Comunicados
RENFE | 47 19/04/2018
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Jubilación Parcial Un derecho cada día más cercano JUBILACIÓN PARCIAL EN RENFE
En el día de hoy hemos mantenido la II reunión para abordar la negociación para la implantación de la jubilación parcial en Renfe.
En la misma, hemos hecho entrega de un escrito con consideraciones que desde CGT estimamos importantes y de carácter general en relación a la jubilación parcial. Entre ellas:
Requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada, en cuanto a la edad y cotización, teniendo en cuenta que para acreditar la cotización necesaria, el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria computa hasta un máximo de un año y que para los trabajadores con un grado reconocido igual o superior al 33 % de discapacidad, en lugar, de 33 años cotizados se requieren 25 años.
Reducción de jornada del 75 %, con contrato de relevo indefinido y a jornada completa.
Acumulación de jornada dentro de cada año o al comienzo de la jubilación parcial.
También hemos trasladado a RENFE la problemática que se está dando en Adif con la jubilación parcial al 50%, que está ocasionando que no se consigan los objetivos deseados para todas las partes. Problemática que deseamos evitar en RENFE; pues pudiendo ser ésta atractiva para el trabajador jubilado, no lo es tanto para el trabajador relevista por cuestiones de índole económico, de desarraigo y calidad del empleo.
Aparte de estas cuestiones, CGT considera que la lectura de la reunión es positiva y podemos augurar que estamos en disposición, todas las partes, de culminar la negociación con un Plan de Jubilaciones Parciales que colme las aspiraciones de una plantilla excesivamente envejecida y con una larga carrera profesional, especialmente de aquellos trabajadores que no tienen penosidad.
A riesgo de reiterarnos, en CGT, somos conscientes de que para renovar la plantilla y hacer el necesario relevo generacional, la jubilación parcial no es la única herramienta, pero sí la mejor, y así lo venimos reivindicando desde hace muchos años.
En otro orden de cosas, la empresa ha entregado una primera aproximación del alcance en cuanto al número de trabajadores por colectivos con posibilidad de adherirse a la jubilación parcial anticipada. A falta del análisis de los aspectos expuestos en el escrito de consideraciones que hemos presentado ante el proceso de negociación en el que nos encontramos: periodo de cotizaciones, trabajadores con discapacidad, etc., finalmente nos hemos emplazado a realizar una puesta en común para establecer un modelo de sondeo de voluntades de adhesión de los/as trabajadores/as que cumplan los requisitos legales para adherirse a la jubilación parcial anticipada en la modalidad de reducción de jornada del 75% y la menos práctica del 50%, todo ello para la próxima reunión del 8 de mayo.
Desde CGT, en relación a la jubilación parcial anticipada, siempre hemos manifestado nuestro interés y voluntad de que el Grupo Renfe contemple la jubilación parcial al 75% con contrato de relevo y por ello, hemos hecho hincapié en que estamos en el momento propicio, por fin, ya que hasta el II Acuerdo de Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo contempla la inclusión de la jubilación parcial anticipada en los convenios de empresas públicas como la nuestra.
EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI
 COMUNICADO
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 RENFE 17/04/2018 | 46 "HEMPLEO" EN RENFE | SECTOR 16/04/2018 | 45 ADIF CONDENADA POR VULNERACIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EN TARRAGONA |
Jurídica
Convenios CONTRATAS | 06/03/2018 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT IMPUGNA LA CONVOCATORIA DE CUADROS TÉCNICOS Y TÉCNICOS DE INGRESO | 114 2017-10-11 |
| COMUNICADO
 | Leido: 19 veces | Ya no recordamos el día en el que Renfe sacó una convocatoria reconciliada con la normativa y que evite el daño a terceros. En esa misma línea de olvido hacia sus trabajadores, la empresa ha publicado una oferta de empleo con plazas para Técnico de ingreso y Cuadro Técnico de ingreso con un revestimiento y una pátina que deslumbra, basada en el Art. 14 de la Constitución: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión….” Fulgor, que no ciega a los trabajadores y trabajadoras que llevan años esperando una promoción profesional con progresión salarial, perfectamente cualificados y que además, poseen una experiencia laboral inestimable, muy valorable para cualquier responsable de RR.HH. con una formación completa.
Desde CGT creemos que las convocatorias mencionadas, vulneran muy claramente el derecho a la promoción profesional establecido en el artículo 35 de la Constitución Española; el artículo 24 del Estatuto de los Trabajadores y lo que establece la Normativa Laboral de Renfe, apartado 2, en su artículo 108.2 sobre Promoción. Por lo que, además de haber presentado una impugnación como sindicato, hemos elaborado un modelo de impugnación individual, para quien quiera impugnar esta nueva desconsideración por parte de la empresa para con sus trabajadores/as.
Parece que nada pasa, pero está pasando.
El pasado 21 de setiembre, CGT lanzó un comunicado informando sobre la espera de un año desde que el convenio es de eficacia general, sobre el no abono a los trabajadores/as afectadas de la clave 200 y del 1% pactado en el Convenio. Al día de hoy, la empresa nos sigue negando hasta la calderilla, que también reclaman los firmantes. Lanzando alguno de ellos un “Ojo con quien juega con esto”, y a lo que cabría responder: ojo con esos “responsables” que “venden” una cosa y luego resulta otra. Tengamos claro, que es la empresa la que juega con nuestro dinero.
Otra convocatoria adscrita a la actual moda es la convocatoria de movilidad para Administración y Gestión que más parece una encuesta, que otra cosa. Una convocatoria en la que la empresa no indica las plazas que se ofertan, ni las residencias con vacantes. Transcurrido el plazo de participación, el segundo paso es la publicación de un listado provisional con admitidos y excluidos; siendo el próximo paso, el de conceder, quitar y poner de acuerdo a la idoneidad de las “partes contratantes de todas las partes que tienen parte”.
Llamativo es, el silencio de los sindicatos que nada dicen, y por lo tanto, asienten.
¡CGT EN DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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