Comunicados
RENFE | 29 27/03/2024
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EL SFF-CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS EN EL GRUPO RENFE SOLO SE CONTABILICEN EN DÍAS EFECTIVOS DE TRABAJO EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN AL SFF-CGT Y CONFIRMA LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL El SFF-CGT presentó el 17 de noviembre de 2020 una demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional con el objeto de lograr que la contabilización de los días de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre días de trabajo efectivo, sin amortizar días de descanso o festivos durante su cómputo.
El Grupo RENFE, fiel a su costumbre de recortar derechos adquiridos, una vez comienza el cómputo de los días de licencia incluye todos los días naturales y figura parte de los permisos retribuidos sobre descansos o festivos, que de esta forma quedan amortizados y se pierden.
La Audiencia Nacional falló en sentencia de fecha 9 de junio de 2021, el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los días de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 8 ª del II Convenio Colectivo dl GRUPO RENFE que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los días de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los días de descanso, festivos no trabajados o días no laborables (excepto vacaciones), con la precisión de que todos los días de la semana, salvo domingo y sábado cuando sea festivo tienen la condición de laborable y demás festivos para quienes tienen jornadas especiales son computables a los efectos de las licencias establecidas en el convenio y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos”.
Renfe recurrió esta sentencia y ahora el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, rechaza el recurso de la empresa y da la razón al SFF-CGT. Estable que los permisos retribuidos solo se disfrutan en días de trabajo efectivo. Además, aclara que la referencia a las jornadas especiales (a las que Renfe se aferraba para oscurecer la aplicación del derecho) implica que habrá que estarse al calendario laboral de cada trabajador o trabajadora para determinar el carácter laborable, o no, de cada jornada, debiendo en cada caso incluir exclusivamente para el cómputo de los días de disfrute de los permisos que nos ocupan los días de trabajo efectivo.
Conseguimos, por tanto el objetivo de esta acción jurídica, que es la aplicación de los días de licencia contemplados en convenio colectivo según el hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hijo o adopción y nacimiento de hijo en caso de surgir complicaciones en el parto) únicamente a días de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Con esta sentencia el SFF-CGT culmina con éxito un intenso trabajo jurídico, iniciado por l@s compañer@s del sector de Telemarketing de la Federación de Transportes de CGT: sentando doctrina en el TS sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos si el hecho causante se producía en descanso o festivos para el/la trabajador/a, obligando a aplicar el mismo criterio una vez iniciado el permiso tanto en ADIF (sentencia del TS de fecha 7 de Junio de 2023) como en el GRUPO RENFE con la reciente sentencia de seis de marzo.
Esta sentencia posibilita reclamar durante un año a partir de la misma (hasta el seis de marzo de 2025), todos aquellos descansos y festivos que el Grupo Renfe ha ido computando como licencia y que debería haber respetado, extendiendo el radio de acción de esta reclamación hasta un año antes de la presentación de la papeleta de conciliación del conflicto colectivo (30 de junio de 2019). Desde el SFF-CGT nos ponemos a disposición de l@s compañer@s interesad@s en reclamar para facilitar los trámites necesarios.
SFF-CGT: ¡LUCHA CONTINUA POR MEJORES CONDICIONES DE TRABAJO!
COMUNICADO
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ADIF 26/03/2024 | 28 PAF 2024 O CÓMO SEGUIR DESPRECIANDO LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA | SECTOR 22/03/2024 | 27 AL MINISTERIO SE LE OLVIDA EL ACUERDO DE DESCONVOCATORIA DE HUELGA |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ADIF PRESENTA UN AMBICIOSO PLAN EN DIVERSAS MATERIAS OEP - MOVILIDAD - JUBILACION PARCIAL | 6 2018-01-19 |
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| Leido: 82 veces | Ayer se celebraron dos reuniones del CGE y de la Mesa de Ordenación Profesional a petición de la empresa. La primera de ellas para tratar asuntos que conciernen a todos los procesos de ingresos y movilidades abiertos o de inminente apertura; la segunda, en base al calendario previsto, para entregar documentación relativa a las funciones del personal de circulación en la nueva Ordenación Profesional.
JUBILACIÓN PARCIAL
Está en marcha y se prevé la finalización de los reconocimientos médicos a finales de este mes de enero. El 5 de febrero se publicará la lista de adjudicaciones e inicio del proceso urgente de emisión de certificaciones y cotizaciones de los trabajadores que se acojan a esta modalidad para que conjuntamente al modelo a rellenar por los propios trabajadores, que emitirá la empresa, procedan a presentar en el INSS la documentación.
El 7 de febrero saldrá el listado definitivo y la citación para iniciar el curso formativo. Está previsto que el inicio de la relación contractual sea el 1 de Abril del presente año, fecha que marcará el inicio del proceso de la jubilación parcial y que será efectiva en el año 2019 para los que han solicitado acumulación, que son la mayoría. Los relevistas van a poder acumular sus periodos de trabajo exclusivamente en cada año. Como es evidente al observar las fechas relatadas, se dará la circunstancia de que muchos aspirantes no habrán terminado la formación y por tanto superado las pruebas finales antes del inicio de las contrataciones, por lo que serán contratados y en el caso de no superar el proceso, se les rescindiría el contrato.
A pregunta de CGT sobre los criterios utilizados a la hora de determinar las plazas ofertadas para los relevistas, dado que en algunos casos se han asignado donde no hay jubilados parciales o incluso donde existe personal excedentario de la misma categoría, la empresa respondió, que las áreas han determinado estas plazas en función de las necesidades en esas dependencias con lo que entendemos, y así lo exigiremos, que deberán ser ofertadas posteriormente en los procesos de movilidad general.
Otra cuestión a tener muy en cuenta por parte de los aspirantes de la bolsa, es la condición necesaria de ser demandantes de empleo antes de producirse la posible contratación.
PLAN DE EMPLEO
La empresa ha propuesto al CGE abordar un plan de empelo para este 2018, que evite la repercusión de la previsible modificación de la Legislación de la Jubilación Parcial que acometa el Gobierno del PP en breve; se trata de poder, a la mayor brevedad posible, comunicar al INSS el personal que va a entrar en los próximos años en edad de Jubilación Parcial. CGT ya solicitaba que para la actual Circular de Jubilación Parcial pudieran concurrir TODOS los trabajadores que cumplieran con los requisitos exigidos y no una cantidad ridícula. Ahora saltan las alarmas.
MOVILIDAD PREVIA OEP 2017
La próxima semana está prevista una nueva reunión con el CGE para arrancar este proceso lo más rápido posible. Pretenden abordarlo, en la mayor medida posible, con la nueva Norma aprobada recientemente para la Movilidad Voluntaria y publicar las vacantes a finales de este mes de enero; a continuación se procederá a promover la Movilidad General y tenerlo finalizado a mediados de marzo del presente año.
OEP 2017
Una vez finalizada la movilidad previa se iniciara este proceso con la entrega de las bases de la OEP al CGE a mediados de marzo con el fin de publicarla en el BOE sobre el día 20 del mismo mes y abrir inmediatamente el plazo de solicitudes. Se analizará como introducir en este proceso la valoración de meritos, experiencia, etc. Con todo ello se quiere tener cerrado este proceso en septiembre, mes en el que se firmarán los contratos para comenzar con la formación que al igual que con los relevistas temporales del 50%, se verá solapado con la propia contratación y condicionantes de superar las pruebas. A finales de junio se formalizaran las notificaciones al INSS de los jubilados parciales al 75%.
PLAN DE MOVILIDAD
Con respecto a este proceso la empresa nos informó, que a finales de enero enviará al CGE la relación de puestos para que en la primera quincena de febrero los trabajadores conozcan las mismas. Del 16 al 28 de febrero, el personal ya podrá realizar sus solicitudes, para que una vez ordenadas y baremadas empiecen las pruebas selectivas del 19 al 30 de marzo, para concluir este proceso a finales de mayo.
Para una información más precisa de todo lo indicado, consultad con cualquier delegado de CGT en cada ámbito.
ORDENACIÓN PROFESIONAL
Como continuación de las reuniones anteriores sobre la Ordenación Profesional la empresa nos informó que quiere tener finalizado este proyecto antes que acabe el primer semestre del año en curso. En esta reunión nos han entregado sus proyectos de funcionalidad para el personal operativo, empezando en esta entrega por el personal de circulación. Procederemos a valorar con detenimiento esta documentación, contrastándola con la que desde CGT estamos proyectando.
Para CGT, por la necesidad que tienen los trabajadores por ver cumplidas sus reivindicaciones, es apremiante que las cuestiones a tratar en los próximos meses salgan adelante cuanto antes y sin más demoras. Eso no quiere decir que nos vayamos a precipitar por alcanzar acuerdos de los cuales podamos arrepentirnos posteriormente. Los temas planteados (empleo, promoción profesional, movilidad, derechos laborales, retribuciones,…) son de tal importancia para los trabajadores, que necesitan del suficiente esfuerzo negociador por parte de todos.
TUS DERECHOS ESTAN EN JUEGO - LUCHA POR ELLOS CON CGT
Comunicado
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