Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MIRANDA REMOLCADO. LO QUEMAMOS Y LUEGO LO CERRAMOS.PDF | 89 2025-11-03 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 2 veces | La reunión mantenida el pasado 29 de octubre de 2025 ha confirmado los peores presagios respecto al futuro del taller de material remolcado de Miranda de Ebro.
La representación de la empresa inició su intervención ligando toda su estrategia a la entrada del nuevo socio privado de Mercancías, señalando que el acuerdo es inminente, aunque sin ofrecer detalle alguno sobre condiciones, plazos ni garantías para la plantilla. Durante la exposición, la empresa comunicó:
• Cierre definitivo del Taller de Remolcado de Miranda de Ebro el 30 de junio de 2026. Desde el 1 de enero comenzará una retirada progresiva de carga de trabajo y una desescalada de actividad, vaciando las
instalaciones. Alegan que “a Medway–MSC no le encaja Miranda”.
• Traslado de la carga de trabajo a los talleres de León y Córdoba, sin asegurar su estabilidad a medio plazo. Incluso reconocen, de forma oficiosa, que tampoco pueden garantizar carga suficiente en dichos centros.
• Recolocación parcial del personal de Renfe Remolcado en el área de Motor, contemplando el traslado de personas trabajadoras a Valladolid o Madrid, como ya ocurrió el año anterior.
• Despido directo del personal de contratas, ya que no se prevé su incorporación al nuevo esquema de Miranda Motor.
Ante este anuncio, la plantilla del taller de remolcado de Miranda de Ebro, reunida en asamblea el día 30 de octubre, y con la participación de parte de la Representación Legal de los Trabajadores, acordó por unanimidad (salvo una excepción):
• Adoptar todas las medidas necesarias para revertir la situación y frenar el cierre del taller.
• Exigir la implicación de toda la plantilla, junto con la coordinación, apoyo y cooperación de
todas las organizaciones sindicales, para defender el empleo, la actividad y el futuro ferroviario de
Miranda.
Este intento de cierre no es una reestructuración: es un nuevo capítulo de desmantelamiento del ferrocarril público, una agresión directa contra las personas trabajadoras y contra una ciudad que ha sido motor ferroviario del norte peninsular durante más de un siglo.
Desde el SFF-CGT exigimos a la dirección de Renfe y al Ministerio de Transportes la paralización inmediata de cualquier medida encaminada al cierre del taller, así como la apertura de una mesa de diálogo con garantías.
MIRANDA NO SE VENDE, MIRANDA SE DEFIENDE.
POR EL FUTURO DE LOS TALLERES DE RENFE. NO A LA PRIVATIZACIÓN
Comunicado Anexo 1

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