Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ¿QUIÉN CUIDA AL PERSONAL DE CIRCULACIÓN? | 12 2026-02-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 2 veces | En el acuerdo firmado por “los de siempre” y el Ministerio de Transportes no se habla ni una sola palabra del personal de circulación, un colectivo que, tras los últimos acontecimientos sufridos en la red ferroviaria y el colapso vivido, ha visto cómo su nivel de estrés aumenta hasta límites difícilmente sostenibles.
ACTUALIZAR LAS EVALUACIONES DE RIESGOS PSICOFISICOS
Las condiciones de trabajo del personal de circulación, que ya estaban tensionadas, han empeorado notablemente tras los accidentes de Adamuz y Gélida, incrementando el riesgo de error humano. El incremento de limitaciones temporales de velocidad así como de los trabajos en vía abren la puerta a brechas de seguridad originadas por las continuas pérdidas de atención que se producen al comunicarse con encargados de los trabajos y maquinistas.
Ante esta situación, desde el SFF-CGT hemos remitido una carta a la Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales exigiendo la actualización de las evaluaciones de riesgos psicosociales y la adopción de medidas correctoras.
Tanto la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 16.2, como el RD 39/1997 de Servicios de Prevención, en su artículo 4.2, establecen la obligación de revisar las evaluaciones de riesgos cuando se producen cambios significativos en las condiciones de trabajo. Y esos cambios se han producido.
¿QUÉ PEDIMOS?
Que, en puestos con elevada carga mental, se establezcan pausas adecuadas.
Que se garantice el cumplimiento del gráfico de trabajo mediante una dotación suficiente de personal.
Garantizar la pericia de las personas trabajadoras ante cualquier situación sobrevenida mediante formación suficiente y actualizada.
Rotación adecuada del personal por todos los puestos de CTC.
Hablar de seguridad ferroviaria exige actuar también sobre las condiciones reales en las que trabajan quienes gestionan la circulación. No puede exigirse máxima responsabilidad sin garantizar las condiciones necesarias para ejercerla.
SFF-CGT. POR EL FUTURO DEL FERROCARRIL
Comunicado Anexo 1

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