Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ¡ADIF SIGUE SIN RESPETAR LOS ACUERDOS! CGT RESPONDERÁ CON CONTUNDENCIA | 72 2019-07-29 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 32 veces | El Consejo de Ministros ha autorizado una licitación por valor de más de 95 Mill. de Euros mediante un contrato que incluye el mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones de seguridad, así como actuaciones de mejora y el suministro de material de repuesto.
El 21 de mayo de este año, se celebró una reunión entre el CGE y la Empresa motivada por la inquietud generada entre l@s trabajadores/as de infraestructura y compartida por CGT, por las noticias conocidas en ese momento de posibles externalizaciones en Infraestructura y un nuevo modelo de mantenimiento.
La citada reunión finalizó con acuerdo entre las partes, al comprometerse la empresa entre otras cuestiones, a la Internalización de cargas de trabajo y la finalización de contratos con Empresas privadas y a la Información y negociación con el CGE de cualquier posible modificación del modelo de mantenimiento de infraestructura.
Es evidente que este anuncio de licitación supone una nueva vulneración de lo acordado en el citado acuerdo, esta licitación supone una clara apuesta por el abandono del mantenimiento de las instalaciones de Infraestructura por parte del personal de Adif, contraria al espíritu del acuerdo para continuar recuperando el empleo dentro de la empresa y el futuro de la misma, así como el de tod@s sus trabajadores/as.
Una vez conocida la notica, CGT se ha dirigido por carta (Adjunta) a la presidenta exigiendo la retirada inmediata de la licitación referenciada y la vuelta al seno de la negociación y no de la imposición. Así mismo, también nos hemos dirigido a la presidenta del CGE y Secretarios Generales de las organizaciones sindicales que componen el CGE solicitando una reunión extraordinaria del mismo para conseguir una respuesta clara y contundente a esta nueva decisión de continuar con el desmantelamiento y la privatización de la empresa.
En la reunión del CGE celebrada de manera inmediata, se acordó solicitar a la Presidenta de ADIF que convoque urgentemente a este CGE para que nos detalle los términos de este acuerdo y las previsiones del futuro más inmediato, que se prevén muy lesivos y contarios, en materia de empleo, a lo acordado en el II Convenio colectivo.
En su momento CGT ya tomó, en solitario, acuerdos para responder mediante paros cualquier intento de cambio del Modelo de Mantenimiento por parte de la empresa, cosa que va a suceder si no se adoptan las medidas oportunas. Ahora parece que la actitud del resto de organizaciones sindicales es la de aunar esfuerzos para la defensa de esta nueva agresión.
Desde CGT adelantamos que, si no se produjera la necesaria y deseada unidad sindical, volveremos a movilizarnos en solitario y de manera inmediata.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTE
Comunicado Anexo 1
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