Comunicados
RENFE | 100 28/11/2025
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UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA SEGUIMOS CON LA NEGOCIACIÓN DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE.
Os trasladamos la información de las tres reuniones mantenidas ayer 27 de noviembre.
Modificación de la Cláusula 14 del I Convenio de Renfe Operadora
La empresa nos comunica su intención de modificar la cláusula 14ª relativa a las garantías en situaciones de Incapacidad Temporal. Esta modificación incluye una mejora de la prestación económica en los siguientes supuestos:
• Menstruación incapacitante.
• Embarazo a partir del primer día de la semana 39.
• Donación para trasplantes de tejidos y órganos, así como los procesos previos y posteriores derivados de la misma.
Consideramos esta actualización una buena noticia, ya que supone la aplicación por parte de la empresa de la legislación vigente.
Contingencias Comunes
Recordamos, que el pasado mes de septiembre, la Dirección de Renfe decidió de forma unilateral que Mutua Fraternidad Muprespa, hasta ahora encargada únicamente de las contingencias profesionales, asumiera también la gestión de las contingencias comunes (bajas por enfermedad común y accidente no laboral).
En la reunión han participado cuatro representantes de la mutua, cuyo objetivo evidente era “vender” su modelo de gestión. A pesar de presentarse como una entidad sin ánimo de lucro, informan de excedentes de 1.700 millones de euros.
Nos trasladan que solicitarán el historial médico de las personas trabajadoras, obviando los límites establecidos por la normativa de protección de datos, con la excusa de facilitar una “pronta reincorporación”. Afirman además que realizarán seguimiento de las incapacidades incluso sin ser personal médico facultativo, y que la falta de asistencia a una cita con la mutua podría dar lugar a la retirada automática de la prestación, sin margen para justificar la ausencia.
El Comité General de Empresa ya expresó el rechazo a esta medida. Desde el SFF-CGT, defendemos que la gestión de las contingencias comunes debe permanecer en manos del INSS y del sistema público de salud, únicos garantes de una atención imparcial y basada en criterios clínicos. Externalizar este servicio supone aumentar la presión sobre las personas trabajadoras y priorizar intereses económicos sobre la salud.
Mesa Técnica General
Plan de Empleo
La empresa continúa sin presentar propuestas concretas sobre los cambios previstos tanto en la salida de personal como en los nuevos ingresos. Desde el SFF-CGT Insistimos en la necesidad de clarificar la tasa de reposición, insuficiente hasta ahora, para garantizar la viabilidad de la empresa y asegurar el relevo generacional mediante nuevos empleos.
Nueva Normativa de Movilidad
La discusión sigue igualmente sin una base concreta. No está claro si la intención es elaborar una normativa completamente nueva o modificar en profundidad la Norma Marco de Movilidad.
Desde SFF-CGT estamos ultimando una propuesta que aporte mayor agilidad a los procesos, garantizando criterios de Transparencia y Mérito, con normas claras que faciliten tanto la movilidad geográfica como la promoción profesional de las personas trabajadoras del Grupo Renfe. Una premisa fundamental es la eliminación del punto 14.6 y, en consecuencia, de las permanencias.
Protocolo LGTBI
El SFF-CGT hemos presentado alegaciones para mejorar el borrador entregado por la empresa. Nuestro objetivo es adecuarlo a la legislación vigente, clarificar su aplicación y asegurar la participación de la Representación Legal de las Personas Trabajadoras en todos los procedimientos.
Variables Retributivas
La empresa plantea una modificación profunda del sistema retributivo variable para todo el personal del Grupo Renfe. Los parámetros actuales, procedentes del Desarrollo Profesional de 2010, están claramente desfasados, esta propuesta supondría un cambio sustancial. Se nos solicita a las organizaciones sindicales que presentemos alternativas para un nuevo modelo.
Desde SFF-CGT trabajaremos en propuestas que garanticen una retribución justa para todos los colectivos que sostenemos la actividad diaria de la empresa. Os animamos a participar con vuestras aportaciones.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 20/11/2025 | 99 UN PEQUEÑO PASO DE LA EMPRESA, UN PASO INSUFICIENTE PARA LA PLANTILLA | ADIF 18/11/2025 | 98 CC.OO. UGT Y EL SCF DICEN ¡NO! A LUCHAR POR EL CONVENIO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE SIN LUCHA, NO HAY RECOMPENSA | 79 2025-09-29 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 2 veces | Hoy se ha celebrado la Comisión Delegada del Comité General del Grupo Renfe para tratar las alegaciones presentadas a la convocatoria MOVILIDAD GEOGRÁFICA PARA OPERADOR COMERCIAL N2 Y OPERADOR COMERCIAL DE ENTRADA N2. Desde SFF-CGT hemos defendido con firmeza nuestras alegaciones, y gracias a nuestra intervención, la empresa ha elaborado otros dos borradores que incluyen cambios importantes y positivos para la plantilla:
• La identificación de las vacantes de las residencias
• La eliminación del párrafo que podría resultar en un proceso nada claro:
“(…) Excepcionalmente, podrá eliminarse alguna de las plazas enunciadas como vacantes o resultas en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello”
• El aumento del número de plazas disponibles de 300 a 375
• La aplicación menos restrictiva del 14.6 (aunque nosotrxs seguimos estando en contra de su aplicación como llevamos diciendo desde su creación).
“Será de aplicación lo establecido en el apartado 14.6, Movilidad, del I Convenio Colectivo del Grupo Rente, con relación a la participación en procesos de movilidad geográfica voluntaria o renuncia en convocatorias anteriores.”
• El número de peticiones máximas que pueden hacer los participantes ha aumentado de 4 a 8.
Además, hemos generado debate sobre la participación de personas con compromiso de permanencia, recordando la sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce su derecho a participar en las movilidades sin restricciones geográficas. También hemos defendido que las plazas “a resultas” se gestionen de forma totalmente transparente, exigiendo que cualquier modificación se comunique claramente a la plantilla.
Valoramos el talante negociador de la empresa, pero, como siempre, supervisaremos cada paso del proceso para asegurar que se cumpla la normativa y la legislación vigente.
La mayoría del CGE ha alcanzado un acuerdo para la publicación de la convocatoria, pero desde SFF-CGT queremos consultar con todxs lxs afiliadxs antes de decidir nuestra adhesión, manteniendo así nuestra naturaleza asamblearia y reivindicativa frente a decisiones tomadas sin participación de la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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