cuanto a la interpretación del derecho al disfrute de los días de asuntos propios de manera restrictiva, recortando días a l@s trabajadores/as que habían ingresado a lo largo del año e impidiéndoles disfrutar de los seis días a los que tod@s tenemos derecho.
Desde el minuto uno, desde CGT manifestamos nuestro desacuerdo con la reducción del derecho y por lo tanto, de la merma en los días de licencia que se les aplicaba a est@s compañer@s. Ante la negativa de la empresa a reconocer de manera íntegra el derecho, iniciamos la defensa de este derecho a través de nuestros servicios jurídicos.
Una vez más y de manera lamentable, el resto de sindicatos miraron hacia otro lado, incluso hubo alguno que compartía la misma opinión de la empresa, informando a su afiliación en este sentido y dando por buena la reducción del derecho.
El TSJC dictó sentencia por el Conflicto Colectivo interpuesto por CGT, fallando:
“Estimando la demanda en materia de conflicto colectivo formulada por SFF-CGT y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos el derecho de los agentes incorporados a las residencias de conducción de Cataluña en el año 2017 a disfrutar, previa solicitud, de seis días de libre disposición, condenando a RENFE VIAJEROS S.A. a estar y pasar por tal declaración, facilitando el disfrute de los días pendientes solicitados y denegados, siempre y cuando estén en plazo o, en caso contrario, compensarles económicamente los días pendientes de disfrute del ejercicio 2017.”
Aún así, Renfe recurrió la Sentencia ante el Tribunal Supremo, dando este de nuevo la razón a CGT:
“1º) Desestimar el recurso de casación interpuesto por la representación de Renfe Viajeros, S.A.
2º) Confirmar la sentencia recurrida de 19 de septiembre de 2018 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el procedimiento núm. 19/2018 seguido a instancia del Sindicato del Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra Renfe Viajeros, .S.A sobre conflicto colectivo.”
CGT exigirá a Renfe el cumplimiento de la Sentencia y que facilite el disfrute de las LZ que denegó en el año 2017 y posteriores, o bien compense económicamente por ello. También, que a partir de ahora no cercene el derecho a las seis LZ a tod@s l@s trabajadores/as que se incorporen en la empresa indistintamente de la fecha.
Esta sentencia permitirá a cualquier trabajador/a de Renfe y Adif y del colectivo que sea, el disfrute de las LZ solicitadas en tiempo y forma.
Desde CGT os animamos a tod@s l@s compañer@s a disfrutar este derecho y a reclamarlo, bien de manera particular o poniéndose en contacto con cualquiera de nuestr@s delegad@s.
NO SOSTENGAS A QUIENES VENDEN TUS DERECHOS
¡AFILIATE A CGT!
Comunicado Anexo 1

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