Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
|
EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
|
ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE-ADIF CGT CONVOCA HUELGA DE ÁMBITO NACIONAL EN ADIF Y RENFE DE 23 H EL DÍA 21 | 160 2018-12-11 |
| COMUNICADO
| Leido: 70 veces | Meses después e incluso tras el inicio de la negociación de los distintos Convenios Colectivos en ADIF y RENFE, la problemática denunciada en meses anteriores por CGT sigue vigente.
Los objetivos de esta tercera huelga promovida por CGT, siguen siendo la defensa de los intereses sociales, laborales y económicos de las trabajadoras y trabajadores ferroviarios:
ADIF Y RENFE
La aplicación de la ley 6/2018 para la reducción de la jornada hasta las 37 h y media sigue pendiente, pretendiendo las empresas basar dicha reducción obviando los derechos adquiridos en los respectivos y vigentes convenios colectivos, tomando como referencia para su cálculo el E.T.
La externalización de la labores de mantenimiento y prestación de servicios, otorgando a las empresas privadas dichas prestaciones con el consiguiente detrimento en la calidad de los servicios prestados y la bajada de los índices de seguridad en la circulación.
Tasas de ingresos insuficientes, a pesar de las directrices políticas que autorizan las reposiciones superiores al 100%, que mantienen una rotación lenta y nula creación de nuevos empleos en las dos empresas, que no permiten una rápida renovación y la disminución de los índices de paro joven estructural.
Creación de un holding potente con la fusión de Adif y Renfe, que nos posicione fuertemente ante la futura apertura del mercado de viajeros y equilibre la competencia respecto a otros estados o empresas europeas que ya poseen esta fusión (Francia y Alemania, por ejemplo).
ADIF
Abandono paulatino y estructurado de los oficios y trabajos para el mantenimiento de la infraestructura y estaciones que pasan a licitaciones más que millonarias que engordan los bolsillos de las “grandes familias” y sus grandes constructoras que han identificado el dinero público como abarcan infinidad de servicios. Acción que lleva aparejada la falta de seguimiento y control de manera eficiente y constante, con una falta de transparencia de la que somos conscientes cuando pasado el tiempo es el Tribunal de Cuentas quien detecta las irregularidades en el gasto.
Proceso interno de movilidad con claros incumplimientos por parte de ADIF, que menoscaba incluso, sus acuerdos con el Comité General de Empresa.
RENFE
Implantación de la Jubilación Parcial para el equilibrio de las salidas de trabajadores/as sin índices de penosidad y que con el actual Plan de Desvinculaciones está generando un menoscabo de este derecho.
Ausencia de un Plan de Viabilidad tanto de Mercancías como de Fabricación y Mantenimiento, lo que genera la debacle de Mercancías y la imposibilidad de acometer los trabajos necesarios para el mantenimiento y la reparación de averías en los trenes, por parte del segundo, y que está dando lugar al aumento de las incidencias en los servicios de viajeros que podrían evitarse fácilmente.
Adecuación de los programas e inversiones a las necesidades que demandan los viajeros para el cumplimiento del derecho a la movilidad, a lo largo y ancho del territorio.
Pérdida constante de poder adquisitivo durante años, agravada por negativa de RENFE para que la Comisión de la Negociación Colectiva afronte las cláusulas pactadas con anterioridad respecto del incremento salarial que posibilite a los ferroviarios la recuperación del poder adquisitivo perdido. Etc.
CGT denuncia que la situación actual es fruto directo de la negación, tozudez e incapacidad de las empresas ADIF y RENFE para llegar a acuerdos que consigan solventar la actual conflictividad.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |