Comunicados
RENFE | 103 08/08/2022
|
CATEGORÍAS DE INGRESO. ¿SABÍAIS QUÉ…? L@s compañer@s Operadores de Ingreso N2 procedentes de la Oferta de Empleo Público 2022 (tanto del colectivo de Talleres como de Comercial) se están incorporando a lo largo de esta semana y de la pasada a sus residencias asignadas, iniciando su andadura profesional en el Grupo Renfe. Desde CGT queremos unirnos a su alegría y celebrar su incorporación a la empresa pública donde, en comparación con el salvaje oeste neoliberal que supone la empresa privada, contamos con unas condiciones laborales y salariales algo mejores.
Pero en CGT tenemos la transparencia como una de nuestras señas de identidad y no queremos engañar a nadie. Poneros las botas, compañer@s de Ingreso, que vamos a bajar al barro:
¿Sabíais que la merma de salario que percibís los dos primeros años respecto a la categoría de entrada (un 30% menos de salario durante los dos primeros años y un 15% menos durante los 6 meses siguientes) recogida en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe fue firmada por SEMAF, UGT y CCOO? ¿Sabíais que en el I CC la situación era todavía peor, que la merma de salario se prolongaba durante cinco años y que aquel convenio lo firmaron SEMAF, UGT, CCOO y SF?
Cuando sus representantes se pasen a visitaros por las taquillas y los talleres y os vendan la moto de que están trabajando y en el pasado han trabajado por mejorar vuestras condiciones laborales decidles que no sois tontos, que sabéis que desde el principio firmaron adaptar las retribuciones “a las condiciones actuales de mercado” (extracto literal del I CC), es decir, precarizar vuestros salarios. Pedidles que os expliquen por qué han firmado que personas que realizan las mismas funciones cobren salarios diferentes y luego nos contáis sus respuestas: Verlos sudar haciendo malabares dialécticos nos resulta muy divertido.
Y al respecto de las funciones queríamos comentar otro asunto: ¿Sabíais que la única diferencia entre las funciones de un Operador de Entrada y uno de Ingreso es que el de Entrada “tutelará la formación práctica de los Operadores de Ingreso”? Es decir, que un Operador de Ingreso no debería formar a sus compañer@s de Ingreso, es decir, a vosotr@s (enlace al desarrollo profesional).
La empresa apela a la solidaridad, a la costumbre, al buen hacer de sus profesionales, etc. Para tapar la doble injusticia que estáis sufriendo: Crearon la categoría de Ingreso para ahorrarse un buen porcentaje en vuestros salarios y ahora además os piden hacer las funciones que ni siquiera están en vuestro desarrollo profesional.
Mientras os hablaban del Código Ético, de Compliance, de transparencia… en vuestras recientes formaciones; piden a vuestr@s compañer@s, en privado y en voz baja, que os formen, que les hagan el favorcillo. Un poco feo, ¿no?
LOS MALABARISMOS PARA EL CIRCO,
CGT PARA TU REPRESENTACION SINDICAL
 COMUNICADO
|
 ADIF 04/08/2022 | 102 RATIFICAN EL PACTO DE COLOCACIÓN | RENFE 29/07/2022 | 101 LA HIPOCRESÍA EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE DESCANSOS DETRAIBLES, UN RECORTE DE DERECHOS | 21 2018-02-22 |
| COMUNICADO
 | Leido: 24 veces | CGT DEMANDA AMPLIAR EL PREAVISO A UN MÍNIMO DE CINCO DÍAS EN LOS DESCANSOS DETRAIBLES, conforme a lo establecido en el derecho mínimo necesario.
Como todos conocéis, en el año 2010, durante la “dura negociación” del acuerdo de desarrollo profesional de conducción (ADPC), el tándem EMPRESA-SEMAF y sus adláteres, consiguieron imponernos los famosos descansos detraibles para los servicios de viajeros (además de la triple escala salarial y otros grandes logros de estos defensores de los “derechos de los trabajadores”). Así, establecieron que, con un preaviso de 48 horas te pudieran sustraer hasta 4 descansos al año, pudiéndote sustraer 2 descansos juntos si la jornada fuera de 2 fechas y fuera de residencia.
Estos descansos detraibles no son más que lo conocido como distribución irregular de la jornada, con la que RENFE se guarda cuatro días de nuestras jornadas, o sea, 96 horas anuales, para distribuírnoslas a su gusto, pudiendo realizar tareas de producción o bien de formación.
Desde CGT ya avisamos del nefasto Convenio Colectivo del Grupo RENFE, firmado el 20-09-2016 –en el que los firmantes (SEMAF, CC.OO, UGT y SF) instauraron la precariedad, los “falsos becarios”, distintas escalas salariales para cobrar mucho menos realizando el mismo trabajo, etc.-, no respeta el tiempo de preaviso mínimo establecido en el Estatuto de los Trabajadores (ET), para aplicar la distribución irregular de la jornada. En concreto, el artículo 34.2 del ET fija un mínimo de 5 días de preaviso para conocer el día Y LA HORA, del servicio a realizar. Evidentemente, la Dirección de la Empresa y sus cómplices sindicales eliminaron este derecho, reduciéndolo a 48 horas y perjudicando aún más la conciliación de la vida familiar, social y laboral de los maquinistas.
Por ello, interpusimos demanda ante la Audiencia Nacional impugnando el preaviso de los descansos detraibles, solicitando el aumento de éste hasta los 5 días mínimos establecidos en el artículo 34.2 del ET. Siendo además, considerado por el Tribunal Supremo, un derecho mínimo necesario que nunca puede aminorarse por medio de un acuerdo o convenio colectivo.
El Juicio en la A.N. está proclamado para celebrarse el próximo 25 de Abril del presente año, si es que la Empresa no se aviene a rectificar y ajustarse al derecho mínimo necesario de CINCO DÍAS marcado en el ET., lo que evidenciaría que la Dirección de la Empresa respeta los derechos de conciliación de la vida familiar de sus trabajadores.
En caso contrario, desde CGT, esperamos que el resto de Sindicatos: SEMAF, CC.OO., UGT y SF, que están codemandados por ser parte necesaria, se sumen a la demanda de CGT haciendo frente común en defensa de los derechos de sus representados y de todos los trabajadores, pues las pretensiones que hemos interpuesto en este tema son colectivas y benefician sustancialmente la vida y la relación laboral de los Maquinistas. De TODOS/AS los/as Maquinistas.
Tanto empresa como sindicatos firmantes del convenio, tienen la posibilidad de hacer efectivo aquello tan elemental de: “RECTIFICAR ES DE SABIOS” y corregir lo incluido en el nefasto I Convenio Colectivo del Grupo RENFE.
CGT, GARANTIZA TUS DERECHOS
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |