Comunicados
ADIF | 108 18/12/2025
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PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL
PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL
Las vacaciones en Adif terminan la tercera semana de enero. Será entonces cuando nos ofrezcan un nuevo calendario de mesas de negociación del III Convenio. Así que, con un poco de suerte, volveremos a hablar del Convenio antes de que enterremos la sardina (a lo mejor en el camino hay que enterrar otros cadáveres…).
NADIE AL VOLANTE
Hasta ahora hemos echado la culpa al malvado Ministerio de Hacienda, que no afloja la pasta para abordar la imprescindible ordenación profesional. Un mantra repetido una y otra vez por empresa y demás sindicatos para echar balones fuera. Pero lo cierto es que ayer nos sentamos en una mesa de negociación sin director/a de Recursos Humanos. Un nuevo (y ya van cuatro en el tiempo que llevamos negociando el convenio) cambio del equipo negociador que tiene que sacar adelante el Convenio. Ya no es que Hacienda no se siente a la mesa a negociar, ¡es que ya ni se sienta el máximo responsable de Recursos Humanos!.
Ayer, de nuevo, una nueva farsa, una representación de máscaras (al más puro estilo de don Carnal) en la mesa técnica de ordenación profesional. Una descripción sui géneris de lo que va a ser el complemento de turnicidad, sin valores económicos y sin concreción alguna.
Y ese mismo día, para no ocupar más espacio en las apretadas agendas de los miembros del equipo negociador, se ha celebrado la 7ª reunión de la Comisión Negociadora para poner en común todos los avances alcanzados hasta la fecha. Según la empresa, se ha avanzado mucho ya se pueden ir cerrando “cosillas”, en las que “no tenemos posturas alejadas”. Nuestra cara de asombro (frente a su cara dura) al escuchar esto no les inquietó lo más mínimo. Debemos estar muy despistad@s y se nos han pasado por alto esas “cosillas” ¿A qué acuerdos se refieren? ¿A trasladar las novedades legislativas en materia de conciliación? ¿A aceptar que en la estructura de dirección se puedan jubilar más tarde para seguir engrosando sus cuentas bancarias?
EL SFF-CGT ESTAMOS EN LUCHA Y LA PLANTILLA EMPIEZA A DESPERTAR
Hace tiempo que dejamos de creer en la buena fe de la empresa. El pasado martes hicimos una concentración frente a las puertas de Sor Ángela de la Cruz para exigir más celeridad en la negociación y que se presione al ministerio para agilizar la financiación. También hicimos un reparto de octavillas para informar a la ciudadanía de las condiciones en las que están dejando a las empresas ferroviarias.
La plantilla también ha comenzado a organizarse. Tanto los colectivos de Maquinistas como el de Cuadros, Mandos Intermedios y Estructura de Apoyo han enviado cartas al Comité General de Empresa para exigir un convenio a la altura de las necesidades de su colectivo. Ya nadie se cree esta pantomima y las paciencias se han agotado.
Mientras vamos preparando los disfraces para Carnaval, ya vislumbramos un enero calentito.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 16/12/2025 | 107 PROPUESTA DEL SFF-CGT PARA UN SISTEMA DE MOVILIDAD CONTINUA CON GARANTÍAS | ADIF 16/12/2025 | 106 LA MINORÍA INVISIBLE ALZA SU VOZ |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SIGUEN LOS PAROS EN CIRCULACIÓN | 165 2018-12-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 29 veces | La tozudez de la empresa sigue siendo inexplicable para el sentido común y una gestión empresarial eficaz, eficiente y de compromiso social. Siendo aún más grave, cuando ellos mismos reconocen los datos de afectación de los paros, debido principalmente, al cumplimiento de la circular de Servicios Mínimos (SS.MM.), que lleva aparejada la paralización de los trabajos en las bandas de mantenimiento y trabajos en las estaciones.
Seguimos pensando que el masivo y más que mayoritario seguimiento que están teniendo estos paros, se debe a que los y las compañeras de circulación creen firmemente en la justicia de las reivindicaciones que son la base de las movilizaciones: la aplicación de la reducción de jornada, entre otros, a la que por LEY tenemos derecho, y que no nos cansaremos de repetir, comporta una acumulación de 14 días/año, siendo éste un motivo más que suficiente para dejar a un lado las disciplinas de afiliación para luchar “codo con codo” junto a compañeros y compañeras de fatigas.
Durante estos paros laborales venimos observando que no se presentan a los trabajadores ni se entregan a los puestos de trabajo afectados la Resolución Ministerial de los SS.MM., información que consideramos esencial para su cumplimiento. Dicha información debe ser aportada a los trabajadores encargados de cumplirla, especificando la afectación a cada Puesto de Mando y Banda de Regulación o de CTC/CRC, con el fin de garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos y así evitar controversias que pudieran generar retrasos o supresiones de trenes.
Desde CGT venimos solicitando a la empresa y al Secretario de Estado de Infraestructuras, que en la Resolución de SS.MM. se adjunte la información relativa a la reducción del 5% de los servicios de transporte programados, en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo del 2 de octubre del 2017, Recurso 1489/2017.
Por todo ello, consideramos que cuando no sean cumplidos estos requisitos los/as trabajadores/as debemos trasladar a la empresa de nuestra disconformidad, reflejando a la recepción de las cartas de SS.MM. como “NO CONFORME” en caso de no cumplirse estos requisitos.
Sería una responsabilidad a asumir por parte de la empresa en cuanto a las posibles afectaciones de trenes, que los propios responsables de circulación tuvieran que determinar qué trenes de los que circulan en el periodo de huelga se verán afectados por el ejercicio del derecho amparado por el Tribunal Supremo en la sentencia referida.
Paros pendientes:
De 9.00 a 13.00 h: 3, 7, 14 y 21 de enero.
De 00.00 a 4.00 h: 18 de diciembre; 4, 8, 15 y 22 de enero.
POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS
¡ELIGE CGT!
Comunicado Anexo 1

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