Comunicados
ADIF | 71 15/09/2025
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UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES UN AÑO Y AÚN NO LE HAN SALIDO LOS DIENTES
En pocos días se cumplirá un año desde la constitución de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo de Adif y la criatura no termina de salir adelante. Muchas carantoñas, muchas cucamonas, pero pocos hitos en el desarrollo de derechos para las personas trabajadoras.
MESA DE NORMATIVA: NI SIQUIERA HA DADO SUS PRIMEROS PASOS
Esta mesa ¡ni siquiera se reúne!
MESA DE ASUNTOS SOCIALES: LA MESA DE LOS CÓLICOS
La conciliación sigue importándole poco a la empresa. La intención de Adif es que perdamos nuestra (luchada) ventaja en permisos respecto a los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. Y, como guinda, pretende acabar con un derecho histórico, el reingreso garantizado en la empresa si nos declaran en situación de incapacidad permanente total.
MESA DE EMPLEO: EN PAÑALES
Ni jornada, ni movilidad, ni teletrabajo. Ni siquiera garantía de empleo. Aquí solo se habla de que el personal de dirección siga “trabajando” hasta los 68 años, en vez de los 65 actuales.
MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: BALBUCEOS PERO NI UNA PALABRA INTELIGIBLE
En vez de desarrollar y negociar las nuevas funciones y el sistema retributivo, a alguien de Adif se le ha aparecido la Virgen del Desarrollo Profesional Horizontal y pretende bautizarnos y convertirnos en creyentes.
EL NUEVO CONVENIO DEBE MIRAR HACIA EL FUTURO
Y casi dos años después de denunciar el anterior convenio (diciembre 2023), Adif ha seguido con sus planes: cierre de bases y estaciones, imposición de turnos al personal de infraestructura, recorte arbitrario de conceptos salariales... Claramente no está pensando en el futuro. Más bien pretende que todo siga como está. O peor.
Es hora de que la conflictividad generada por Adif se vuelva en su contra. Es hora de presionar para que deje volar a la criatura y empiece a construirse un futuro mejor que el que tuvieron sus padres.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 11/09/2025 | 70 LXS TRABAJADORXS DE RENFE PODRÁN PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DE PLAZAS DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN CON PREFERENCIA A LOS INGRESOS | RENFE 11/09/2025 | 69 ATL Y BRIGADA DE SOCORRO: NUEVA DENOMINACIÓN |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MOVILIDAD FUNCIONAL MMII Y CT ¿A LA CARTA? | 98 2019-10-24 |
| COMUNICADO
 | Leido: 52 veces |
En el día de ayer se reunión el CGE de Renfe con la Dirección para tratar las bases de convocatorias para puestos de MMII y CT:
MMII CONTROL DE RECAUDACIÓN DOE Ref. Ml.-17/2019.
MMII GESTIÓN DE TRIBUTOS LOCALES Ref. Ml.-18/2019.
MMII GESTIÓN DE FONDOS PERMANENTES Y GASTOS DE VIAJE Ref. Ml.-19/2019.
CT MOVILIDAD. Ref. Ml.-25/2019.
CT TELEFONÍA. Ref. Ml.-26/2019.
CT SISTEMAS. Ref. Ml.-27/2019.
CT ADMINISTRACIÓN. Ref. Ml.-28/2019.
CT COMPENSACIÓN Y MOVILIDAD INTERNACIONAL. Ref. Ml.-29/2019.
CT ASESORÍA JURÍDICA. Ref. Ml.-30/2019.
CGT no ha suscrito estas convocatorias, aunque se han recogido parte de nuestras alegaciones, por la manifiesta arbitrariedad que suponen los diferentes requisitos de acceso de las mismas y que restan transparencia a los procesos, permitiendo cierta aleatoriedad a la hora de permitir el acceso, a trabajadores/as con capacidades suficientes pero que, al parecer, no cuentan con el pedigrí necesario.
CGT, sigue reclamando que en estas convocatorias, únicas con identificación de plazas y residencias, sólo tiene que variar el contenido funcional y el nombre del puesto ofertado. Acercándonos así, a un modelo estándar de convocatoria, donde se respeten los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad.
La pretensión de la empresa debe ir más allá de la mera publicidad de las convocatorias y sus bases, debe de haber una adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones a desarrollar, además de unos requisitos perfectamente objetivados.
No podemos seguir asistiendo a la caprichosa arbitrariedad de cada plaza ofertada, pues puede parecer que se establecen las bases en función de la persona elegida por la voluntad de quien convoca la plaza; no es posible que en unas convocatorias se exija titulación universitaria y en otras no, o que se exijan o valoren experiencias que van desde lo temporal a lo profesional y un largo etcétera en el que está demasiado presente la disparidad.
POR EL DERECHO A LA PROMOCIÓN
SIN ENGAÑOS.
Comunicado

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