Comunicados
RENFE | 7 18/01/2021
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CGT CONSIGUE QUE LAS LICENCIAS DE CONVENIO QUE CONTEMPLA EL CONVENIO COLECTIVO NO SEAN DESCONTADAS SEGÚN EL TIEMPO EFECTIVO TRABAJADO. CGT ha conciliado ante la Audiencia Nacional con las empresas del grupo RENFE que las licencias por asuntos propios contempladas en el art. 264 de la Normativa Laboral vigente no sean recortadas en ningún caso según el tiempo de trabajo efectivo realizado.
RENFE descontaba de una forma arbitraria y sin ninguna base legal el derecho al disfrute de las seis días de licencia que contempla el convenio colectivo, perjudicando de una forma directa sobre todo tanto a l@s trabajadores/as de nuevo ingreso como a aquell@s que se desvinculaban o prejubilaban y que en ambos casos no cumplían de forma efectiva con la jornada anual. Además aplicaba, según jefaturas una proporcionalidad a la carta, estando a criterio del jefe de turno decidir cuántos días te correspondían. Es necesario recordar que ADIF se apuntó también a esta “modalidad”, aunque en este último caso, y ante la amenaza de plantear demanda y con ya una sentencia del Tribunal Supremo ganada por CGT al respecto, optó por reconocer la procedencia del disfrute de estos días
Además RENFE, que utilizaba de forma habitual la comunicación verbal para no dejar rastro, lo que provocaba que much@s trabajadores/as ya ni siquiera los pidiesen. A aquell@s trabajadores/as que sí lo hacían, se les denegaba argumentando que no les correspondían. CGT detectó estas situaciones en el ámbito de conducción de Cataluña e interpuso un primer Conflicto Colectivo que fue objeto de sentencia afirmativa por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Esta sentencia fue recurrida por RENFE y el Tribunal Supremo rechazó de forma contundente la argumentación de la empresa, que no se sujetaba por ningún lado, al no estar reconocida proporcionalidad alguna en el texto del convenio.
A pesar de dirigirnos a la empresa para que cumplimentase esta sentencia, continuó haciendo caso omiso con el argumento que solo era de aplicación en Cataluña, por lo que tras plantear una comisión de conflictos en la que se negaron a aceptar la evidencia, interpusimos el correspondiente Conflicto Colectivo que ha finalizado hoy con el acuerdo suscrito ante la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, y según el acuerdo recogido en los términos de la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, los días de asuntos propios, conocidos como días de convenio, no pueden ser objeto de recorte según la jornada efectiva de trabajo realizada. Con esta victoria, desde CGT damos por cerrado otro capítulo de lucha y defensa de los derechos de toda la plantilla de RENFE.
CGT EN LUCHA PERMANENTE POR LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADORES/AS
 COMUNICADO
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 SECTOR 18/01/2021 | 6 EL TRIBUNAL SUPREMO PONE COTO A LA TEMPORALIDAD EN LOS CONTRATOS DE OBRA Y SERVICIO | RENFE-ADIF 18/01/2021 | 5 QUEREMOS TRANSPARENCIA: SOLICITAMOS LOS SALARIOS MEDIOS Y MEDIANOS DE CADA CATEGORÍA, INCLUYENDO A LA DIRECCIÓN |
Jurídica
Convenios RENFE | 08/08/2020 | |
 | ADIF | 29/01/2020 | |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CC.OO., LOS TRÁPALAS DEL SINDICALISMO | 16 2017-02-01 |
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 | Leido: 46 veces | Una vez más, y ya son muchas, estos “amigos” de CC.OO nos vuelven a sorprender con sus artimañas y argucias, intentando justificar lo injustificable, con el único fin de pescar en el rio revuelto.
Es una desvergüenza la que tienen estos “compañeros”, que por un lado muestran una especie de actitud reivindicativa durante las reuniones, para luego TRAGAR con todo lo que le pongan delante, saltándose a la torera, incluso lo que opinan sus afiliados.
En pocas semanas hemos podido comprobar la bajeza sindical de estos individuos, por un lado, y acogiéndose a lo recogido en una de las actas de las reuniones entre la Dirección de RENFE Mercancías y el CGE, quieren hacer ver a los trabajadores que son ellos sus únicos salvadores, veremos a ver si al final no terminan TRAGÁNDOSE el acuerdo, siguiendo el criterio general de este sindicato.
Otra de sus actuaciones gloriosa, fue la que argumentaban sobre los becarios, en su comunicado número 8, del que dimos clara y contundente respuesta en nuestro comunicado número 13.
Primero firman en el Convenio la precarización en el Empleo que la Empresa le pone sobre la mesa y luego se dan cuenta de que los nuevos ingresos están siendo agraviados por la aplicación de lo que ellos han firmado, consentido y ratificado.
CGT impugnó ante la Dirección General del Trabajo, el Convenio firmado por estos individuos, y por el resto de las organizaciones sindicales excepto CGT. Esta denuncia fue trasladada a la reunión de la Comisión Negociadora del 17 de octubre de 2016, y por desgracia para todos los trabajadores, fue rechazada el resto de organizaciones sindicales, incluidos los “salvapatrias” de CC.OO, ratificando así el texto del I Convenio Colectivo y en consecuencia la precariedad e injusticia, que estos elementos vienen ahora defendiendo.
DESDE CGT TENEMOS CLARO QUE DEFENDEREMOS A TODOS LOS NUEVOS INGRESOS QUE SE SIENTAN CLARAMENTE PERJUDICADOS POR LA APLICACIÓN DE ESTE FALSO “PLAN DE EMPLEO”, RATIFICADO POR EL RESTO DE ORGANIZACIONES SINDICALES Y QUE AHORA SE DAN CUENTA DE LA PRECARIZACIÓN QUE HAN INSTAURADO.
POR ESTE MOTIVO SEGUIMOS PONIENDO A DISPOSICIÓN DE LOS AFECTADOS NUESTRA ASESORÍA JURÍDICA.
¡ROMPE CON QUIÉN TE TRAICIONA!
LA ÚNICA LUCHA PERDIDA ES LA QUE NO SE INICIA. ¡REBELDÍA!
Comunicado

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