Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF CGT PIDE LA DIMISIÓN DE LOS PRESIDENTES DE ADIF Y RENFE | 68 2018-06-06 |
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| Leido: 56 veces | Para el SFF-CGT, la deplorable situación actual de las empresas ADIF y RENFE es fruto directo de las políticas aplicadas desde los distintos ministerios y cuyos responsables principales son los distintos gobiernos nacionales y por prolongación, los actuales presidentes de las dos entidades públicas. Una vez que el gobierno del PP ha cesado en sus funciones, queda solicitar la dimisión de los actuales presidentes de RENFE y ADIF, por lo que desde este sindicato consideramos una pésima gestión.
Desde la aprobación de la ley de Sector Ferroviario, pasando por la aprobación de las Directrices europeas (la última, aplicación del IV paquete ferroviario) y sobre todo el seguidismo de las actuales políticas económicas y de adaptación a una realidad demandada por Europa que no es cierta, han colocado a Renfe y Adif en una situación de absoluto desmantelamiento: endeudamiento insostenible de Adif y Adif AV, cercana la quiebra de Renfe Mercancías, continua privatización de los servicios de Renfe Fabricación y Mantenimiento, abandono y falta de inversiones en las líneas que no sean AVE -con la estudiada falta de concreción de las OSP-, externalización paulatina de todos los servicios propios de la actividad de las empresas ferroviarias, etc.
En lo que respecta a los aspectos laborales; en ADIF: continua pérdida de poder adquisitivo, desmantelamiento de servicios prestados por personal propio que se privatizan día a día, nulo avance de las negociaciones (clasificación profesional, jubilación parcial, movilidad, etc.) insuficiente potenciación la Seguridad en la Circulación, pilar básico en el ferrocarril y de los sistemas de Seguridad, falta de formación del personal vinculado a la seguridad en la circulación, etc.
En el Grupo Renfe: continua y constante externalización de los servicios que presta el personal ferroviario, creación de distintas escalas salariales que introducen la precariedad, los desequilibrios salariales y las diferencias en el sistema de promoción, pérdida de poder adquisitivo a lo largo de los años, incumplimientos constantes de los acuerdos firmados (desconvocatorias de huelga, desvinculaciones, etc.), acumulación progresiva de problemas en la prestación de los servicios por dejadez empresarial, falta de formación continua en los distintos puestos de trabajo e insuficiente en los nuevos ingresos y ascensos, etc.
En definitiva, un modelo de ferrocarril basado en los rendimientos económicos y las cuentas de resultados, en macro-inversiones cuya rentabilidad social queda en entredicho pero que sin embargo, beneficia a las grandes constructoras. Un ferrocarril que se mantiene alejado de las necesidades de la mayoría ciudadana, de sus necesidades de movilidad y del carácter de un servicio público de calidad.
Debemos también recordar, que ambos presidentes se han negado a cumplir con lo mandatado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en cuanto a la publicación de los salarios de todo el personal de dirección fuera de los Convenios Colectivos de las dos
empresas, llegando a recurrir por vía judicial este mandato y que supone de facto, la negación de la transparencia y el incumplimiento de sus respectivos Códigos Éticos de empresa. A todo lo anterior, debemos sumar la imputación del actual presidente de ADIF en el caso Lezo, y pendiente de las conclusiones de la investigación de la empresa Madrid Calle 30, de la que era consejero el actual presidente del Grupo Renfe y que se encargaba del mantenimiento de la M-30 en Madrid.
Dando continuidad es esta petición de dimisión, el SFF-CGT se concentrará en la sede principal de ADIF el día 19 de junio a las 11.00 h, (Calle Sor Ángela de la Cruz, 3 - Madrid) |
CGT, DIGNIDAD, TRANSPARENCIA y LUCHA
Comunicado
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