Comunicados
RENFE | 142 01/12/2023
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PATINETES FUERA. ¿PROBLEMAS DENTRO? Esta semana hemos sido conocedores de que a partir del 12 de diciembre se prohibirá acceder con patinetes eléctricos a todos los trenes de Renfe Viajeros (Cercanías, Regionales, Larga Distancia y Alta Velocidad). Las baterías que portan este tipo de dispositivos han ocasionado recientemente varios casos de explosiones e incendios en el transporte público. Esta determinación se toma en la línea de las efectuadas por otras regiones como Sevilla, Cataluña, Madrid y otras tantas a nivel europeo.
En el cuerpo de la noticia que ha difundido el departamento de comunicación de Renfe se recoge que “en las estaciones de Cercanías gestionadas por Renfe se informará de la prohibición” de viajar con patinetes eléctricos y que “igualmente se podrán hacer inspecciones aleatorias con interventores y agentes de seguridad”.
Nos parece bien que se difunda la medida en Cercanías… pero también es necesario que se difunda en el resto de servicios, ¿o es que no habrá problemas con este tema en un Media Distancia? ¿O en un control de acceso de AVE?
También es necesario que se incremente la presencia de personal de seguridad a bordo de los trenes, con patinetes o sin ellos, no se puede permitir que el colectivo de intervención esté sufriendo agresiones de todo tipo a diario y que su empresa no se preocupe por garantizar unas condiciones de trabajo seguras. Ejemplos tenemos a raudales en prensa y en las decenas de partes que l@s trabajador@s del colectivo hacen llegar a Renfe mes a mes.
Ahora Renfe tiene una buena oportunidad de demostrar que vela por sus emplead@s garantizando que la aplicación de esta medida no va a acarrear ningún problema a su plantilla. Porque, ojalá nos equivoquemos, la aplicación tan tajante de esta medida no será popular y va a generar más de una situación conflictiva.
La interoperabilidad tren / Vehículos de Movilidad Personal / bicicleta es algo positivo para l@s usuari@s del ferrocarril y para la sociedad (reducción de emisiones de CO2), pero ahora mismo Renfe debe primar la seguridad de trabajador@s y usuari@s. En CGT trabajaremos para que en el futuro pueda compaginarse el transporte de viajeros y estos vehículos de movilidad personal en las condiciones de confort y seguridad necesarias.
También aprovechamos la coyuntura para recordar que seguimos reclamando la necesidad de restituir la figura de agente de la autoridad al colectivo de intervención, una figura que estaba recogida en el Desarrollo Profesional de 2013 y que sucintamente se hizo desaparecer unos años más tarde. Esta figura haría que las agresiones que sufre el colectivo dejaran de salir gratis, protección de la gozan profesor@s o sanitari@s, por ejemplo.
Desde CGT nos hemos puesto en contacto con la dirección de Renfe Viajeros y con el departamento de RRHH para hacerles partícipes de nuestra postura y demandas.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 01/12/2023 | 141 ES EL MOMENTO DE AVANZAR EN DERECHOS | LOGIRAIL 30/11/2023 | 140 CGT APUESTA POR LO PÚBLICO |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE REVISIÓN DE LA PRIMA POR VENTA EN ESTACIONES, ¡¡YA!! CGT EXIGE LA REVISIÓN Y RENEGOCIACIÓN DE LA PRIMA DE VENTA CLAVE SALARIAL 468 | 20 2018-02-22 |
| COMUNICADO
 | Leido: 34 veces | El acuerdo que regula la clave 468 se remonta al 30/02/2002; fue firmado por UGT, CCOO y Empresa, y ratificado por la Comisión Negociadora del XIV Convenio Colectivo con fecha 03/09/2002. Un acuerdo que rechazó CGT por considerarlo lesivo para los intereses del colectivo de venta, pues no contaba las operaciones de anulación de billetes, no incluía otras operaciones e iba dirigido a la potenciación de la venta en máquinas autoventa, en un claro detrimento de la venta presencial, entre otras razones.
A instancias de CGT, el 14 de Junio de 2016, el Comité General de Empresa remitió a la Dirección del Grupo Renfe un escrito en el que se solicitaba el inicio de la negociación de los términos de la prima de venta (clave salarial 468) tal y como indica el acuerdo de la Prima de Venta en estaciones de Cercanías.
A día de hoy, aún no se ha abierto la negociación de la misma, ni tan siquiera se recibió contestación al citado escrito, entendiendo CGT que es el momento en el que los Operadores Comerciales N2 reclamemos lo que es nuestro, es decir, una prima de venta que realmente refleje las funciones que realizamos en las estaciones y en una cuantía digna.
¿Por qué solicitamos renegociar la prima de venta en las estaciones de cercanías?
1. El propio acuerdo de esta prima establece en el punto de límites y garantías que, “(…) será objeto de revisión inmediata y de auditoría cuando (…) la venta en autoventa supere el 30% en relación con el total venta visir”, circunstancia que se lleva dando desde algunos años en muchas estaciones.
2. No existe incremento en la cuantía de esta prima desde el año 2009 cuando el importe unitario pasó de 0,006310 € a 0,007743 €, cantidad que si ya era ridícula hace nueve años, ahora provoca risa.
3. El canon de venta del 5,5% del importe del billete impuesto en la venta presencial, también ha hecho que los viajeros prefieran comprar sus billetes en internet, más baratos y con mejores ofertas que en las estaciones, lo que ha provocado el descenso del número de billetes vendidos por el personal de RENFE.
4. Las operaciones de las máquinas autoventa ubicadas en las estaciones sin personal no contabilizan para el reparto de la prima, aunque estas máquinas son atendidas por operadores con residencia en otra estación.
5. Los agentes que trabajan en distintas estaciones cobran de las operaciones de las máquinas de su estación de residencia, con el consiguiente perjuicio para el resto de agentes de la estación cuando deberían participar proporcionalmente de las operaciones de las autoventa de las estaciones donde realizan sus funciones.
6. Renfe ha llegado a acuerdos con los consorcios regionales de transportes en varios núcleos de cercanías donde las máquinas autoventa venden y recargan títulos de transporte integrados o combinados, no exclusivos de tren, y estas operaciones tampoco cuentan para la prima, aunque seamos nosotros los encargados de estas máquinas.
7. En esta prima, solo se contabilizan las operaciones de venta y no todas las operaciones realizas en el sistema de venta (cambios, anulaciones, ingresos, emisión de tarjetas doradas, indemnizaciones viajeros, etc.), operaciones que deberían contar para el cálculo de la misma.
8. En el sistema de venta VISIR, las operaciones realizadas con tarjeta bancaria tampoco son contabilizadas, mientras que en VCX sí y el acuerdo es de prima de venta sin especificar el medio de pago.
9. Es una prima limitada en su máximo, por lo que no se compensan los puestos y las/os trabajadoras/es que exceden el máximo remunerado.
10.- Y por último, porque además de ser una prima obsoleta, ni los trabajadores ni los representantes de los mismos disponemos en todas las provincias de los datos para calcularla de manera objetiva y veraz.
El colectivo de venta no puede continuar ninguneado, con un sistema de prima totalmente desfasado, que ni de lejos recoge y valora el trabajo y servicio que se prestan. CGT pondrá todo el empeño necesario para que se negocie un nuevo acuerdo que compense a los/as trabajadores/as de una manera justa.
¡VA SIENDO HORA QUE EMPRESA Y EL CGE TOMEN EN SERIO AL COLECTIVO DE COMERCIAL DE ESTACIONES!
¡VEN A LUCHAR CON CGT!
Comunicado

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