Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CGT IMPUGNA LA CONVOCATORIA DE CUADROS TÉCNICOS Y TÉCNICOS DE INGRESO | 114 2017-10-11 |
| COMUNICADO
 | Leido: 24 veces | Ya no recordamos el día en el que Renfe sacó una convocatoria reconciliada con la normativa y que evite el daño a terceros. En esa misma línea de olvido hacia sus trabajadores, la empresa ha publicado una oferta de empleo con plazas para Técnico de ingreso y Cuadro Técnico de ingreso con un revestimiento y una pátina que deslumbra, basada en el Art. 14 de la Constitución: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión….” Fulgor, que no ciega a los trabajadores y trabajadoras que llevan años esperando una promoción profesional con progresión salarial, perfectamente cualificados y que además, poseen una experiencia laboral inestimable, muy valorable para cualquier responsable de RR.HH. con una formación completa.
Desde CGT creemos que las convocatorias mencionadas, vulneran muy claramente el derecho a la promoción profesional establecido en el artículo 35 de la Constitución Española; el artículo 24 del Estatuto de los Trabajadores y lo que establece la Normativa Laboral de Renfe, apartado 2, en su artículo 108.2 sobre Promoción. Por lo que, además de haber presentado una impugnación como sindicato, hemos elaborado un modelo de impugnación individual, para quien quiera impugnar esta nueva desconsideración por parte de la empresa para con sus trabajadores/as.
Parece que nada pasa, pero está pasando.
El pasado 21 de setiembre, CGT lanzó un comunicado informando sobre la espera de un año desde que el convenio es de eficacia general, sobre el no abono a los trabajadores/as afectadas de la clave 200 y del 1% pactado en el Convenio. Al día de hoy, la empresa nos sigue negando hasta la calderilla, que también reclaman los firmantes. Lanzando alguno de ellos un “Ojo con quien juega con esto”, y a lo que cabría responder: ojo con esos “responsables” que “venden” una cosa y luego resulta otra. Tengamos claro, que es la empresa la que juega con nuestro dinero.
Otra convocatoria adscrita a la actual moda es la convocatoria de movilidad para Administración y Gestión que más parece una encuesta, que otra cosa. Una convocatoria en la que la empresa no indica las plazas que se ofertan, ni las residencias con vacantes. Transcurrido el plazo de participación, el segundo paso es la publicación de un listado provisional con admitidos y excluidos; siendo el próximo paso, el de conceder, quitar y poner de acuerdo a la idoneidad de las “partes contratantes de todas las partes que tienen parte”.
Llamativo es, el silencio de los sindicatos que nada dicen, y por lo tanto, asienten.
¡CGT EN DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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