Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DAREMOS CONTINUIDAD A LA MOVILIZACION HASTA CONSEGUIR LAS REIVINDICACIONES | 138 2018-11-12 |
| COMUNICADO
| Leido: 28 veces | Tal y como quedó reflejado en la convocatoria de huelga promovida para el colectivo de circulación, y dada la nula intención de la propia Dirección por atender las justas demandas de los trabajadores y trabajadoras, el SFF-CGT continúa manteniendo convocados los paros de 4 horas para el próximo miércoles día 14 de noviembre.
Creemos que es necesario repetir hasta la saciedad, cuales son los motivos que nos han llevado a esta postura sindical, por mucho que nos puedan tachar de pesados: jornada laboral de 37,5 h; gráficos “pro-conciliación” de la vida familiar; descanso ante pantallas PVD; protocolo adecuado documentación reglamentaria y aplicaciones informáticas; calendario laboral anual; acoplamiento personal con pérdida de Habilitaciones, etc.
Nos hemos dirigido a la empresa una vez más, para exponerles lo fácil que sería atender nuestras reivindicaciones y cerrar la conflictividad. No estamos pidiendo esfuerzos extraordinarios, solamente demandamos que cumplan los acuerdos, normas o leyes que ya contemplan en su contenido todos y cada uno de los puntos que conforman la motivación de las huelgas.
Una vez más y como viene siendo habitual, la postura de estos dirigentes roza la incompetencia y denota una clara irresponsabilidad, e incomprensiblemente siguen mirando hacia otro lado, negándose a la apertura de los mecanismos que posibiliten acercamientos de posturas que culminen, y lo decimos una vez más, en el cierre de la conflictividad que nadie desea y que al parecer preocupa más a los trabajadores que a la Dirección. Esta actitud por parte de la empresa, está generando crispación en el colectivo, que cada vez más nos está demandando el endurecimiento de las movilizaciones, cosa que efectivamente tendremos que hacer si no cambian las cosas de forma radical y urgente.
Es por todo ello que CGT seguirá estando al lado del colectivo de circulación vigilando el cumplimiento de los servicios mínimos decretados por el ministerio, SS.MM que consideramos abusivos, y animando a tod@s aquell@s que mantienen dudas al secundar los paros o de hacer cumplir los mismos, sobre todo, en el ámbito de las Bandas de Mantenimiento y trabajos. El interés del colectivo, pide que dejen a un lado las dudas y se sumen al tren de la lucha. Así mismo instamos a no bajar la guardia a tod@s aquell@s que ya están comprometid@as, recordándoles que los derechos de los trabajadores, por desgracia, no nos son regalados, hemos de conquistarlos y esa conquista depende del nivel de presión que seamos capaces de ejercer.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado
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