Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE SEGUIMOS COMBATIENDO LA PRECARIEDAD C O N D U C C I Ó N | 67 2017-06-07 |
| COMUNICADO
 | Leido: 39 veces | Estos últimos años en Renfe hemos visto cómo se iba avanzando hacia la precariedad en el empleo. Siempre perjudicando a los nuevos ingresos, y siempre con la imprescindible ayuda del resto de organizaciones sindicales. En conducción, primero los contratos de obra y servicio cuando siempre habían sido indefinidos desde el primer momento, después las becas, el nuevo sistema de ascensos…
A parte de esto, los nuevos trabajadores hemos tenido que soportar un trato lamentable: falta de planificación e improvisación en muchos procesos, desinformación total, nula transparencia y trato desigual al asignar residencias “provisionales”… y para rematar la jugada, por parte de un sindicato que supuestamente dice defender a conducción con su nombre, hemos sentido total abandono, engaño y falsas promesas. Los primeros contratos de obra y servicio que supuestamente iban a pasar a indefinidos directamente en unos pocos meses, tener que presentarse a una segunda OPE habiendo obtenido plaza en la anterior (examen que, en boca de más de un sindicalista de “no se celebraría bajo ningún concepto”).
Algunas otras perlas que nos han regalado: firmarle a la empresa la Comisión Paritaria del I Convenio Grupo RENFE para que a todo el personal de nuevo ingreso de 2016 se le apliquen los nuevos ascensos aunque hubieran sido contratados antes de la firma del nuevo Convenio (todavía nos preguntamos qué habrán obtenido a cambio) o el penoso comunicado de noviembre del año pasado. En dicho comunicado, Semaf decía que los nuevos no debían de luchar por sus derechos. Así, como si nada. Otro “momentazo”: el juicio en la Audiencia Nacional por la impugnación del Convenio (denuncia que pusimos para tirar abajo el sistema de becas y que hemos recurrido al Tribunal Supremo), donde ratificaron la versión de la empresa diciendo, entre otras cosas, que “los becarios hicieron sus prácticas de conducción a tren parado.” ¡¡¡Todo un hito en la lucha por los derechos de los trabajadores!!!.
El panorama que aquí se plantea es bastante desolador. Sin embargo, últimamente hemos recibido noticias esperanzadoras que nos animan a seguir con nuestro trabajo y nuestra lucha, a la que esperamos se unan cada vez más compañeros: han llegado las primeras Sentencias Judiciales a favor de nuevos trabajadores de Renfe.
En este caso Sentencias que declaran que los contratos de obra y servicio efectivamente eran ilegales, que vulneraban totalmente la legalidad, y por tanto, que los compañeros demandantes se considera que ha sido contratado como indefinido desde el primer momento y siendo la empresa condenada a abonarle las cantidades que debería haber cobrado si hubiera sido indefinido desde el minuto uno, más intereses. Con ello han conseguido que se le abone su salario normal y no el contrato en Prácticas que les hicieron ilegalmente.
Esta práctica ilegal sigue siendo llevada a cabo por la Empresa con el beneplácito de sus acólitos sindicales. Una vergüenza.
Respecto a estos contratos de obra y servicio, nosotros siempre defendimos su ilegalidad, y así lo denunciamos ante las Inspecciones de Trabajo las cuales nos dieron la razón. Igualmente defendemos que el sistema de becas es ilegal: sólo la empresa se beneficia de la formación obtenida y en las Órdenes ministeriales se exige relación laboral para habilitarse. La tercera pata de la precariedad, los nuevos ascensos. En CGT creemos que a todo el personal contratado antes de la publicación en el BOE del nuevo Convenio (y, especialmente claro a todos los contratados antes de su publicación en el BOE el 29-11- 2016) se le debe aplicar el sistema anterior de ascensos, en conducción el famoso 3 + 3.
Por principios y también porque pensamos que hay argumentos más que suficientes para que los Tribunales den la razón en estos asuntos, animamos a todos los compañeros a que reclamen sus derechos, a que continúen la lucha en contra de la precariedad. CGT estará ahí luchando contra esta infamia y les apoyaremos todo lo posible. En una empresa pública debería imperar el empleo de calidad y la empresa y sus colaboradores nos tendrán enfrente cuando nos quieran pisotear.
POR UNAS CONDICIONSE LABORALES DIGNAS
#STOP #PRECARIEDAD
Comunicado

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