Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE DESVINCULACIONES Y JUBILACIÓN PARCIAL | 29 2019-03-27 |
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| Leido: 63 veces | Desde la finalización del proceso electoral del pasado 6 de marzo y el trabajado resultado de algunos sindicatos con la inestimable ayuda de la empresa que ha ocultado información y parado procesos para que sus sindicatos amigos no perdieran sus cuotas y posiciones, los ferroviarios y ferroviarias no salimos de nuestro asombro por la avalancha de sorpresas que se están produciendo.
Ejemplo de lo anterior, son los procesos de Desvinculaciones y Jubilación Parcial que se han negociado por empresa y firmantes de un convenio que tres meses después aún no se está aplicando. Actores, que han impedido la salida de trabajadores/as que tenían derecho a la salida de la empresa antes de la celebración de las elecciones y que se han paralizado por conveniencia sindical, trabajadores/as que tendrán que esperar a que el II Convenio Colectivo sea aprobado por el Ministerio de Hacienda y se publique en el B.O.E para que se dé inicio a los Planes de Desvinculación y J. Parcial. Actores, que han negociado aplicando el capricho y defendiendo intereses de un@s trabajadores/as sobre otr@s. Hechos éstos, que han conducido al enojo lógico de cientos de trabajadores/as que ven como no hay billetes para ellos en el tren de su jubilación anticipada.
Además de lo anterior, tenemos que sumarle la falta de transparencia al no publicarse oficialmente los listados provisionales, al ocultar en los mismos los datos que conducirían a que l@s trabajadores/as comprueben fehacientemente que el lugar que ocupan es el que corresponde de acuerdo a derecho, a la no publicación de nombres de l@s acogid@s de Estructura de Dirección, que dicho sea de paso, no están acogidos al C. Colectivo porque tienen contratos particulares y que sin embargo se acogen a un Plan de Empleo recogido en Convenio.
Desde CGT queremos responder a algunas preguntas que nuestros compañeros y compañeras se están haciendo, y así, traer algo de claridad a sus dudas.
1.- ¿Por qué la Jubilación Parcial, que se ha tratado después que las Desvinculaciones es preferente para algunos colectivos y para otros no?
Porque así lo han decidido empresa y sindicatos firmantes del convenio (Semaf, UGT y CC.OO.)
2.- ¿Qué criterio se ha tenido en cuenta a la hora de asignar 67 plazas para “no aptos” (conducción)? Ninguno, ha sido la empresa la que ha decidido a quién sí y a quién no.
3.- ¿Cuáles han sido los criterios para elaborar los listados de ordenación para las Desvinculaciones?
Primer criterio: Los trabajadores y trabajadoras que cumplían las condiciones de acceso en el 2.019.
Segundo criterio: Antigüedad en la empresa del trabajador/a.
Tercer criterio: Edad del trabajador/a.
4.- ¿Cuáles han sido los criterios para elaborar los listados de ordenación para la Jubilación Parcial?
Antigüedad en la empresa y que cumplan los requisitos de acceso a la misma según Ley.
5.- ¿Por qué el personal de Estructura que tienen contratos individuales que están fuera de convenio se adhiere a estas jubilaciones anticipadas y niegan la posibilidad de irse a 95 trabajadores/as más, que sí están bajo las condiciones del Convenio?
Porque así lo han decidido empresa, CCOO, UGT y Semaf.
6.- ¿Por qué no se publican los datos de este personal de estructura de dirección y apoyo?
Porque no les da la gana y porque unos trabajadores son más trabajadores que otros (George Orwell. Rebelión en la Granja)
7.- ¿Qué criterios se han tenido en cuenta para que un@s trabajadores/as se jubilen anticipadamente por el método de la desvinculación o la J. Parcial?
Ninguno y según sabemos, tanto empresa como sindicatos firmantes, lo han hecho con mucho tacto e intentando no crear agravios. Evidentemente, no lo han conseguido ni de lejos.
8.- ¿Cuándo se dará inicio a los planes de salidas: J. Parcial y Desvinculaciones?
Cuando el ministerio apruebe y publique el II Convenio Colectivo.
9.- ¿Cuáles son los colectivos qué más han solicitado jubilarse anticipadamente?
1º Comercial, con 756 solicitudes. 2º Conducción, con 671 y 3º Talleres, con 430.
10.- ¿Qué tanto por ciento de los anteriores representa del total de su propio colectivo?
1º Comercial, 19.92%. 2º Talleres, 16,88% y 3º Conducción, 12.63%.
11.- ¿Cuáles son de medias las edades más altas por colectivos, quitando a los de Estructura de Dirección y Apoyo?
1º Comercial, con 53.26 años. 2º Talleres, con 51.51 años. 3º Gestión, con 48.39 años. 4º Conducción, con 47.73 años.
12.- El actual Plan Estratégico del Grupo Renfe apuesta por el rejuvenecimiento de la plantilla, siendo éste, uno de los ejes fundamentales para conseguir ese objetivo. ¿Por qué no se toman los criterios anteriores y se tienen en cuenta a la hora de asignar los distintos cupos?
Los firmantes, la empresa y los estrategas tienen la respuesta correcta.
En resumen, la transparencia en este y en otros procesos tanto internos como externos, es un objetivo que aún está por conseguirse en esta empresa, lo que genera dudas razonables y malestar entre una buena parte de la plantilla. Ni Código Ético, ni Plan Estratégico, ni Transparencia, ni Publicidad Empresarial…
Con estos mimbres, la cesta que se elabora está llena de malestares, enfados, indefensiones, hartazgos y desilusiones.
Una vez celebradas las elecciones y durante los próximos 4 años, deseamos que este tipo de sorpresas sean las menos posibles, que las negociaciones sean para mejora de nuestras condiciones laborales y no para engordar los ejercicios económicos. Que tal vez, estarán muy bien para que la Dirección y Presidencia saquen pecho; pero es que nosotr@s somos trabajadores/as y nuestros intereses son otros.
SI QUIERES QUE LAS COSAS CAMBIEN, ¡AFÍLIATE A CGT!
Comunicado
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