Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT PONDRÁ A PRUEBA EL NUEVO PROYECTO DE MOVILIDAD | 139 2017-12-20 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 61 veces | El día 19 de diciembre se ha reunido la mesa de Ordenación Profesional en la que se ha aprobado el nuevo y “temporal” proyecto de Movilidad Voluntaria continua. El SFF-CGT, apostó y lo defendió desde el inicio de su negociación, al entender que es una demanda histórica el derecho a la movilidad y la promoción de todos los trabajadores de Adif.
Después de más de dos meses de reuniones quincenales en las que se han ido modificando los distintos borradores presentados por la empresa, hemos acordado un documento, empresa y sindicatos, exceptuando el S.F. que no ha seguido la práctica habitual de firmar por imperativo legal. Hay que recordar, entre otras, que fueron partícipes directos, otra vez por imperativo legal, de la separación de ADIF firmando, a la vez que desconvocaban una huelga, el mal llamado Acuerdo de Garantías, saliéndoles entonces el tiro por la culata, porque les supuso quedarse fuera de la negociación del I Convenio Colectivo al necesitar el 10% de representatividad. Afortunadamente toda su afiliación podrá participar en cada uno de los procesos de movilidad que se desarrollen con este nuevo Marco de Movilidad.
La nueva Norma Marco de Movilidad Voluntaria tiene carácter provisional y no se va a incorporar como norma definitiva hasta que se compruebe su efectividad después de que se aplique en los procesos de movilidad previstos para el año 2018 previos a la OEP/2017.
El documento final es novedoso y proporciona cierto carácter de “modernidad y agilidad” a una Normativa Laboral absolutamente obsoleta; recoge procesos continuos de solicitudes y adjudicaciones cada 6 meses. En la primera quincena de febrero, la dirección ofertará una primera relación de residencias, dependencias y categorías para que los trabajadores procedan a la correspondiente petición de las mismas. En el plazo de 4 meses desde que se oferten las plazas, deberán estar resueltas las adjudicaciones de todos los niveles y a los dos meses siguientes se vuelve a iniciar otro procesos de petición y/o modificación de solicitudes.
CGT ha planteado desde el principio la necesidad de que la transparencia fuera ejemplar dotándonos para ello de una Comisión de Seguimiento con capacidad de intervención en las propuestas y resoluciones de la empresa. Se ha alcanzado el compromiso por escrito, de aflorar plazas que actualmente estén cubiertas mediante movilidad temporal. También se ha conseguido la participación subsidiaria de todos los trabajadores de todas las categorías y niveles.
Sin duda alguna el SFF-CGT seguirá luchando para tratar de introducir las mejoras que hayan quedado pendientes o que puedan surgir a través de la citada Comisión de Seguimiento y lo que es más importante, que al ser una norma de carácter provisional, si al final del proceso y según los análisis que hagamos de los resultados no nos satisface no la elevaremos a definitiva.
Puedes consultar el texto definitivo en el siguiente enlace:
AQUÍ
o dirigiéndote a los delegados de CGT.
¡CGT POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado Anexo 1

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