Comunicados
RENFE | 103 08/08/2022
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CATEGORÍAS DE INGRESO. ¿SABÍAIS QUÉ…? L@s compañer@s Operadores de Ingreso N2 procedentes de la Oferta de Empleo Público 2022 (tanto del colectivo de Talleres como de Comercial) se están incorporando a lo largo de esta semana y de la pasada a sus residencias asignadas, iniciando su andadura profesional en el Grupo Renfe. Desde CGT queremos unirnos a su alegría y celebrar su incorporación a la empresa pública donde, en comparación con el salvaje oeste neoliberal que supone la empresa privada, contamos con unas condiciones laborales y salariales algo mejores.
Pero en CGT tenemos la transparencia como una de nuestras señas de identidad y no queremos engañar a nadie. Poneros las botas, compañer@s de Ingreso, que vamos a bajar al barro:
¿Sabíais que la merma de salario que percibís los dos primeros años respecto a la categoría de entrada (un 30% menos de salario durante los dos primeros años y un 15% menos durante los 6 meses siguientes) recogida en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe fue firmada por SEMAF, UGT y CCOO? ¿Sabíais que en el I CC la situación era todavía peor, que la merma de salario se prolongaba durante cinco años y que aquel convenio lo firmaron SEMAF, UGT, CCOO y SF?
Cuando sus representantes se pasen a visitaros por las taquillas y los talleres y os vendan la moto de que están trabajando y en el pasado han trabajado por mejorar vuestras condiciones laborales decidles que no sois tontos, que sabéis que desde el principio firmaron adaptar las retribuciones “a las condiciones actuales de mercado” (extracto literal del I CC), es decir, precarizar vuestros salarios. Pedidles que os expliquen por qué han firmado que personas que realizan las mismas funciones cobren salarios diferentes y luego nos contáis sus respuestas: Verlos sudar haciendo malabares dialécticos nos resulta muy divertido.
Y al respecto de las funciones queríamos comentar otro asunto: ¿Sabíais que la única diferencia entre las funciones de un Operador de Entrada y uno de Ingreso es que el de Entrada “tutelará la formación práctica de los Operadores de Ingreso”? Es decir, que un Operador de Ingreso no debería formar a sus compañer@s de Ingreso, es decir, a vosotr@s (enlace al desarrollo profesional).
La empresa apela a la solidaridad, a la costumbre, al buen hacer de sus profesionales, etc. Para tapar la doble injusticia que estáis sufriendo: Crearon la categoría de Ingreso para ahorrarse un buen porcentaje en vuestros salarios y ahora además os piden hacer las funciones que ni siquiera están en vuestro desarrollo profesional.
Mientras os hablaban del Código Ético, de Compliance, de transparencia… en vuestras recientes formaciones; piden a vuestr@s compañer@s, en privado y en voz baja, que os formen, que les hagan el favorcillo. Un poco feo, ¿no?
LOS MALABARISMOS PARA EL CIRCO,
CGT PARA TU REPRESENTACION SINDICAL
 COMUNICADO
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 ADIF 04/08/2022 | 102 RATIFICAN EL PACTO DE COLOCACIÓN | RENFE 29/07/2022 | 101 LA HIPOCRESÍA EN SU MÁXIMA EXPRESIÓN |
Jurídica
Convenios CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |  | SERVICIOS FERROVIARIOS | 09/03/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EXAMENES MOVILIDAD FUNCIONAL EN RENFE LA EMPRESA DEBE DE APLICAR LA NORMATIVA | 136 2017-12-12 |
| COMUNICADO
 | Leido: 52 veces | Hoy día 12 se llevan a cabo los exámenes correspondientes a las convocatorias de movilidad funcional (ascensos) a los subgrupos profesionales de Operador Comercial Especializado N2 (Convocatoria PO 06/2017) y Operador Comercial Nivel 1 (Convocatoria PO 04/2017).
Las pruebas se realizan en turnos de mañana y tarde en diversas residencias, concretamente en dependencias de Madrid, Barcelona,, Málaga, Miranda, Murcia, Oviedo, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.
A la gran mayoría de las/los trabajadoras/es que se presentan a las mismas, se les ha asignado un turno de examen no coincidente con el turno de trabajo que les corresponde, lo que significa en muchos casos que una vez finalizado el mismo, deberán incorporarse a sus puestos de trabajo, o que, una vez finalizado el turno de trabajo, deberán desplazarse para la realización de las pruebas, o en su descanso, utilizando también tiempo propio.
CGT recuerda a todas/os que la promoción profesional es un derecho que se encuentra reconocido en el Estatuto de los Trabajadores ( artículo 4.2 b), además de estar regulada la asistencia a las pruebas en la Normativa Laboral vigente, en su artículo 435 “Promoción”, que de forma literal especifica que “Aquellos trabajadores que se presenten a una Convocatoria de Ascenso o Pase tendrán derecho a obtener el día o días para la asistencia a examen, que será de licencia con sueldo, siempre y cuando superen la mitad de la puntuación exigida en la Convocatoria para el aprobado, y en caso de no obtenerse dicha puntuación el día o días serán considerados como licencia sin sueldo.
A partir de la firma del XIV Convenio Colectivo, y en caso necesario, cuando el examen tenga lugar en residencia distinta a la del trabajador, se facilitará el título de transporte y los gastos de viaje que puedan derivarse del desplazamiento, si éste se efectúa a otra provincia distinta de la residencia del trabajador”.
Por lo tanto, desde CGT animamos a todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa, que reclamen por escrito la compensación con un día de licencia retribuida en el caso de superar la mitad de la puntuación exigida para el aprobado en la Convocatoria, y que en todo caso, reclamen, el importe del título o títulos de transportes utilizados para la asistencia a los exámenes. Tened claro que la empresa no lo va a hacer de oficio, y si nos callamos, se convierte en otro derecho que se llevan por delante.
En otro orden de cosas, y respecto al nefasto listado de Ordenación Profesional del personal de comercial publicado hace meses y al que presentamos un escrito de impugnación (ver comunicado nº º116 de 16-10-2017), deciros que desde CGT hemos hecho gestiones para averiguar en que estado se encuentran las reclamaciones presentadas (unas 300), habiéndonos asegurado la Dirección que las están resolviendo y que se publicará a la mayor brevedad un nuevo listado donde se reflejen las correcciones necesarias.
¡QUE NO TE TOMEN EL PELO!
LA PROMOCIÓN PROFESIONAL ES UN DERECHO
¡VEN A LUCHAR CON CGT!
¡AFÍLIATE A CGT, CONTIGO SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado

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