Comunicados
RENFE | 9 22/01/2021
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CGT APOYA LA FORMACIÓN Desde CGT y sin resquicio alguno, queremos manifestar nuestra solidaridad y compromiso con los compañeros y compañeras aspirantes a la licencia de maquinistas que se están formando en la Escuela Técnica Profesional de Conducción y Operaciones, que como el resto de trabajadores/as están sufriendo los inconvenientes de la pandemia que nos asola.
Sumándose además al tremendo retraso que su formación está sufriendo, la carga económica que supone una nueva dilación fruto de las pautas de un sindicato que recomienda la negación de unas prácticas que según normativa, son obligadas.
Desde la humildad, el respeto a las decisiones de otras fuerzas sindicales, con el cumplimiento de las Normas Sanitarias específicas y condiciones laborales vigentes, CGT solicita al colectivo de conducción del Grupo Renfe en general y a su afiliación en particular, la colaboración en el desarrollo de las prácticas en cabina de est@s compañer@s de la EPTCO.
Son muchas las dificultades a las que nos enfrentamos, muchas las luchas aún por ganar para la mejora de nuestras condiciones laborales, pero creemos que el seno en el que generar propuestas para superar esas dificultades se encuentra en el Comité General de Empresa y en la negociación colectiva conjunta. Posteriormente, y si tras la negociación no se consiguen los objetivos, plantar cara de forma contundente a través de los cauces de presión, que los hay y muchos, pero entre los que no debería encontrarse el daño a otros colectivos, el intento de paralización de procesos iniciados o por iniciar, y la discriminación.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 ADIF 22/01/2021 | 8 BILLETES Y GASTOS DE VIAJE PARA LAS PRUEBA SELECTIVAS DE LA AGM – 2020. | RENFE 18/01/2021 | 7 CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE REDUCCION DE JORNADA, ¡¡COMPENSACIÓN YA!! | 81 2019-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 39 veces | En CGT teníamos claro que: Desde el pasado 5 de julio de 2018 los trabajadores del Grupo Renfe teníamos derecho a disfrutar de una jornada anual, cuyo promedio semanal es de 37 horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establecieran.
Como sindicato, ese fue el principal motivo que reclamamos y también como trabajadores/as. A todas luces y en virtud de la cláusula V del II Convenio Colectivo, no compartimos en absoluto el acuerdo sobre la fecha del 1 de enero del 2019, a partir de la que tenía efecto y no desde el 5 de julio de 2018. Durante las negociaciones del convenio, lo reivindicamos en multitud de ocasiones, propuesta que fueron recibidas con el silencio del resto de sindicatos, con excepción de SF-I. Debido a los acuerdos que se iban alcanzando, no vimos otra solución que la judicialización del periodo de 2018, para que no prescribiera el derecho a la compensación de la jornada realizada en exceso.
Un año después, desde la Audiencia Nacional se reconoce ese derecho que CGT reclamó desde julio de 2018, por ser de aplicación desde la entrada en vigor de la Disposición Adicional 144a de la Ley 6/2018, cuya aplicación temporal y ámbito no dejaba lugar a dudas.
A pesar de que en la sentencia se nos da la razón al respecto de la fecha de efectos, la misma nos da una de cal y desestima la pretensión para que durante 2018 se computase sobre la jornada legal pactada en convenio, aceptando el acuerdo de la Comisión Negociadora y estableciendo que: “que, en ningún caso, podría empeorarse la jornada legal ordinaria mediante la negociación colectiva, LO CIERTO es que al pactar los firmantes del Convenio la jornada de 1642 horas en 2019, ya no se ha querido entrar en aplicarla en 2018 sobre los 215 o 216 días de jornada.”
Suponemos que esto último hubiese afeado más aún la “capacidad negociadora” de esa mayoría sindical a la que no le tembló el pulso para firmar que la reducción de jornada sería efectiva solo desde el 1 de enero de 2019, tirando un derecho de l@s ferroviari@s a la basura sin explicación aparente.
Asimismo, la sentencia deja claro, en relación a la reducción de jornada en días enteros, que lo que no se consiga en la negociación no es preceptivo que nos lo den desde el juzgado, al no haber disposiciones legales que lo amparen.
Cabe esperar que para futuras ocasiones negociemos más y mejor, sólo tenemos que fijarnos en los compañeros de ADIF que, teniendo en su CGE casi la misma presencia sindical, excepción del SEMAF, lo han hecho bastante mejor, consiguiendo una reducción de 10 días enteros y no en unos minutillos que al final son inapreciables.
Desde CGT, exigimos que la empresa deje ya de remolonear con este asunto y compense la reducción de jornada que nos debe del año 2018, para demostrarnos su voluntad de mejorar la conciliación laboral y familiar y se cuestione lo que ha impuesto, alcanzando un acuerdo que satisfaga a todas las partes.
¡Muévete!, apoya a l@s compañer@s de CGT.
Comunicado Anexo 1

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