Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF 1ª REUNIÓN DE LA MESA CONCILIACIÓN: TELETRABAJO | 60 2019-07-02 |
| COMUNICADO
 | Leido: 20 veces | El pasado jueves 27/06/2019 tuvo lugar la 1ª Reunión de la Mesa Técnica de Conciliación del II Convenio Colectivo de Adif-Adif AV para dar cumplimiento a la cláusula 14ª (CONCILIACIÓN LABORAL) para el desarrollo del “Programa Piloto de Teletrabajo”, documento que nos habían entregado con anterioridad, lo que nos ha permitido trabajar sobre el mismo.
Para CGT el aspecto básico a tener en cuenta es la TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD. Todos los representantes de los trabajadores deben estar informados y ser parte activa de todo el proceso.
Objeto
La empresa propone abordar la primera fase del proyecto de manera limitada con la puesta en marcha de un programa piloto, punto que desde CGT valoramos positivamente, aunque creemos que debe constar de una serie de fases no mencionadas:
1. Estudio de viabilidad, que en líneas generales defina los equipos de trabajo para la puesta en marcha del programa.
2. Desarrollo de criterios de selección, tanto de trabajadores como superiores y procedimientos de trabajo.
3. Reclutamiento de trabajadores, con carácter estrictamente voluntario.
4. Puesta en marcha, cuyo pilar básico debe ser la formación en los diferentes factores.
5. Evaluación, que debe ser constante.
Cuando hayamos conseguido superar todas estas etapas, podremos llevar a cabo la implantación formal del Teletrabajo.
Ventajas e inconvenientes
Tanto desde la parte de la empresa como desde CGT coincidimos en que la implantación del Teletrabajo conlleva una serie de ventajas e inconvenientes que consideramos necesario dejar reflejados a fin de tomar las medidas preventivas necesarias: aislamiento, dificultad para separar trabajo y familia, falta de desconexión digital…
Ámbito Temporal
La propuesta presentada por la empresa apuesta por fijar un plazo de 4 meses, mientras que desde CGT apostamos por establecer un cronograma concreto con un plazo para cada una de las etapas.
Documento de Teletrabajo
Apartado que hemos considerado necesario añadir para dejar reflejadas las modificaciones sustanciales al contrato de trabajo que supone el Teletrabajo y que como mínimo debe contener:
• Condiciones: Jornada, lugar de trabajo, descansos, vacaciones…
• Métodos de trabajo: Posibles reuniones, formas de comunicación…
• Remuneración: No puede suponer la disminución de salario.
• Formación: Inicial y continua.
• Fin de la situación de Teletrabajo: Establecer el periodo de preaviso.
• Equipos de Trabajo: Mantenimiento, actualización, usos…
• Costes: Nunca pueden recaer sobre el trabajador.
• Seguros: Determinar qué aspectos necesitan estar cubierto por una póliza de seguros.
• Confidencialidad y seguridad de los datos: Importante tener en cuenta la LPD.
A su vez, durante la reunión hemos solicitado por escrito el Derecho a la conciliación de toda la plantilla de ADIF, consideramos necesario tratar medidas a las que se puedan acoger todas las personas trabajadoras de la empresa sin tener que centrar todos los esfuerzos en el teletrabajo. Hablamos de la bolsa de hora de libre disposición de hasta el 5% de la jornada anual y de la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo.
CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA
Y LUCHA CONSTANTES
Comunicado

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