Comunicados
ADIF | 70 26/05/2023
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35 HORAS: INTRAHISTORIA DE UNA REUNIÓN 35 HORAS: INTRAHISTORIA DE UNA TRAICIÓN
¡5 minutos! Eso es lo que dedicó la empresa a exponer su postura en un tema tan relevante para l@s trabajador@s como es el de la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas.
MALOS AUGURIOS
Ayer se reunió la Mesa de Jornada, que negocia la forma en que se aplicará la reducción de jornada a 35 horas en todas las áreas de la empresa. Adif contempla dos escenarios:
- Para personal a 3 turnos y descansos rotativos: cada Comité provincial negociaría nuevos gráficos de servicio con una jornada anual de 1536 horas. Pero, ¡atención!, desde el preacuerdo de jornada, ya no es obligatoria la jornada de 8 horas.
- Para el resto de personal: reducción de jornada en minutos, bien con jornadas diarias de 7 horas y media, bien con “jornada intensiva” en verano.
No nos sorprende: la propuesta de la empresa no contempla reducción en días. Así que nos tendrá enfrente.
INTRAHISTORIA DE UNA TRAICIÓN
Primero fue la Norma Marco de Movilidad, después, la figura del Coordinador/a de Trabajos… El 16 de marzo CCOO, UGT y SCF firmaron acabar con un derecho adquirido con mucho esfuerzo, como es la cláusula 8ª del Convenio Colectivo, que recogía una jornada de 8 horas.
Insisten en sus comunicados en que apuestan porque la reducción se aplique en días completos, pero la realidad es que firmando ese preacuerdo han puesto la bandeja de plata para que la empresa aplique la reducción de jornada a su antojo.
Tenemos memoria, y recordamos que hicieron lo mismo en Renfe, proclamando manzanas y firmando peras. Allí tragaron con la reducción de jornada en minutos. Y después, silbando, miraron para otro lado.
NO NOS MOVERÁN
En CGT, nuestra postura es muy clara:
• 14 días de reducción (los famosos RJ)
• que la Cláusula 8ª de nuestro convenio vuelva a reconocer que la jornada anual se computa en jornadas de 8 horas
• La negociación de la reducción no puede superar el 30 de junio como límite para alcanzar un acuerdo, en el Comité General de Empresa o en los comités provinciales.
Hemos sido transparentes: con el preacuerdo de marzo, CCOO-UGT-SCF permitían a la empresa establecer la reducción de jornada en minutos, justo lo que ahora está planteando Adif en la mesa de negociación (¡Oh, qué casualidad!). En CGT nos opusimos a ese preacuerdo y nos movilizamos en dos huelgas de 23 horas. Y volveremos a luchar si no nos dejan otra salida.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO
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 RENFE 26/05/2023 | 69 ¿JORNADA DE 35 HORAS? “PATADÓN Y P’ARRIBA” | RENFE 25/05/2023 | 68 EMPEORAN EL III CONVENIO COLECTIVO. GRATIS |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE AYUDAS GRACIABLES Últimas modificaciones | 64 2018-06-01 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 81 veces | En la reunión del día 29 de Mayo, se acordó modificar el modelo de solicitud de Ayudas Graciables y los requisitos para la solicitud de las mismas, quedando resumida en el siguiente cuadro:
PRESTACIONES
Únicamente se concederán ayuda graciables por gastos derivados de:

* Las facturas de las vacunas se presentarán desglosadas (si fueran varias) y contendrán únicamente las vacunas en sí, no otros medicamentos en la misma factura, en caso contrario no se valorarán.
BENEFICIARIOS
A efectos de solicitar una Ayuda Graciables se consideran beneficiarios:
• El/la trabajador/a en activo
• El cónyuge o pareja de hecho
• Los hijos de ambos que figuren en la declaración de la renta
Cuando el estado civil del trabajador/a sea "Divorciado/a" o "Separado/a" y la ayuda sea para un hijo menor de 25 años, se abonará el 50% de la ayuda que corresponda, salvo disposición en contra en el Convenio Regulador de la disolución del matrimonio, el cual se deberá aportar a la solicitud.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR
1. Modelo de solicitud 0707PAS
2. Fotocopia del Carnet Ferroviario del trabajador/a
3. Facturas originales desglosadas (No se admiten: Fotocopias, Facturas "resumen", "acumulativas", "Proforma", Recibos, Tickets de Entrega).
Dichas facturas no podrán extenderse más allá de 18 meses desde la fecha de recepción de las mismas.
SÓLO se valorarán las facturas que cumplan los requisitos de ayudas, el resto serán archivadas sin valorar con el resto del expediente.
4. Declaración/es de la renta del trabajador y del cónyuge o pareja de hecho del último ejercicio fiscal, excepto en los casos que no sea necesario (Ver tabla resumen en página anterior).
ES IMPRESCINDIBLE APORTAR FACTURAS QUE SUMEN UNA CANTIDAD MÍNIMA DE GASTOS DE 500 € (excepto las de Óptica, Audífonos y Celiaquía).
PORCENTAJES DE AYUDAS SEGÚN INGRESOS BRUTOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
Desde 0 € hasta 24.000,00 € 60%
Desde 24.001,00 € hasta 30.000,00 € 30%
Desde 30.001,00 € hasta 40.000,00 € 20%
Desde 40.001,00 € ( sin LÍMITE ) 10%
La cantidad máxima a percibir en la concesión de cualquier tipo de ayuda por ejercicio anual será como máximo de 1.500 €.
TODOS ESTOS CAMBIOS ENTRARÁN EN VIGOR EL DÍA 1 DE JUNIO DE 2108
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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