Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT NO VA A PERMITIR QUE NOS VENDAN A PRECIO DE SALDO | 111 2019-11-27 |
| COMUNICADO
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CGT convocó huelga para el próximo 5 de diciembre con tiempo suficiente para permitir el diálogo entre empresa y trabajadores, comunicando el paro con la necesaria antelación para que se pudiera dar un periodo de diálogo que desembocara en un acuerdo satisfactorio de las partes y evitar así un periodo de huelga que en definitiva, representa el fracaso de la negociación.
Ha pasado el tiempo y ni la empresa ni el Ministerio han trabajado nada ni generado ningún tipo de diálogo, manteniendo una postura inamovible, inconsciente e impropia de los más elementales principios en las relaciones laborales.
Para CGT, no valen las excusas ministeriales de periodo político en el que nos encontramos, pues a diario vemos como el máximo responsable del mismo (ministro) viaja, se reúne, toma y firma acuerdos. En definitiva, mantiene una actividad normal, lo que nos lleva a pensar que las empresas ferroviarias y la conflictividad presente le importa “tres pepinos”. Una actitud impropia de un cargo electo de carácter público.
Por su parte, la dirección de la empresa mantiene sus ritmos de trabajo, obviando también la conflictividad que tiene encima y que tiene la obligación de atajar con los elementos a su disposición.
CGT no va a tolerar esta desgana y pasotismo de empresa y ministerio, por lo que va a promover, además de la jornada de paro del día 5, otra nueva jornada de paro de 23 horas para el día 20 de diciembre.
No podemos quedarnos quietos cuando el futuro que pretenden es vender a l@s ferroviari@s y la empresa a precio de saldo, cuando siguen negándonos el derecho a la promoción interna integral, cuando limitan y recortan salarios mientras se obtienen beneficios millonarios, cuando nos conducen al desarraigo con el aumento de las permanencias en los puestos de trabajo, cuando la reducción de la jornada la aplican de acuerdo a criterios economicistas y no al cumplimiento de los objetivos de la ley en cuanto a conciliación familiar y laboral.
Por éstas y otras muchas razones más, seguiremos demandando lo que en derecho y trabajo diario nos pertenece. Porque la razón de cada uno de nosotr@s tiene más valor que cualquier mayoría sindical.
Ferroviaria, ferroviario, que tu silencio no sirva para crear una generación de ferroviari@s precari@s.
¡APOYA LA HUELGA Y DEFIÉNDETE! NOS JUGAMOS EL FUTURO
Comunicado
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