Comunicados
SECTOR | 84 14/10/2025
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MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR Como continuación a la carta remitida al Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, desde el SFF-CGT hemos remitido hoy una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social transmitiendo nuestra preocupación por el empeoramiento de las condiciones laborales del sector.
EN EL CONJUNTO DEL SECTOR FERROVIARIO
El proceso de liberalización y la creciente externalización está generando un aumento de las incidencias y un deterioro de la calidad del servicio. Como consecuencia las jornadas, lejos de adaptarse a los nuevos tiempos y reducirse, se alargan hasta las 10, 12, 16 o incluso 24 horas.
El aumento de los actos vandálicos y de las agresiones al personal ferroviario es también un reflejo de la falta de protección de quienes trabajan y viajan en el sistema. A ello se suma la ausencia de protocolos homogéneos y de dotaciones mínimas de personal a bordo de los trenes.
Igualmente, recordamos los compromisos anteriores de estudiar cambios legales que doten a determinado personal ferroviario de la consideración de agentes de la autoridad.
EN LAS EMPRESAS PRIVADAS
La negociación colectiva atraviesa un momento de dificultad. La presión por reducir costes se traduce en la parálisis de la negociación de los convenios colectivos. En algunos casos, hay personas que rozan el salario mínimo interprofesional, mientras las condiciones laborales se vuelven cada vez más flexibles y precarias, deteriorando la estabilidad de las plantillas y fomentando desigualdades entre las personas trabajadoras que desempeñan funciones similares bajo distintos empleadores.
EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS,
La falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha bloqueado durante meses la negociación y la aplicación de mejoras en los convenios colectivos. Esto ha provocado una pérdida acumulada de poder adquisitivo y la paralización de numerosos aspectos sujetos a la autorización del Ministerio de Hacienda. Esta ralentización injustificada en la adaptación de las condiciones laborales a las nuevas realidades del sector está generando frustración en las plantillas y retrasando avances imprescindibles en materias como jornada, salud laboral o conciliación.
QUÉ PROPONEMOS: MEDIDAS CONCRETAS
• Una homogeneización de las condiciones y normativas del conjunto de empresas operadoras, mediante una regulación que garantice mínimos comunes de derechos laborales y salariales, e impida el uso de la precariedad como herramienta de competencia empresarial a través de un convenio de sector.
• Una revisión del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, cuya obsolescencia permite alargar jornadas laborales y no contabilizar el trabajo de presencia como tiempo efectivo, con consecuencias directas sobre la salud física y mental, el descanso y la conciliación.
• La ampliación de los Planes de Empleo de las empresas públicas más allá de 2026, permitiendo la paulatina internalización de cargas de trabajo.
• La creación de un protocolo común de seguridad que abarque a todos los actores del sector, garantizando una respuesta coordinada y segura ante emergencias, así como una dotación mínima de personal a bordo de los trenes.
• Una revisión de las categorías penosas que incorpore factores de riesgo determinantes como los turnos rotativos, los trabajos a la intemperie en entornos de riesgo constante, las vibraciones, la exposición al polvo de sílice o la carga mental derivada del servicio.
SFF-CGT: POR UN FERROCARRIL PÚBLICO Y SOCIAL
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 13/10/2025 | 83 ¿Nuevo? Plan de Formación | RENFE 01/10/2025 | 81 RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT CONSIGUE EL DERECHO AL NO DESCUENTO EN NÓMINA, DE LAS AUSENCIAS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE QUE NO DEN LUGAR A INCAPACIDAD TEMPORAL | 105 2018-09-17 |
| COMUNICADO
 | Leido: 44 veces | En el año 2014 (comunicado 112), informábamos a to@s l@s ferroviari@s y denunciábamos que la Dirección de RENFE ocultaba malintencionadamente la Norma que regulaba las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a Incapacidad Temporal (IT). En ADIF, este derecho es de aplicación a tod@s l@s trabajadro@s, sin embargo, la Dirección y con la necesaria complicidad de sus aliados sindicales institucionales, sigue ERRE QUE ERRE negándonos este derecho.
A raíz de ahí, desde CGT, hemos exigido la aplicación de este derecho tanto a la Empresa como al resto de Sindicatos del Comité General de Empresa, pues se trata de reivindicar un derecho que se niega irregularmente y como tal, debería ser preferente para cualquier organización que se denomine “Sindicato”. La respuesta de todos ha sido, o bien la negación o bien en el caso del resto de Sindicatos, la negativa a tratar este derecho y a reivindicarlo como tal. Su “NO es NO,” ha sido implacable en todos estos años, mientras, sufrimos la discriminación que se nos aplica respecto a nuestros compañeros de ADIF.
En CGT consideramos, que este derecho de gran importancia está siendo vulnerado por una Dirección irresponsable, ya que las indisposiciones leves que no necesitan bajas laborales son muy corrientes y precisamente, son las que están más penalizadas. Recordemos que en las bajas por IT, los primeros tres días son los más gravosos económicamente.
El pasado día 12 de Septiembre la Audiencia Nacional en Sentencia nº 134/2018 ha estimado lo siguiente:
“En la demanda deducida por CGT en la que se solicitase se declare el derecho que corresponde a los trabajadores y trabajadoras del Grupo Renfe a disponer y disfrutar de cuatro días anuales de ausencia por enfermedad, que no den lugar a Incapacidad Temporal, pudiendo ser tres consecutivos, sin generar ningún descuento en la nómina del trabajador, por aplicación de lo dispuesto en los términos y contenidos dispuestos, (…) en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal, la Audiencia nacional
estima la demanda, por resultar dicha orden de aplicación al colectivo afectado por el conflicto.”
La Sentencia no es firme, pero es ejecutiva desde el momento en que se dicta por su naturaleza. RENFE puede recurrir al Tribunal Supremo, aunque no creemos que prospere el Recurso ya que la argumentación de la Sentencia es más que sólida.
La actitud de la Dirección de RENFE siempre ha ido encaminada a negar tozudamente este derecho y reprimir mediante sanción a quién lo reivindicara, siendo vari@s l@s afiliad@s del SFF-CGT que han reivindicado este derecho y que han sido sancionados con falta grave por reclamarlo.
A ellos y ellas, así como a otros militantes de CGT, les debemos que tod@s l@s Trabajador@s de RENFE podamos disfrutar de este derecho.
Resaltar, que los Juzgados de lo Social han estimado también a favor de los trabajadores sobre este tema, pero ello no ha sido suficiente para variar la terquedad de la Dirección de RENFE, ni para cambiar la desidia perenne que sufrimos del resto de Sindicatos que deben defender los derechos de l@s ferroviari@s.
Especialmente se ha sancionado, (cómo no, es lo único que sabe hacer para hacerse valer durante años y años…) por parte de la Jefa de RR.HH. de la Gerencia de Rodalies de Barcelona, Sra. Covadonga, quién a pesar de ser conocedora de la Sentencia a favor de l@s trabajador@s, ha continuado con su represión, sancionando una y otra vez, generando conflictividad, un gasto económico difícilmente explicable y una política de relaciones laborales propia de mediados del pasado siglo.
En el citado comunicado de 2014, finalizábamos indicando. “Nos parece repugnante la posición de la Dirección al ocultarnos este derecho, después de todos los recortes a los que nos están sometiendo.” CUATRO AÑOS después, en los que se nos sigue negando este derecho, reprimiéndose injustamente a quien lo ejercía, podemos imaginar el calificativo que más se adecua a los responsables de esta ignominia. Pensad vosotr@s mism@s en el que más se ajuste….
¡CGT, TRANSPARENCIA, DIGNIDAD Y LUCHA!
¡VEN! NOS NECESITAMOS
Comunicado

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