Comunicados
RENFE | 58 02/07/2025
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NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO
Hoy se ha celebrado la Mesa Técnica General cuyo orden del día ha sido tratar la Desconexión Digital a propuesta del Grupo Renfe en la reunión del pasado 11 de junio con el objetivo de crear un Protocolo de Desconexión Digital.
Desde el SFF-CGT la hemos analizado en detalle. En líneas generales consideramos que la misma significa un buen punto de partida ya que su base normativa es sólida y se reconoce como un derecho fundamental vinculado al descanso, la salud y la conciliación. No obstante, profundizando en su contenido, este es insuficiente, ya que adolece de falta de obligatoriedad en su cumplimiento y ambiguo, al considerar ciertas excepciones pero sin especificaciones concretas. Además, queda patente una ausencia de mecanismos de control y sanción que pone de manifiesto un trato desigual en su aplicación según colectivos, por lo tanto, no garantiza de forma real y efectiva el cumplimiento de este derecho fundamental.
Hemos presentado una propuesta alternativa que refuerza este derecho como irrenunciable, universal y protegido frente a represalias, tal y como establece la legislación vigente y la jurisprudencia más reciente. No aceptamos que se introduzcan excepciones genéricas como “colectivos imprescindibles” sin criterios objetivos, ya que esto abre la puerta a la arbitrariedad y a la vulneración del principio de igualdad.
Además, exigimos que las medidas no sean meras recomendaciones, sino obligaciones vinculantes para toda la estructura del Grupo Renfe. La desconexión digital no puede depender de la voluntad individual de cada persona trabajadora o de interpretaciones de la Jefatura, sino que debe ser garantizada por la propia organización del trabajo y respaldada por herramientas técnicas y organizativas eficaces.
Nuestra propuesta incluye:
- Activación automática de funciones de desconexión fuera del horario laboral.
- Prohibición expresa de comunicaciones durante descansos y vacaciones.
- Formación obligatoria para mandos intermedios y personal directivo.
- Creación de una comisión de seguimiento con capacidad inspectora y sancionadora.
- Revisión periódica del protocolo y publicación de informes públicos.
El derecho al descanso, a la salud y a la conciliación no puede estar condicionado por las necesidades operativas de la empresa. Desconectar es vivir, es cuidar nuestra salud mental y física, y es también una forma de dignidad laboral.
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo un Protocolo que no deje a nadie atrás, que no permita abusos y que garantice que, fuera del horario laboral, nuestro tiempo es solo nuestro.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? | SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA MOVILIDAD, A PUNTO DE “DESCARRILAR” | 81 2018-07-19 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 74 veces | El pasado día 19 de diciembre de 2017 se alcanzó un acuerdo sobre un nuevo Marco de Movilidad Voluntaria por Concurso que generó tantas expectativas en todos los/as trabajadores/as de la empresa por entender que se abrían muchas y nuevas expectativas en una materia de tanta sensibilidad como es la promoción profesional.
El espíritu de este acuerdo se basaba, entre otras muchas cuestiones, en el compromiso de acabar con situaciones injustas producidas por efecto de los indiscriminados reemplazos y cesiones temporales que permitían a la empresa dejar de convocar acciones de movilidad.
Durante todo el proceso de negociación, todas las organizaciones sindicales aportamos multitud de propuestas, con un único objetivo, poder alcanzar el mejor acuerdo que permitiera poner en marcha un nuevo mecanismo en materia de movilidad.
La dirección, en su línea de sacar provecho de cualquier situación, fue cerrando posibilidades a la hora de identificar vacantes, establecer y cambiar criterios y requisitos para la participación, declaración de residencias excedentarias, etc.
El punto culminante del “retorcimiento” de la nueva Norma ha sido el documento entregado por la dirección en la reunión de la Comisión de Seguimiento del pasado día 18 de julio en la que unilateralmente, pretende establecer un orden de adjudicación de las plazas, en el cual no se tiene en cuenta la preferencia que los trabajadores han formulado en sus peticiones de participación. De tal forma, que el arbitrio de esta adjudicación es exclusiva de la dirección, con el consiguiente agravio para muchos de los participantes. Para poder justificar esta impostura contraria a la buena fe negociadora, la empresa se ampara en las “dificultades técnicas” para realizar la adjudicación. ¡Ya les vale!
CGT ante este despropósito, ha enviado una carta a la dirección -que anexamos- en la que urgimos a una nueva reunión de la Comisión de Seguimiento para tratar de solucionar esta perversa situación, que de no ser revertida causará graves e irreparables perjuicios a muchas personas. Estamos convencidos que si la empresa no modifica su actitud, el Nuevo Marco de Movilidad quedará como una herramienta que pudo ser y de triste recuerdo, una herramienta que si no sirve a sus objetivos y a los trabajadores y trabajadoras, CGT no suscribirá.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS, MOVILÍZATE EL DÍA 27 CON CGT!
Comunicado Anexo 1

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