Comunicados
RENFE | 101 02/12/2025
|
|
¿DE BUENA FE? Movilidad geográfica en Comercial Es conocido por todas y todos que el año pasado, gracias a la presión sindical, se obtuvo una sentencia estimatoria que reconocía el derecho de las trabajadoras y trabajadores con compromiso de permanencia a participar en los procesos de movilidad geográfica sin limitación de ámbito.
En la Comisión Delegada del Comité General de Empresa, donde se negociaron las bases de la convocatoria de movilidad “POI25092781 MOV GEO DE OPERADOR COMERCIAL N2”, presentamos alegaciones y advertimos en varias ocasiones que vigilaríamos el cumplimiento de la sentencia ante la ambigüedad del texto. Por este motivo, entre otros, fuimos la única organización que no firmó la convocatoria.
A día de hoy seguimos sin disponer del listado definitivo de personas admitidas y excluidas, lo que genera dudas razonables sobre si la empresa aplicará correctamente la sentencia.
Esta mañana, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la empresa ha declarado:
“Que cumplirá la sentencia de la Audiencia Nacional n.º 2/2025, de 15 de enero, en tanto no sea revocada por el Tribunal Supremo, sobre la participación en el concurso de movilidad para los trabajadores que tengan compromiso de permanencia”.
Tras este manifiesto, y dado que la empresa asegura que no se excluirá de la convocatoria POI25092781 a quienes tienen compromiso de permanencia en Cataluña, entendemos la decisión del sindicato que interpuso la demanda de desistir finalmente del procedimiento relativo a dicha convocatoria.
Confiamos en que la empresa cumpla lo expresado ante la Audiencia Nacional y que lo haga de buena fe, y también esperamos que no siga dilatando el proceso que tiene a muchos trabajadores y trabajadoras en vilo por su futuro.
Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo los derechos de las trabajadoras y trabajadores de la empresa.
 COMUNICADO Anexo
|
 RENFE 28/11/2025 | 100 UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA | RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
ADIF DESCUENTOS IRREGULARES DE LA VARIABLE A TÉCNICOS, MM.II. Y C.T. | 69 2017-06-12 |
| COMUNICADO
 | Leido: 44 veces | La dirección de ADIF ha efectuado descuentos irregulares al personal de Estructura de Apoyo, así como a Mandos Intermedios y Cuadros Técnicos. Estos descuentos se han realizado a trabajadores con reducción de jornada y consisten en que, una vez fijado por la dirección de ADIF el porcentaje de cumplimiento de los objetivos, este no se aplica a la cantidad establecida en las tablas salariales, sino que esta se reduce en la misma proporción que la reducción de jornada.
Es decir, que un trabajador que haya cumplido el 97% de los objetivos trabajando con una reducción de jornada del 25%, no recibe el 97% de la variable sino el 97% de la variable reducida en un 25%.
Es un sinsentido que se descuente un componente variable en función de objetivos por haber logrado los objetivos con menos horas de trabajo semanales. Además de contrarios a toda lógica, estos descuentos son ilegales, como ya han dejado claro los tribunales.
Desde CGT animamos a todas las personas afectadas a reclamar estos descuentos ilegales y les ofrecemos la asesoría jurídico/sindical de nuestra organización.
Los Técnicos, Técnicos Especialistas, MM.II. y C.T., por mucho que diga la empresa, somos trabajadores de ADIF amparados por el Convenio Colectivo, con los mismos derechos que el resto de trabajadores.
Nuestros derechos y nuestras condiciones de trabajo no dependen en última instancia de la voluntad del jefe correspondiente, sino de nuestra capacidad de defenderlos junto al resto de ferroviarios, sobre la base del convenio colectivo.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |