Comunicados
ADIF | 59 03/07/2025
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EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL EL OSO, DESPUÉS DE INVERNAR, LLEGA A JULIO Y QUIERE DESCANSO ESTIVAL
La dirección de Adif ha impuesto una limitación temporal de velocidad de 5 Km/h al III convenio para todo su trayecto durante este medio año de negociaciones. Los osos pueden llegar a ser muy perezosos si se lo permitimos. Y de momento no están poniendo mucho empeño en conseguir el dinero de la ordenación profesional.
Las negociaciones no tienen concreción y no cubren las necesidades de una plantilla rejuvenecida que necesita de unas condiciones laborales no solo dignas, sino también adaptadas al siglo XXI. De momento, la empresa sigue priorizando la dilatación de la vida laboral de su personal jefe “sénior” sobre la mejora de los salarios de su plantilla.
EL TREN TIENE QUE EMPEZAR A ANDAR
Parece que la dirección ya ha llegado a su parada vacacional mientras la negociación del convenio espera ante la señal de salida. La reunión de ayer de la Comisión Negociadora del III Convenio volvió a ser una divagación abstracta sobre la ordenación profesional en el país de las maravillas. Mientras tanto, la plantilla sigue atrapada en lo concreto: cumplir día a día, sacando adelante una producción creciente a pesar de una normativa laboral inoperante y unas jefaturas ancladas 10 cuatrienios atrás. Y además lo hace de forma limpia y honesta.
En el SFF-CGT también nos movemos en el territorio de lo concreto: la mejora de las condiciones laborales y retributivas en el III Convenio Colectivo de Adif.
RACANEAN CON NUESTRO SALARIO Y ACAPARAN LO DE TODXS
No sabemos si esta dirección ha alcanzado tal grado de indiferencia acaparando tiempo en los telediarios con los retrasos diarios en Catalunya y la multiaventura del viaje entre Andalucía y Madrid que ya ni le afectan las noticias de corrupción, mordidas y fiestas de Torrente en Marbella a costa del erario público. No sabemos si es que se resiste a aceptar la urgencia del momento.
Las ferroviarias y ferroviarios odiamos ser protagonistas de los periódicos por culpa de sus tejemanejes, pero no nos va a temblar el pulso en hacer más ruido y movilizarnos para forzar a Adif a tomarse esta negociación ya en serio y dirigir el dinero público a su legítimo destino: el servicio público y social y los bolsillos de las trabajadoras y trabajadores.
 COMUNICADO Anexo
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 RENFE 02/07/2025 | 58 NI UN MINUTO MÁS, EL TIEMPO ES NUESTRO | ADIF 27/06/2025 | 57 TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONCURSOS DE MOVILIDAD Y PROMOCIÓN PROFESIONAL EN TALLERES: PIDE POR ESA BOQUITA, QUE TE DARÁN… | 50 2017-04-05 |
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 | Leido: 57 veces | Tras más de tres meses de espera la Dirección de Fabricación y Mantenimiento se ha decidido a publicar una resolución provisional para todas y cada uno de los procesos de movilidad geográfica y funcional de 3 de agosto de 2016 para Supervisores de Base, Sección y Operador Especializado. El concurso para Operador de Mantenimiento N1 ya se resolvió con parecidos tintes.
La publicación de concursos de movilidad sin que se ofrezcan ni se conozcan las vacantes a cubrir es consecuencia de lo recogido en la cláusula 7ª del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe, convenio que CGT no firmó por que introducía la precariedad laboral en la empresa y por contener en su redactado tropelías contra los trabajadores como la de la presente cláusula: “se elimina la necesidad de identificar el número y la ubicación de las plazas objeto de cobertura”.
Lo acontecido con la resolución provisional de las convocatorias de movilidad es todo un abuso de autoridad, un desprecio hacia la profesionalidad de los trabajadores de talleres y una patada en el culo a la ilusión y a las ganas de ser mejor en el trabajo a través de la promoción profesional en la empresa.
Es frustrante “quemarse las pestañas” estudiando para preparar unas pruebas y tras tener que hacer el examen en Madrid y aprobar con nota ver como la plaza por la que se concursa no se cubre mientras que en el taller sigue pendiente su cobertura real. Es intolerable que, como ocurre en algunos casos que conocemos, encima te pidan que hagas las funciones o tareas de una plaza que no te han querido otorgar cuando has aprobado o solicitado un traslado para cubrir una vacante que nuestra jefatura ahora no quiere reconocer.
¿Será este un nuevo método empresarial para motivarnos como trabajadores? De ser así, ¡qué asco!
Es posible que estemos equivocados y que su pretensión prioritaria sea la de enrarecer el ambiente laboral para estropear los resultados productivos y para favorecer a una floreciente industria privada deseosa de entrar a saco de una vez por todas en lo que nuestros ejecutivos - gurús llaman “el negocio del mantenimiento”.
Mientras tanto en la mayoría de los talleres la edad media de los trabajadores sube hasta alcanzar una situación crítica y el Plan de Desvinculaciones acelera su vaciado de personal. La tasa de reposición es escasa, por no llamarla miserable y para más “inri” siguen haciendo contrataciones temporales a los nuevos ingresos de la bolsa de reserva en lugar de hacerlas indefinidas (sí que pueden) a sabiendas de que son más que necesarias.
¿Cuántas veces hace falta examinarse y aprobar con nota en una oferta pública de empleo de Renfe para obtener un contrato indefinido/fijo? ¿No dijeron que lo que pasó en 2016 no volvería a ocurrir?
Desde aquí animamos a todas y todos los que os sintáis perjudicados por la resolución provisional de estos concursos a presentar las correspondientes reclamaciones en el plazo de 15 días siguientes contados desde su publicación, tal y como establecen las bases de las convocatorias.
Y COMO NO PUEDE SER DE OTRA MANERA, DESDE CGT INSTAMOS A LA EMPRESA A QUE REVISE LA ADJUDICACIÓN DE ESAS VACANTES QUE SABEN DE SOBRA QUE SON NECESARIAS Y QUE NO HAN ADJUDICADO, PARA QUE SEAN CUBIERTAS EN LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA. TODO ELLO EN BENEFICIO DEL FUTURO Y LA VIABILIDAD DE LOS PUESTOS DE TRABAJO Y DE LA EMPRESA QUE DIRIGEN Y POR SUPUESTO, PARA RESPETO DE LA DIGNIDAD Y PROFESIONALIDAD DE LOS TRABAJADORES.
CGT DEFIENDE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
Comunicado

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