Comunicados
RENFE | 142 01/12/2023
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PATINETES FUERA. ¿PROBLEMAS DENTRO? Esta semana hemos sido conocedores de que a partir del 12 de diciembre se prohibirá acceder con patinetes eléctricos a todos los trenes de Renfe Viajeros (Cercanías, Regionales, Larga Distancia y Alta Velocidad). Las baterías que portan este tipo de dispositivos han ocasionado recientemente varios casos de explosiones e incendios en el transporte público. Esta determinación se toma en la línea de las efectuadas por otras regiones como Sevilla, Cataluña, Madrid y otras tantas a nivel europeo.
En el cuerpo de la noticia que ha difundido el departamento de comunicación de Renfe se recoge que “en las estaciones de Cercanías gestionadas por Renfe se informará de la prohibición” de viajar con patinetes eléctricos y que “igualmente se podrán hacer inspecciones aleatorias con interventores y agentes de seguridad”.
Nos parece bien que se difunda la medida en Cercanías… pero también es necesario que se difunda en el resto de servicios, ¿o es que no habrá problemas con este tema en un Media Distancia? ¿O en un control de acceso de AVE?
También es necesario que se incremente la presencia de personal de seguridad a bordo de los trenes, con patinetes o sin ellos, no se puede permitir que el colectivo de intervención esté sufriendo agresiones de todo tipo a diario y que su empresa no se preocupe por garantizar unas condiciones de trabajo seguras. Ejemplos tenemos a raudales en prensa y en las decenas de partes que l@s trabajador@s del colectivo hacen llegar a Renfe mes a mes.
Ahora Renfe tiene una buena oportunidad de demostrar que vela por sus emplead@s garantizando que la aplicación de esta medida no va a acarrear ningún problema a su plantilla. Porque, ojalá nos equivoquemos, la aplicación tan tajante de esta medida no será popular y va a generar más de una situación conflictiva.
La interoperabilidad tren / Vehículos de Movilidad Personal / bicicleta es algo positivo para l@s usuari@s del ferrocarril y para la sociedad (reducción de emisiones de CO2), pero ahora mismo Renfe debe primar la seguridad de trabajador@s y usuari@s. En CGT trabajaremos para que en el futuro pueda compaginarse el transporte de viajeros y estos vehículos de movilidad personal en las condiciones de confort y seguridad necesarias.
También aprovechamos la coyuntura para recordar que seguimos reclamando la necesidad de restituir la figura de agente de la autoridad al colectivo de intervención, una figura que estaba recogida en el Desarrollo Profesional de 2013 y que sucintamente se hizo desaparecer unos años más tarde. Esta figura haría que las agresiones que sufre el colectivo dejaran de salir gratis, protección de la gozan profesor@s o sanitari@s, por ejemplo.
Desde CGT nos hemos puesto en contacto con la dirección de Renfe Viajeros y con el departamento de RRHH para hacerles partícipes de nuestra postura y demandas.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 01/12/2023 | 141 ES EL MOMENTO DE AVANZAR EN DERECHOS | LOGIRAIL 30/11/2023 | 140 CGT APUESTA POR LO PÚBLICO |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA DIRECCIÓN DE ADIF SE RESISTE A RECONOCER TODOS LOS DERECHOS DE SUS TRABAJADORES | 110 2018-09-25 |
| COMUNICADO
 | Leido: 55 veces | Nunca nos cansaremos de expresar, y lo seguiremos haciendo, que los derechos se consiguen luchando de manera tozuda y continua, por eso, CGT ha luchado desde el principio para conseguir que en vacaciones se abonen todos los conceptos a los que tenemos derecho según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Recordemos, que el derecho a percibir en vacaciones parte de los abonos que asiduamente cobramos, emana de la jurisprudencia del TJUE. Jurisprudencia que la patronal incumplía y que desde CGT reivindicamos en varias demandas desde el 2014 y a las que finalmente, el TS ha dado el definitivo espaldarazo.
En la reunión mantenida hoy con la Dirección de ADIF, como respuesta a las papeletas de conciliación previa a la vía judicial, planteadas por el SFF-CGT, CC.OO y UGT, con el objeto de solicitar la integración de determinadas claves y conceptos salariales en la retribución de vacaciones, hemos obtenido como respuesta la aceptación parcial de los que solicitábamos.
Las claves que se pretenden integrar en la paga de vacaciones son los conceptos 020 Horas a prorrata; 021 Horas extras por fuerza mayor; 024 Horas extraordinarias estructurales; 029 Horas extras en función piloto; 036 Brigada de socorro; 039 Brigada de incidencias; 243 Plus de peligrosidad; 244 Plus de toxicidad; 245 Plus de maniobras; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 295 Complemento de puesto de atención a incidencias MMII de infraestructura; 300 Complemento de puesto por compensación de refrigerio; 302 Complemento de puesto por brigada de socorro MMII; 303 Complemento de puesto por toma y deje MMII; 304 Complemento de puesto por jornada partida; 322 Toma y deje; 348 Gratificación personal obras e instalaciones en caso de accidentes; 572 Indemnización por recepción y entrega del servicio y 576 Indemnización por jornada partida.
De estas claves salariales, la empresa ha reconocido que deben ser incluidas en la retribución media de vacaciones las siguientes: 020, 021, 024, 029, 243, 245, 300, reivindicadas por todos. Y exclusivamente demandadas por CGT: 244 Plus de toxicidad; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 348 Gratificación Personal Obras e Instalaciones en Caso de Accidentes.
Para su abono, es necesario que en los 12 meses anteriores al disfrute de las vacaciones, el trabajador o trabajadora haya percibido esos abonos durante un periodo de 7 meses.
Los efectos retroactivos se calcularán desde julio de 2017 y la previsión para su abono será en la nomina de diciembre de 2018.
Para CGT este acuerdo no supone la finalización de la vía jurídico/sindical respecto al resto de conceptos no reconocidos por la empresa y los cuales suponen un agravio a los derechos de los trabajadores que sistemáticamente la dirección les viene denegando, por lo que desde el SFF-CGT seguiremos demandando el cumplimiento íntegro del derecho.
REIVINDICA JUNTO A CGT. ¡AFÍLIATE!
Comunicado

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